ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA
Disposición 183/2019
DI-2019-183-E-AFIP-DGIMPO
Ciudad de Buenos Aires, 08/11/2019
VISTO las Disposiciones N° 329/19 (AFIP), N° 159/19 (DGIMPO) y N° 2/01 (DGI), y
CONSIDERANDO:
Que por la Disposición N° 329/19 (AFIP) citada en el VISTO se
realizaron modificaciones en la estructura organizativa de la
Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior y
Metropolitanas.
Que mediante la Disposición N° 159/19 (DGIMPO) esta Dirección General
aprobó la “DENOMINACIÓN Y DEPENDENCIA JERÁRQUICA” correspondiente a las
Secciones dependientes de la División Administrativa, en el ámbito de
cada Dirección Regional de las Subdirecciones Generales de Operaciones
Impositivas del Interior y Metropolitanas.
Que a tales efectos procede aclarar lo aprobado en la Disposición N°
329/19 (AFIP), para lo cual resulta necesario dictar una ampliatoria de
la Disposición N° 159/19 (DGIMPO).
Que las Subdirecciones Generales de Operaciones Impositivas del Interior y Metropolitanas han prestado su conformidad.
Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el art 2º de la
Disposición Nº 4 (AFIP) del 5 de enero de 2001, el suscripto se
encuentra facultado para dictar la presente medida.
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Entender que los Dos (2) cargos de jefe de oficina
eliminados según lo dispuesto en el Artículo 2° de la Disposición N°
329/19 (AFIP) corresponden a las unidades orgánicas con nivel de
oficina dependientes de las Secciones Administrativas de las
Direcciones Regionales de las Subdirecciones Generales de Operaciones
Impositivas del Interior y Metropolitanas.
ARTÍCULO 2°.- Determinar que las Secciones Administrativas pasarán a
denominarse “Sección Gestión de Recursos”, dependiente de la División
Administrativa de cada Dirección Regional.
ARTÍCULO 3°.- Determinar que las unidades orgánicas con nivel de
Sección correspondiente a los cargos de Jefe de Sección creados en el
Artículo 3° de la Disposición N° 329/19 (AFIP) se denominarán “Sección
Gestión de Compras y Financiera”, dependiente de la División
Administrativa de cada Dirección Regional.
ARTÍCULO 4°.- Asignar a las Secciones indicadas en los Artículos 2° y
3° las acciones y tareas establecidas en el Anexo I aprobado por
Disposición N° 159/19 (DGIMPO).
ARTÍCULO 5°.- Publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro
Oficial, comuníquese a las Subdirecciones Generales de Operaciones
Impositivas del Interior y Metropolitanas, pase a la Dirección de
Personal y dése conocimiento a la Dirección de Gestión Organizacional,
y archívese. Marcelo Pablo Costa
e. 12/11/2019 N° 86719/19 v. 12/11/2019