ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 5533/2019
RESOL-2019-5533-APN-ENACOM#JGM FECHA 22/11/2019 ACTA 55
EX-2019-69253739-APN-SDYME#ENACOM
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto:
1. - Otorgar a la MUNICIPALIDAD DE PICÚN LEUFÚ Licencia para la
prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones, sean fijos o móviles, alámbricos o inalámbricos,
nacionales o internacionales, con o sin infraestructura propia.
2 .- Inscribir a la MUNICIPALIDAD DE PICÚN LEUFÚ en el Registro de
Servicios TIC, previsto en el Artículo 8 del Reglamento de Licencias de
Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, el
Servicio de Valor Agregado - Acceso a Internet.
3. - La presente licencia no presupone la obligación del ESTADO
NACIONAL de garantizar la disponibilidad de frecuencias del espectro
radioeléctrico y/o recursos de numeración y señalización para la
prestación del servicio inscripto, debiendo la autorización de uso de
estos recursos tramitarse ante este Organismo.
4. - Notifíquese al interesado.
5. - Comuníquese, publíquese.
Firmado: Silvana Myriam Giudici, Presidenta, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas
Silvana Beatriz Rizzi, Jefe de Área, Área Despacho.
e. 04/12/2019 N° 93468/19 v. 04/12/2019