MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución 1043/2019
RESOL-2019-1043-APN-MSG - Ofrézcase recompensa.
Ciudad de Buenos Aires, 12/11/2019
VISTO el Expediente EX-2019-86233536- -APN-SCPC#MSG, del Registro del
MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta M.J y
D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016, la Resolución M.S.
N° 828/2019 del 01 de octubre de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que ante el JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL N° 56, a
cargo del Dr. Alejandro LITVACK, Secretaría Nº 56 a cargo del Dr.
Isidro Omar ROJAS, tramita la causa N° CCC 55.428/2018 caratulada
“MALLADA Pedro César y otros s/ secuestro coactivo (inf. art. 142 bis
del C.P.), con intervención de la FISCALÍA NACIONAL EN LO CRIMINAL Y
CORRECCIONAL Nº 54, a cargo del Dr. Lucas ALFONSÍN.
Que las autoridades judiciales mencionadas, mediante oficios de fechas
9 de agosto y 10 de septiembre de 2019, solicitan se ofrezca recompensa
para aquellas personas, que sin haber intervenido en el hecho
delictual, brinden datos útiles que permitan lograr la aprehensión de
Mariano José MERA ALBA, de nacionalidad argentina, D.N.I. Nº
20.232.860, nacido el 26 de julio de 1968, con último domicilio
conocido en Constitución 538 de la localidad de Merlo, Provincia de
BUENOS AIRES, y domicilio registrado ante RENAPER en la calle Nicaragua
N° 4632 de esta Ciudad, sobre quien pesa orden de captura desde el 6 de
marzo del 2019.
Que al nombrado se le imputa haber sido el coautor del delito de abuso
sexual, lesiones dolosas leves y privación ilegítima de la libertad.
Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538, establece que la autoridad de
aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL,
hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA, y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de
este Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en
los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538, en la Resolución Conjunta
M.J y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16, la Resolución M.S. N° 828/2019, y
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Ofrézcase como recompensa dentro del territorio de la
REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000.-),
destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho
delictual, brinden datos útiles que permitan lograr la aprehensión de
Mariano José MERA ALBA, de nacionalidad argentina, D.N.I. Nº
20.232.860, nacido el 26 de julio de 1968, sobre quien pesa orden de
captura desde el 6 de marzo del 2019, por encontrarse imputado como
coautor del delito de abuso sexual, lesiones dolosas leves y privación
ilegítima de la libertad.
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 275/2021
del Ministerio de Seguridad B.O. 16/6/2021 se dispone el incremento de
la recompensa oportunamente
ofrecida mediante la presente Resolución a la suma total de PESOS
UN MILLÓN QUINIENTOS MIL ($1.500.000), destinada a aquellas personas
que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles
que sirvan para lograr la aprehensión de Mariano José MERA ALBA, de
nacionalidad argentina, D.N.I. Nº 20.232.860, nacido el 26 de julio de
1968, sobre quien pesa orden de captura desde el 6 de marzo del 2019.
Vigencia: a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA.)
ARTÍCULO 2°.- Las personas que quieran suministrar datos, deberán
comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN
PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA de este
Ministerio, al número de acceso rápido 134.
ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este
Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera
de Estado, previo informe del representante de la autoridad
interviniente sobre el mérito de la información brindada preservando la
identidad del aportante.
ARTÍCULO 4º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN de este
Ministerio la difusión de la presente en medios gráficos de circulación
nacional.
ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las Fuerzas Federales de Seguridad la
difusión y publicación en todas sus formas de los afiches
correspondientes a la recompensa ofrecida.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Patricia Bullrich
e. 14/11/2019 N° 87637/19 v. 14/11/2019