SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 333/2019
RESOL-2019-333-APN-SECT#MPYT
Ciudad de Buenos Aires, 27/02/2019
VISTOel Expediente N° 1.771.065/17, del Registro del entonces MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEWO Y SEGURIDAD SOCIAL la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y:
CONSIDERANDO:
Que
a fojas 28/29 del Expediente N° 1.771.065/17, obra el acuerdo celebrado
entre la UNIÓN TRABAJADORES SOCIEDADES DE AUTORES Y AFINES DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la ASOCIACIÓN CIVIL
“SAVA- ASOCIACION DE ARTISTAS VISUALES ARGENTINOS”, por la parte
empleadora, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250
(t.o. 2004).
Que en el presente acuerdo, las partes han
convenido nuevas escalas salariales, cuya vigencia opera a partir del
día 1° de Enero de 2017, con las consideraciones obrantes en el texto
al cual se remite.
Que el ámbito territorial y personal del
acuerdo, se corresponde con la actividad de la Entidad empresaria
signataria y la representatividad de la parte sindical firmante,
emergente de su personería gremial.
Que las partes han acreditado en autos la personería invocada y su capacidad para negociar colectivamente.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que
la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que
una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se
remitirán las presentes actuaciones a la Dirección de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el
promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio
establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus
modificatorias.
Que las facultades del suscripto para resolver
en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por
DECTO-2019-35-APN-PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE
ARTICULO
1º.- Declárase homologado el acuerdo obrante a fojas 28/29 del
Expediente N° 1.771.065/17, celebrado entre la UNIÓN TRABAJADORES
SOCIEDADES DE AUTORES Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte
sindical, y la ASOCIACIÓN CIVIL “SAVA- ASOCIACION DE ARTISTAS VISUALES
ARGENTINOS”, por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley
de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o 2004).
ARTICULO 2º.-
Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección
General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental.
Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del
Trabajo a los fines del registro del acuerdo obrante a fojas 28/29 del
Expediente N° 1.771.065/17.
ARTICULO 3º.- Notifíquese a las
partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de fijar el
promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio,
de acuerdo a lo establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o
1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del
presente legajo.
ARTICULO 4º.- Hágase saber que en el supuesto
que este MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, no efectúe la publicación
de carácter gratuita del acuerdo y de esta Resolución, las partes
deberán proceder conforme lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N°
14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Lucas Fernandez Aparicio
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 20/04/2020 N° 16938/20 v. 20/04/2020
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)