MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución 980/2019
RESOL-2019-980-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 30/10/2019
VISTO el Expediente EX-2019-90461449- -APN-SCPC#MSG del registro del
MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley Nº 26.538, las Resoluciones M.S. Nº
678/2018 del 15 de agosto de 2018 y su modificatoria Resolución M.S. Nº
707/2018 del 27 de agosto de 2018 y la Resolución M.S. Nº 828/2019 del
1 de octubre de 2019, el Decreto Nº 174/2018 del 2 de marzo de 2018, el
Decreto Nº 1097/2018 del 4 de Diciembre de 2018 y la Resolución
Conjunta Nº M.J. y D.H. Nº 445/2016 y M.S. Nº 271/2016 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución M.S. N° 678/2018 se ofreció una recompensa para
aquellas personas que aportaran datos precisos que condujesen a la
recuperación de dinero, divisas o bienes en el marco de la causa Nº
9.608/2018, caratulada “FERNANDEZ, CRISTINA ELISABET Y OTROS S/
ASOCIACIÓN ILÍCITA”, por el monto equivalente al CINCO POR CIENTO (5%)
del valor que fuera recuperado hasta un tope de PESOS DOS MILLONES ($
2.000.000).
Que mediante Resolución M.S. Nº 707/2018 se incrementó el porcentaje de
dicha recompensa a un DIEZ POR CIENTO (10%) del valor del dinero,
divisas o bienes que fueran recuperados, estableciendo asimismo que se
abonará al aportante un máximo de PESOS DOS MILLONES ($ 2.000.000) que
se considerara como pago a cuenta de la recompensa que correspondiera
por su aporte.
Que el Decreto 1097/2018 instruyó al Jefe de Gabinete de Ministros a
incorporar al FONDO PERMANENTE DE RECOMPENSAS del MINISTERIO DE
SEGURIDAD DE LA NACIÓN, el 10% de las sumas de dinero obtenidas como
producto de la restitución, decomiso o indemnización a favor del ESTADO
NACIONAL.
Que en Junio de 2019 la FISCALÍA NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL
FEDERAL Nº 4, a cargo del Dr. Carlos Ernesto STORNELLI, requirió al
JUZGADO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL Nº 11, a cargo del Dr. Claudio
BONADÍO, la elevación parcial a juicio de la causa de referencia.
Que el 20 de Septiembre del mismo año, el Dr. Claudio BONADÍO hizo
lugar al requerimiento del Fiscal y elevó parcialmente la causa a
juicio oral y público, saliendo sorteado el TRIBUNAL ORAL FEDERAL Nº 7,
a cargo de los Dres. Enrique MÉNDEZ SIGNORI, Fernando CANERO y Germán
Andrés CASTELLI.
Que a raíz de dichos requerimientos y habida cuenta el estado procesal
de la causa en cuestión, resulta procedente dejar sin efecto la
Resolución M.S. 678/2018 y su modificatoria.
Que en virtud de lo expuesto, es conveniente remitir las actas
vinculadas a la causa Nº 9.608/2018, caratulada “FERNANDEZ, CRISTINA
ELISABET Y OTROS S/ ASOCIACIÓN ILÍCITA”, que se encuentran bajo
custodia de la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN CON LOS PODERES
CONSTITUCIONALES al JUZGADO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL Nº 11, a
cargo del Dr. Claudio BONADÍO a los fines de cumplimentar con el
objetivo del artículo 5º de la ley 26.538.
Que la remisión de las actas al Juzgado mencionado deberán realizarse
en sobres cerrados y lacrados, con motivo de resguardar la identidad
del aportante, conforme la mencionada Ley, el artículo 10° del Anexo I
y el artículo 1º del ANEXO III de la Resolución M.S. N° 828/2019 que
regula el procedimiento del PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA
BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA.
Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.
Que la presente se dicta en virtud de las facultades que le confiere el
artículo 4°, inciso b), apartado 9°, de la Ley de Ministerios N° 22.520
(texto ordenado en 1992 y sus modificaciones), en el artículo 2° de la
Ley N° 26.538, en la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº
271/16.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Revóquense las Resoluciones M.S. Nº 678 del 15 de agosto
de 2018 y su modificatoria Nº 707 del 27 de agosto de 2018 con efectos
a partir de la publicación de la presente.
ARTÍCULO 2º.- Remítanse las actas vinculadas a la causa Nº 9.608/2018
caratulada “FERNANDEZ, CRISTINA ELISABET Y OTROS S/ ASOCIACIÓN
ILÍCITA”, que se encuentran en poder de la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN
CON LOS PODERES CONSTITUCIONALES dependiente de esta cartera
ministerial, al JUZGADO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL Nº 11, a cargo
del Dr. Claudio BONADÍO.
ARTÍCULO 3º.- El envío de las actas al JUZGADO CRIMINAL Y CORRECCIONAL
FEDERAL Nº 11 deberá realizarse en sobres cerrados y lacrados, debiendo
el Juzgado mantenerlos en el mismo estado con el objeto de salvaguardar
la identidad de los aportantes conforme lo establece la Ley 26.538 y la
Resolución M.S. N° 828/2019.
ARTÍCULO 4º.- Cuando correspondiere el pago de una recompensa para
aquellos aportantes que hayan brindado información conducente al
recupero de dinero, bienes o divisas en el marco de la causa Nº
9.608/2018 caratulada “FERNANDEZ, CRISTINA ELISABET Y OTROS S/
ASOCIACIÓN ILÍCITA”, la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN CON LOS PODERES
CONSTITUCIONALES solicitará al JUZGADO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL
Nº 11, la remisión del acta correspondiente a los fines de cumplir con
el procedimiento de pago establecido en la Resolución M.S. N° 828/2019.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Patricia Bullrich
e. 01/11/2019 N° 83659/19 v. 01/11/2019