Resolución 584/2019
RESOL-2019-584-APN-SGT#SGP
Ciudad de Buenos Aires, 27/11/2019
VISTO el EX-2017-13388306- -APN-DDYME#MTU, la Ley N° 27.467 de
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2019, los Decretos Nros. 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus
modificatorios y 1.165 de fecha 11 de noviembre de 2016 y su
modificatorio, la Decisión Administrativa N° 338 de fecha 16 de marzo
de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa Nº 654 de fecha 5 de julio de 2016
se designó con carácter transitorio a la Licenciada Da. María Florencia
BOTTERO FERNÁNDEZ (M.I. N° 26.690.189) en el cargo Nivel A, Grado 0,
Función Ejecutiva Nivel I, de Directora Nacional de Comunicación
Turística entonces dependiente de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN,
TECNOLOGÍA Y CALIDAD TURÍSTICA del ex MINISTERIO DE TURISMO y cuyas
prórrogas fueron operadas mediante las Resoluciones Nros. 27 de fecha
18 de enero de 2017, 617 de fecha 14 de noviembre de 2017, 299 de fecha
31 de julio de 2018 y 78 de 18 de febrero de 2019.
Que el referido cargo debía ser cubierto conforme el proceso de
selección vigente en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del
Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado
por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus
modificatorios y complementarios.
Que razones operativas hacen necesario prorrogar la designación
transitoria aludida, atento a no haberse podido dar cumplimiento al
proceso de selección establecido en la norma señalada en el párrafo
anterior.
Que la Licenciada Da. María Florencia BOTTERO FERNÁNDEZ se encuentra desempeñando el mencionado cargo.
Que la Dirección General de Administración y la Dirección General de
Recursos Humanos ambas dependientes de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN E
INVERSIONES TURÍSTICAS de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TURISMO de la
SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, han tomado la
intervención de su competencia.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos dependiente de la
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN E INVERSIONES TURÍSTICAS de la SECRETARÍA DE
GOBIERNO DE TURISMO de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por el Decretos Nros. 632 de fecha 6 de julio de 2018, 802 de fecha 5
de septiembre de 2018 y 1.035 de fecha 8 de noviembre de 2018.
Por ello,
EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE TURISMO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrógase a partir de su vencimiento y por el término de
CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, la designación transitoria dispuesta
por la Decisión Administrativa Nº 654/2016 y prorrogada mediante las
Resoluciones Nros. 27/ 2017, 617/2017, 299/2018 y 78/2019 a la
Licenciada Da. María Florencia BOTTERO FERNÁNDEZ (M.I. N° 26.690.189)
en el cargo Nivel A - Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I de Directora
Nacional de Comunicación Turística dependiente de la Unidad de
Coordinación General de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TURISMO de la
SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, autorizando el pago
de la referida función ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SI.N.E.P.) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus
modificatorios y complementarios y con autorización excepcional por no
reunir los requisitos mínimos establecidos en el Artículo 14 del citado
Convenio Colectivo.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los
requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido,
respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.) aprobado por el Decreto N°
2.098/08 y sus modificatorios y complementarios, en el plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 29 de octubre de 2019.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas del
Presupuesto correspondiente a la 20-06 - SECRETARÍA DE GOBIERNO DE
TURISMO.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese a la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN
en orden a lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto N° 1.165 de
fecha 11 de noviembre de 2016 y su modificatorio.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. José Gustavo Santos
e. 06/12/2019 N° 93684/19 v. 06/12/2019