INSTITUTO NACIONAL DE LA YERBA MATE
Resolución 371/2019
Posadas, Misiones, 26/11/2019
VISTO: las actuaciones “Expte. INYM Nº 1727 /201 9 – Convocatoria
Entidades para Elección de Miembros del Sector Privado del Directorio”,
y;
CONSIDERANDO:
QUE, por resolución 134/209 se convocó a las Entidades y Asociaciones
que integran los sectores de la actividad yerbatera indicados en el
Artículo 6° de la Ley 25.564, incisos: d) Sector Industrial; e)
Productores primarios yerbateros; f) Cooperativas agrícolas yerbateras;
y h) Secaderos; para que procedan a su inscripción en el “Registro de
Entidades y Asociaciones Privadas habilitadas para la designación de
Directores del INYM”.
QUE, dicha convocatoria incluye a las Entidades y Asociaciones que ya
se encuentran inscriptas en el mencionado Registro, a los fines que
actualicen la documentación presentada en su oportuna inscripción,
mediante copia certificada de la Personería jurídica actualizada,
memoria y balance aprobadas correspondiente al último ejercicio y
Autoridades vigentes de la entidad.
QUE, la mencionada Resolución 134/2019 fijó el día 30 de Noviembre de
2019, como fecha límite para la inscripción en el “Registro de
Entidades y Asociaciones Privadas habilitadas para la designación de
Directores del INYM”.
QUE, en fecha 20/11/2019 en el ámbito de la Subcomisión de
Fiscalización se tomó conocimiento de la marcha del proceso de
presentación de documentación y las entidades presentadas por los
distintos sectores, verificándose que existían sectores que a dicha
fecha no había presentado su inscripción.
QUE, desde el INYM se considera que en todo proceso democrático de toma
de decisiones debe asegurarse la mayor participación posible de
propuestas, ideas e intereses, promoviendo la intervención efectiva en
el debate de todos los sectores a quienes afectarán las decisiones
adoptadas.
QUE, la extensión del plazo de convocatoria otorgado a las entidades,
en nada obstaculiza el normal recambio en tiempo y forma de los
representantes de los sectores privados del Instituto.
QUE, el Área Legales ha tomado intervención para el dictado del presente instrumento.
QUE, la presente Resolución se sustenta en las disposiciones contenidas
en el Título IV, Capítulos I, II y III de la Ley 25.564 y el Art. 13º
del Estatuto del INYM.
QUE, el INYM se encuentra facultado para aplicar las medidas necesarias
a fin de hacer cumplir la Ley 25.564, su decreto reglamentario 1240/02
y las disposiciones que en su consecuencia se dicten relacionadas con
sus objetivos, según se desprende de lo dispuesto en los Arts. 4 y 5 de
la Ley 25.564.
POR ELLO,
EL DIRECTORIO DEL INYM
RESUELVE
ARTICULO 1 °: PRORROGASE por única vez hasta el día 20 de Diciembre de
2019 la fecha límite a los efectos de la inscripción o actualización
según correspondiere de antecedentes en el “Registro de Entidades y
Asociaciones Privadas habilitadas para la designación de Directores del
INYM”.
ARTICULO 2 º: NOTIFIQUESE. Hágase conocer a los interesados. PUBLIQUESE
en el Boletín Oficial de la República Argentina por un (1) día y en
medios de publicación masiva. Cumplido, ARCHIVESE. Ramon Segovia -
Nelson Dalcolmo - Alberto Re - Hector Biale - Gerardo Vallejos - Hector
Dingler - Jorge Haddad
e. 28/11/2019 N° 91802/19 v. 28/11/2019