SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 1441/2019
RESOL-2019-1441-APN-SECT#MPYT
Ciudad de Buenos Aires, 02/09/2019
VISTOel Expediente N° 1.785.938/18 del Registro del entonces MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que
a fojas 2/16 vuelta del Expediente N° 1.791.507/18 agregado como fojas
44 al Expediente N° 1.785.938/18, obran las escalas salariales
celebradas entre la FEDERACIÓN ARGENTINA DE EMPLEADOS DE COMERCIO Y
SERVICIOS (FAECYS), por la parte sindical, y la CÁMARA ARGENTINA DE
COMERCIO Y SERVICIOS (CAC), la UNIÓN DE ENTIDADES COMERCIALES
ARGENTINAS (UDECA) y la CONFEDERACIÓN ARGENTINA DE LA MEDIANA EMPRESA
(CAME), por la parte empleadora, correspondientes al acuerdo obrante a
fojas 2/3 del Expediente de referencia homologado bajo la
RESOL-2018-9-APN-SECT#MT y registrado bajo el Nº 11/18, conforme lo
dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que
los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí
insertas, acreditando sus personerías y facultades para negociar
colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.
Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que
la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el
pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los
antecedentes mencionados.
Que una vez dictado el presente acto
administrativo homologatorio, se remitirán las presentes actuaciones a
la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar
la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual
surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley
N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades
del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las
atribuciones otorgadas por el DECTO-2019-35-APN-PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO
1°.- Declárense homologadas las escalas salariales obrantes a fojas
2/16 vuelta del Expediente N° 1.791.507/18 agregado como fojas 44 al
Expediente N° 1.785.938/18, correspondientes al Acuerdo Nº 11/18 y
celebradas entre la FEDERACIÓN ARGENTINA DE EMPLEADOS DE COMERCIO Y
SERVICIOS (FAECYS), por la parte sindical, y la CÁMARA ARGENTINA DE
COMERCIO Y SERVICIOS (CAC), la UNIÓN DE ENTIDADES COMERCIALES
ARGENTINAS (UDECA) y la CONFEDERACIÓN ARGENTINA DE LA MEDIANA EMPRESA
(CAME), por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2°.-
Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección
General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental.
Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del
Trabajo a los fines del registro de las escalas salariales obrantes a
fojas 2/16 vuelta del Expediente N° 1.791.507/18 agregado como fojas 44
al Expediente N° 1.785.938/18.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las
partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de fijar el
promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio,
de acuerdo a lo establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o
1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del
presente junto al Convenio Colectivo de Trabajo N° 130/75.
ARTÍCULO
4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
Y TRABAJO no efectúe la publicación de carácter gratuito de las escalas
salariales homologadas y de esta Resolución, resultará aplicable lo
establecido en el tercer párrafo del Artículo 5 de la Ley N° 14.250
(t.o. 2004).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Lucas Fernandez Aparicio
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 18/03/2020 N° 15232/20 v. 18/03/2020
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)