MINISTERIO DE SALUDDecisión Administrativa 1038/2020DECAD-2020-1038-APN-JGM - Contratación Directa por Exclusividad N° 54/2019. Adjudicación.Ciudad de Buenos Aires, 11/06/2020
VISTOel Expediente Nº EX-2019-75466137-APN-DCYCMS#MSYDS, los Decretos Nros.
1023 de fecha 13 de agosto de 2001 y 1030 de fecha 15 de septiembre de
2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias y
complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente
mencionado en el Visto tramita la Contratación Directa por Exclusividad
N° 54/19 del MINISTERIO DE SALUD, destinada a la adquisición de
CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CUARENTA (451.440)
comprimidos, cápsulas o tabletas del medicamento antirretroviral
Etravirina por DOSCIENTOS (200) miligramos.
Que se difundió el
Proceso de Compra en el Sistema Electrónico de Contrataciones de la
Administración Nacional denominado COMPR.AR.
Que del Acta de
Apertura de fecha 26 de septiembre de 2019 surge la presentación de la
oferta de la firma JANSSEN CILAG FARMACEUTICA S.A. por un monto total
de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y UN
MIL CINCUENTA ($ 238.981.050).
Que se llevaron adelante sendos
mecanismos de mejora de precios, en el primer caso, atento que el
precio ofertado era más elevado que el precio referencial del
MINISTERIO DE SALUD y en la segunda instancia, de manera excepcional en
atención a la situación originada por la pandemia de COVID 19.
Que
frente a esta circunstancia, con fecha 4 de mayo de 2020, la firma
JANSSEN CILAG FARMACEUTICA S.A. presentó una nueva mejora de precio,
por un monto total de PESOS DOSCIENTOS VEINTITRÉS MILLONES
CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS ($ 223.462.800).
Que
la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del MINISTERIO DE SALUD, en
función de los análisis administrativos y técnicos preliminares y la
documentación obrante en las presentes actuaciones, recomienda la
adjudicación de la oferta a la firma JANSSEN CILAG FARMACEUTICA S.A.,
considerando el cumplimiento de los requisitos formales, legales y
técnicos exigidos en las bases que rigieron el llamado.
Que corresponde proceder a la adjudicación de acuerdo a la mencionada recomendación.
Que
mediante la Resolución N° 2970 de fecha 7 de noviembre de 2019 de la
entonces SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD del entonces MINISTERIO DE
SALUD Y DESARROLLO SOCIAL se autorizó la presente Contratación Directa
por Exclusividad N° 54/19, se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones
Particulares que como Anexo forma parte integrante de dicha resolución
y se aprobó todo lo actuado en el marco del referido procedimiento
contractual, llevado a cabo para la adquisición de CUATROCIENTAS
CINCUENTA Y UN MIL CUATROCIENTAS CUARENTA (451.440) unidades del
medicamento antirretroviral Etravirina por DOSCIENTOS (200) miligramos.
Que el servicio jurídico permanente ha tomado la intervención de su competencia.
Que
la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas
por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el
artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el
Decreto N° 1344 de fecha 4 de octubre de 2007, sus modificatorios y
complementarios y el artículo 9°, inciso e) y su Anexo del Reglamento
del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado
por el Decreto N° 1030/16.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO
1º.- Adjudícase la Contratación Directa por Exclusividad N° 54/19 del
MINISTERIO DE SALUD llevada a cabo para la adquisición de CUATROCIENTAS
CINCUENTA Y UN MIL CUATROCIENTAS CUARENTA (451.440) unidades del
medicamento antirretroviral Etravirina por DOSCIENTOS (200) miligramos,
a favor de la firma JANSSEN CILAG FARMACEUTICA S.A. (CUIT N°
30-59812924-6), por la suma total de PESOS DOSCIENTOS VEINTITRÉS
MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS ($ 223.462.800).
ARTÍCULO
2º.- La suma total de PESOS DOSCIENTOS VEINTITRÉS MILLONES
CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS ($ 223.462.800) será
imputada con cargo a las partidas presupuestarias del MINISTERIO DE
SALUD correspondientes al presente ejercicio.
ARTÍCULO 3°.-
Autorízase a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN y/o a la
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, ambas del MINISTERIO DE SALUD,
a suscribir la pertinente Orden de Compra.
ARTÍCULO 4°.-
Autorízase al Ministro de Salud a aprobar la ampliación, disminución,
suspensión, resolución, rescisión, declaración de caducidad y
aplicación de penalidades al adjudicatario y/o cocontratante respecto
de la contratación directa por exclusividad que por este acto se
aprueba.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la
DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Santiago Andrés
Cafiero - Ginés Mario González García
e. 12/06/2020 N° 23417/20 v. 12/06/2020