COLONIA NACIONAL DR. MANUEL A. MONTES DE OCA
Resolución 178/2020
RESOL-2020-178-APN-D#CNMO
Torres, Buenos Aires, 26/05/2020
VISTO el EX-2020-29734364-APN-D#CNMO del Registro de la COLONIA
NACIONAL MANUEL MONTES DE OCA y la Decisión Administrativa Nro 409/2020
y la Disposición ONC Nro 48/2020, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente de referencia tramita la CONTRATACIÓN POR
EMERGENCIA COVID-19 N° 05/2020 que tiene por objeto la adquisición de
MANOMETROS MEDICINALES.
Que el procedimiento se realiza a solicitud de la DIVISION SUMINISTROS
y la DIRECCIÓN TECNICA DE ADMINISTRACION mediante notas identificadas
como NO-2020-29608503-APN-DTA#CNMO y NO-2020-29983253-APN-DTA#CNMO,
incorporadas en ordenes Nros. 2 y 3, respectivamente, a los presentes
actuados.
Que en lo referente a la justificación respecto al encuadre de
CONTRATACIÓN POR EMERGENCIA COVID-19 es conforme a lo establecido en
los Decretos de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE; de
fecha 12 de marzo de 2020 y DECNU-2020-287-APN-PTE; de fecha 17 de
marzo de 2020; la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM, de
fecha 18 de marzo de 2020; y la Disposición DI-2020-48-APN-ONC#JGM y
sus complementarios y modificatorios.
Que se realizaron las invitaciones a proveedores del ramo que trata,
según lo estipulado en la normativa vigente, a las firmas que según
consta en IF-2020-30523025-APN-DTA#CNMO.
Que con fecha 12/05/2020 a las 12:00 hs se celebró el Acto de Apertura
de Ofertas mediante IF-2020-31480119-APN-DTA#CNMO del orden 15 y
mediante el ACTA DE CONSTATACION IF-2020-31731700 del orden 19,
habiéndose recibido las propuestas de las firmas Metal Pilar
30-65589171-0 y Tecno Nodo S.A CUIT 30-71447186-0.
Que en Orden Nº 22 obra PV-2020-31784337-APN-DTA#CNMO de la DIRECCION
TECNICA ADMINISTRATIVA por cuanto tomó intervención de su competencia.
Que en virtud de las cotizaciones recibidas, la DIVISION SUMINISTROS
mediante IF-2020-32870928-APN-DTA#CNMO que luce en orden 23 realizó la
evaluación de las propuestas recibidas por lo que estimó pertinente
asignar orden de merito 1 a la firma METAL PILAR CUIT 30-65589171-0 por
responder a las exigencias requeridas, por precio conveniente y calidad.
Que el presente informe de recomendación se realiza en el marco de lo
establecido en la Disposición Nº DI-2020-48-APN-ONC#JGM, la Decisión
Administrativa Nº DECAD-2020-409-APN-JGM, el Decreto de Necesidad y
Urgencia Nº DECNU-2020-260-APN-PTE y sus complementarios y
modificatorios.
Que en orden 26 y 27 mediante IF-2020-33201063-APN-DTA#CNMO e
IF-2020-33201718-APN-DTA#CNMO, respectivamente, la DIVISION COMPRAS Y
CONTRATACIONES agrega las constancias de inscripción en el sistema
COMPR.AR de las firmas cotizantes.
Que por todo lo obrado y expuesto en el expediente electrónico
corresponde proceder a la adjudicación de la firma METAL PILAR CUIT
30-65589171-0.
Que ha tomado la intervención de su competencia el DEPARTAMENTO DE
ASUNTOS JURÍDICOS de esta COLONIA NACIONAL MANUEL MONTES DE OCA.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Resolución Nro 125 de fecha 1 de abril de 2020.
Por ello,
EL DIRECTOR DE LA COLONIA NACIONAL MANUEL MONTES DE OCA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébese la CONTRATACIÓN POR EMERGENCIA COVID-19 N°
05/2020 que tiene por objeto la adquisición de MANOMETROS MEDICINALES,
conforme con lo establecido en los Decretos de Necesidad y Urgencia N°
DECNU-2020-260-APN-PTE; de fecha 12 de marzo de 2020 y
DECNU-2020-287-APN-PTE; de fecha 17 de marzo de 2020; la Decisión
Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM, de fecha 18 de marzo de 2020;
y la Disposición DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus complementarios y
modificatorios.
ARTÍCULO 2º.- Adjudicase la CONTRATACIÓN POR EMERGENCIA COVID-19 N°
05/2020 a la firma METAL PILAR CUIT 30-65589171-0 por el importe total
de PESOS CIENTO VEINTIUN MIL SETECIENTOS VEINTINUEVE CON 03/100
CENTAVOS ($121.729,03) según lo expuesto en los considerandos de la
presente.
ARTICULO 3º.- Atiéndase la erogación que asciende a la suma total de
PESOS CIENTO VEINTIUN MIL SETECIENTOS VEINTINUEVE CON 03/100 CENTAVOS
($121.729,03) con cargo a las partidas presupuestarias que correspondan
de este ORGANISMO para el ejercicio que corresponda.
ARTICULO 4º.- Autorízase a la DIVISIÓN COMPRAS Y CONTRATACIONES a confeccionar la respectiva Orden de Compra.
ARTICULO 5º.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el BOLETIN OFICIAL
DE LA REPUBLICA ARGENTINA y en la página web de la OFICINA NACIONAL DE
CONTRATACIONES y archívese. Gustavo Garcia
e. 10/06/2020 N° 22337/20 v. 10/06/2020