ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓNDisposición 32/2020DI-2020-32-APN-DGA#APNACCiudad de Buenos Aires, 22/04/2020
VISTOel Expediente EX-2020-25327603-APN-DAD#APNAC, los Decretos de Necesidad
y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE de fecha 12 de marzo de 2020 y
DECNU-2020-287-APN-PTE de fecha 17 de marzo de 2020, las Decisiones
Administrativas Nros. DECAD-2020-409-APN-JGM de fecha 18 de marzo de
2020 y DECAD-2020-472-APN-JGM de fecha 7 de abril de 2020, las
Disposiciones de la Oficina Nacional de Contrataciones Nros.
DI-2020-48-APN-ONC#JGM de fecha 19 de marzo de 2020,
DI-2020-53-APN-ONC#JGM de fecha 8 de abril de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que
teniendo en cuenta la situación de público conocimiento que se viene
viviendo a nivel mundial y de la que no escapa nuestro país respecto a
la pandemia del COVID-19 y a las medidas tomadas que en consecuencia se
vienen llevando a cabo, la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES en
virtud a las tareas que le son propias a determinados agentes, colabora
activamente ante la situación crítica de nuestro país.
Que en
virtud de ello la Dirección Nacional de Operaciones, teniendo en cuenta
que la ADMINISTRACIÓN de PARQUES NACIONALES ha considerado personal
esencial a aquellos agentes que revisten en las tareas de control y
vigilancia de las Áreas Protegidas, ha realizado tareas de traslado de
personal médico, de entrega de alimentos a pobladores, reparación de
tomas de aguas, asistencia a los esquemas de prevención civil, entre
otras.
Que la referida Dirección Nacional, entiende que las
citadas funciones resultan imprescindibles para la sociedad en este
contexto de crisis sanitaria y asimismo, implican el riesgo de
encontrarse expuesto a posibles contagios del COVID-19, motivo por el
cual solicita la adquisición de insumos sanitarios para equipar a
dichos agentes, conforme se desprende de las Notas
NO-2020-25079770-APN-DNO#APNAC y NO-2020-25099880-APN-DNO#APNAC.
Que
de acuerdo a lo establecido en las Disposiciones de la Oficina Nacional
de Contrataciones Nros. DI-2020-48-APN-ONC#JGM y DI-2020-53-APN-ONC#JGM
la Coordinación de Contrataciones dependiente de la Dirección de
Administración, invitó a cotizar a DIEZ (10) proveedores del rubro
inscriptos en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO),
conforme surge de los documentos IF-2020-25374467-APN-DAD#APNAC e
IF-2020-APN-25931281-APN-DAD#APNAC.
Que en fecha 15 de abril del
año en curso se procedió a la apertura de las DOS (2) ofertas
recibidas, las cuales corresponden a las firmas MILLER SERVICIOS PARA
LA HIGIENE S.A. (C.U.I.T. N° 30-71158542-3), obrante como documento
IF-2020-25963606-APN-DAD#APNAC y AYRES VERDES SERVICIOS (C.U.I.T. N°
20-22294264-1), documentada como IF-2020-25964426-APN-DAD#APNAC e
IF-2020-26022009-APN-DAD#APNAC.
Que en concordancia a lo
previsto en el Artículo 3°, apartado 7), de la Decisión Administrativa
N° 409/2020, la Unidad de Auditoría Interna y la Dirección General de
Administración tomaron intervención de su competencia mediante el Acta
de Firma Conjunta obrante como IF-2020-26251064-APN-DGA#APNAC.
Que
la Dirección General de Administración mediante el Informe
IF-2020-26256137-APN-DGA#APNAC, entiende que la oferta presentada por
la firma MILLER SERVICIOS PARA LA HIGIENE S.A. no cumple las
Especificaciones Técnicas requeridas, motivo por el cual corresponde
desestimarla; en tanto que la oferta presentada por la firma AYRES
VERDES SERVICIOS, se considera conveniente técnica y económicamente.
Que
en fecha 15 de abril del corriente, mediante la Nota
NO-2020-26052235-APN-DGA#APNAC se comunicó a la firma AYRES VERDES
SERVICIOS que según constancia de la Administración Federal de Ingresos
Públicos (AFIP), la empresa registra deuda impositiva en dicho
Organismo, motivo por el cual en caso de resultar su oferta la más
conveniente para este Organismo se podría proceder a adjudicar la
Contratación por Emergencia COVID-19 Nº 1/2020, haciéndosele saber que
hasta tanto no regularice la situación impositiva mencionada, no podría
efectuarse pago alguno.
Que asimismo, conforme surge del Informe
IF-2020-26296921-APN-DAD#APNAC se notificó de tal situación al oferente
y se requirió acuse recibo mediante Nota donde manifieste su compromiso
de subsanar la referida deuda.
Que si bien se avanzó con la
adjudicación de la Contratación por emergencia COVID-19 Nº 1/2020, la
Dirección General de Administración mediante la Nota
NO-2020-26682808-APN-DGA#APNAC manifestó que en el marco de la premura
del Organismo de poder contar con los insumos sanitarios licitados en
razón de haberse considerado personal esencial a los agentes que
revisten en las tareas de control y vigilancia de las Áreas Protegidas
y la consecuente necesidad de evitar al máximo posible el riesgo de
encontrarse expuesto a posibles contagios del COVID-19, considerando el
tiempo transcurrido sin que se haya recibido comunicación alguna por
parte de la firma AYRES VERDES SERVICIOS, solicitó declarar fracasada
la Contratación por Emergencia COVID-19 Nº 1/2020 por no cumplir el
oferente en cuestión con los requisitos administrativos de la
contratación
Que por todo lo expuesto corresponde, mediante el
dictado del presente acto, aprobar todo lo actuado, desestimar las
ofertas recibidas y declarar fracasada la Contratación por Emergencia
COVID-19 Nº 1/2020, de conformidad con el Artículo 11, inciso c) del
Decreto Nº 1.023/2001 y el Artículo 9º, incisos d) y g) del Reglamento
del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado
mediante el Decreto Nº 1.030/2016 y sus modificatorias.
Que las Direcciones Generales de Administración y de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.
Que
la presente se dicta en virtud de las facultades conferidas la Decisión
Administrativa DECAD-2020-250-APN-JGM, lo previsto por el Artículo 9º
del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado
por el Decreto Nº 1.030/2016 y sus modificatorios y las Decisiones
Administrativas Nros. DECAD-2020-409-APN-JGM de fecha 18 de marzo de
2020 y DECAD-2020-472-APN-JGM de fecha 7 de abril de 2020, sus
modificatorios, reglamentarios y concordantes.
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
DISPONE:
ARTÍCULO
1º.- Apruébase todo lo actuado en la Contratación por Emergencia
COVID-19 Nº 1/2020 efectuada para la Adquisición de Insumos Sanitarios
para las Áreas Protegidas, por los motivos expuestos en los
Considerandos de la presente medida.
ARTÍCULO 2º.- Desestímanse
las ofertas presentadas por las firmas MILLER SERVICIOS PARA LA HIGIENE
S.A. y AYRES VERDES SERVICIOS, por los motivos expuestos en los
Considerandos de la presente medida.
ARTÍCULO 3º.- Declárase
fracasada la Contratación por emergencia COVID-19 Nº 1/2020, por los
motivos expuestos en los Considerandos de la presente medida.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Ignacio Salvarredy
e. 05/05/2020 N° 18590/20 v. 05/05/2020