MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICASDecisión Administrativa 572/2020DECAD-2020-572-APN-JGM - Dáse por designado Director Nacional de Agua Potable y Saneamiento.Ciudad de Buenos Aires, 20/04/2020
VISTOel Expediente Nº EX-2020-15560987-APN-SIP#JGM, la Ley N° 27.467, los
Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y
complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 7 del
10 de diciembre de 2019, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, 4 del 2 de enero de 2020 y la Decisión Administrativa
N° 300 del 12 de marzo de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que por
el Decreto N° 4/20 se estableció que las disposiciones de la Ley N°
27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el
Ejercicio 2019 regirán a partir del 1° de enero de 2020, en virtud de
lo establecido por el artículo 27 de la Ley N° 24.156 de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.
Que
por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación transitoria
de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con
rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados
presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas,
será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros en el ámbito de la
Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a
propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.
Que por
el Decreto N° 7/19 se sustituyó el artículo 1° de la Ley de Ministerios
(Ley N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus
modificatorias) y se creó, entre otros, el MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.
Que
por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y sus
respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes
al citado Ministerio.
Que por el artículo 6° del citado decreto
se estableció que hasta tanto se concluya con la reestructuración de
las áreas afectadas, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales
existentes de nivel inferior a Subsecretaría.
Que por la
Decisión Administrativa N° 300/18 se aprobó la estructura organizativa
de primer y segundo nivel operativo del entonces MINISTERIO DEL
INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.
Que resulta necesario
proceder a la cobertura transitoria del cargo vacante y financiado de
Director/a Nacional de Agua Potable y Saneamiento dependiente de la
SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA del MINISTERIO DE
OBRAS PÚBLICAS.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DEL INTERIOR ha tomado la intervención que le compete.
Que
la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del
artículo 100 inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y del artículo 2° del
Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO
1°.- Dáse por designado con carácter transitorio, a partir del 2 de
enero de 2020 y por el termino de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles
contados a partir de la fecha de la presente medida, al ingeniero José
María REGUEIRA (D.N.I Nº 17.941.124) en el cargo de Director Nacional
de Agua Potable y Saneamiento, dependiente de la SECRETARÍA DE
INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS,
Nivel A - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del
Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por
el Decreto Nº 2098/08.
Se autoriza el correspondiente pago del
Suplemento por Función Ejecutiva Nivel I del citado Convenio Colectivo
de Trabajo Sectorial.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado en el
artículo 1° de la presente decisión administrativa deberá ser cubierto
conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo
establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y
VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto
N° 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles,
contados a partir de la fecha de la presente medida.
ARTÍCULO
3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente decisión
administrativa será atendido con cargo a las partidas específicas de la
Jurisdicción 64 – MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.
ARTÍCULO 4°.-
Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL y archívese. Santiago Andrés Cafiero - Gabriel Nicolás Katopodis
e. 04/05/2020 N° 17529/20 v. 04/05/2020