MINISTERIO DE SALUD
Decisión Administrativa 760/2020
DECAD-2020-760-APN-JGM - Dáse por designado Director Nacional de Medicamentos y Tecnología Sanitaria.
Ciudad de Buenos Aires, 10/05/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-25425687-APN-SIP#JGM, la Ley N° 27.467,
los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios
y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 7 del
10 de diciembre de 2019, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, 4 del 2 de enero de 2020 y la Decisión Administrativa
N° 457 del 4 de abril 2020, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 4/20 se estableció que las disposiciones de la
Ley N° 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para
el Ejercicio 2019 regirán a partir del 1° de enero de 2020, en virtud
de lo establecido por el artículo 27 de la Ley N° 24.156 de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional.
Que por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación
transitoria de personal en cargos de planta permanente y
extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario,
vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las
estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de
Ministros, en el ámbito de la Administración Pública Nacional,
centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o
Entidad de que se trate.
Que por el Decreto Nº 7/19 se sustituyó el artículo 1° de la Ley de
Ministerios (Ley N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus
modificatorias) y se creó, entre otros, el MINISTERIO DE SALUD.
Que por el Decreto Nº 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de
la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y
sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los
correspondientes al citado Ministerio.
Que por la Decisión Administrativa Nº 457/20 se aprobó la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE
SALUD.
Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo
vacante y financiado de Director/a Nacional de Medicamentos y
Tecnología Sanitaria de la SUBSECRETARÍA DE MEDICAMENTOS E INFORMACIÓN
ESTRATÉGICA de la SECRETARÍA DE ACCESO A LA SALUD del citado
Ministerio, frente a la necesidad de cumplir en tiempo y forma las
exigencias del servicio.
Que el cargo aludido no implica asignación de recurso extraordinario.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes del artículo 100 inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y del
artículo 2º del Decreto Nº 355 del 22 de mayo de 2017.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Dáse por designado con carácter transitorio, a partir del
6 de abril de 2020 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles, al doctor Emiliano Andrés MELERO (D.N.I. Nº 28.875.196) en el
cargo de Director Nacional de Medicamentos y Tecnología Sanitaria de la
SUBSECRETARÍA DE MEDICAMENTOS E INFORMACIÓN ESTRATÉGICA de la
SECRETARÍA DE ACCESO A LA SALUD del MINISTERIO DE SALUD, Nivel A -
Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto
N° 2098/08.
Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función
Ejecutiva Nivel I del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y
se efectúa la presente designación transitoria con autorización
excepcional por no reunir el doctor MELERO los requisitos mínimos
establecidos en el artículo 14 de dicho Convenio.
ARTÍCULO 2º.- El cargo involucrado en el artículo 1º de la presente
medida deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de
selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los
Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de
CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del 6 de abril de
2020.
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la
Jurisdicción 80 – MINISTERIO DE SALUD.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. Santiago Andrés Cafiero - Ginés Mario
González García
e. 20/05/2020 N° 19439/20 v. 20/05/2020