AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
Resolución 518/2019
RESOL-2019-518-APN-D#ARN
Ciudad de Buenos Aires, 14/11/2019
VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804 y su Decreto
Reglamentario N° 1390/98; la Norma AR 10.16.1: “Transporte de
materiales radiactivos”, Revisión 3; el procedimiento de esta ARN
P-TMR-04: “Emisión del certificado de aprobación para el transporte de
material radiactivo”; el Régimen de Tasas por Licenciamiento e
Inspección aprobado mediante Resolución de la Autoridad Regulatoria
Nuclear N° 76/08, lo Actuado en el Expediente Electrónico N°
70314809/19 de la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA FÍSICA Y
SALVAGUARDIAS, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a) de la Ley N°
24.804, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad
nuclear en la República Argentina, deberá ajustarse a las regulaciones
que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su
competencia y solicitar el otorgamiento de la Licencia, Permiso o
Autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio.
Que la Norma AR 10.16.1: “Transporte de materiales radiactivos”,
Revisión 3, establece criterios de seguridad radiológica para el
transporte de materiales radiactivos.
Que la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA) ha solicitado a esta
ARN la renovacióndel Certificado de Aprobación RA/0063/X,
correspondiente a transportes en virtud de arreglos especiales para el
bulto para contenido de hasta 150 TBq de cobalto 60 encapsulado,
alojado en cabezales de equipos de cobaltoterapia, modelo denominado
OVER.
Que el Sector CONTROL DEL TRANSPORTE DE MATERIALES RADIACTIVOS ha
tomado en el trámite la intervención que le compete en razón de lo
establecido en el procedimiento P-TMR-04 de esta ARN, manifestando que
la institución solicitante ha dado cumplimiento a los requisitos
exigidos por la Norma AR 10.16.1 citada en el VISTO.
Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS ha
prestado su conformidad a la aprobación de la renovación del
Certificado de Aprobación RA/0063/X, correspondiente a transportes en
virtud de arreglos especiales para el bulto para contenido de hasta 150
TBq de cobalto 60 encapsulado, alojado en cabezales de equipos de
cobaltoterapia, modelo denominado OVER, solicitada por CNEA.
Que de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 24.804, su Decreto
Reglamentario y el Régimen de Tasas por Licenciamiento e Inspección
aprobado mediante Resolución del Directorio de la ARN N° 76/08, las
personas físicas o jurídicas que soliciten la revisión del certificado
de aprobación del transporte en virtud de arreglos especiales deberán
abonar por adelantado la correspondiente tasa regulatoria por
licenciamiento e inspección.
Que en relación al cumplimiento del pago de la tasa regulatoria
correspondiente, según lo establecido en la Resolución de la ARN N°
76/08, la GERENCIA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS de esta
Institución informó que la CNEA registra deuda en concepto de pago de
tasa regulatoria
Que mediante nota, de fecha 27 de septiembre de 2019, la CNEA informó
que debido a falta de fondos en la partida presupuestaria
correspondiente, se demorará el pago de la tasa regulatoria.
Que asimismo, según lo expresado por CNEA en dicha nota, la prosecución
del trámite relacionado con la renovación del Certificado de Aprobación
RA/0063/X del modelo denominado OVER, es necesaria para continuar con
las tareas que se realizan normalmente en el Área de Gestión de
Residuos Radiactivos del Centro Atómico Ezeiza.
Que el otorgamiento de un certificado de aprobación en virtud del
arreglo especial para el transporte de material radiactivo a un usuario
que no ha dado cumplimiento al pago de la tasa regulatoria exigido por
el Artículo 26 de la Ley N° 24.804, conlleva a una excepción a lo
dispuesto en la citada normativa que la ARN debe analizar.
Que la GERENCIA ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado en el trámite la intervención correspondiente.
Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente
para el dictado de la presente Resolución, conforme se establece en el
Artículo 22 de la Ley N° 24.804.
Por ello, en su reunión de fecha 12 de noviembre de 2019 (Acta N° 40),
EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
RESOLVIÓ:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar, en carácter de excepción a lo establecido en el
Artículo 26 de la Ley N° 24.804, la renovación del Certificado de
Aprobación RA/0063/X, Revisión 22, correspondiente a transportes en
virtud de arreglos especiales para el bulto para contenido de hasta 150
TBq de cobalto 60 encapsulado y alojado en cabezales de equipos de
cobaltoterapia, Modelo denominado OVER, solicitado por la COMISIÓN
NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA, autorizando que el pago de la tasa
regulatoria sea efectuado con posteridad a la emisión del referido
certificado.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL, a la GERENCIA
SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS y a la COMISIÓN NACIONAL
DE ENERGÍA ATÓMICA. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial
para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA y
archívese. Nestor Alejandro Masriera
e. 15/11/2019 N° 88236/19 v. 15/11/2019