COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FRENTE MARÍTIMOResolución 6/2020Montevideo, 17/06/2020
Visto:
Lanecesidad de adoptar medidas para la conservación y racional
explotación de la especie pez ángel/angelito (Squatina guggenheim).
Resultando:
1)
Que la Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo encomendó al Grupo de
Trabajo Condrictios la tarea de analizar el estado de la pesquería y
sugerir la captura biológicamente aceptable para el año en curso en la
Zona Común de Pesca, para la especie arriba indicada.
2) Que
dicho Grupo de Trabajo, sobre la base de la evaluación del recurso a
partir de información de las campañas de investigación en el área, de
la estadística pesquera y de la información biológico-pesquera del
muestreo de desembarque, ha sugerido medidas de conservación y manejo
con el objetivo de mantener la sustentabilidad de dicho recurso.
3) Que, ante eventos que pudieren impactar sobre el desarrollo de la pesquería, es menester prever una reserva administrativa.
Atento:
A lo establecido en los artículos 80 y 82 del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo.
LA COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FRENTE MARÍTIMO
RESUELVE:
Artículo
1º) Fíjese para el año 2020, en la Zona Común de Pesca, la captura
total permisible (CTP) de la especie pez ángel/angelito (Squatina
guggenheim) en 2.200 toneladas.
Artículo 2°) De la captura total
permisible (CTP) establecida en el Artículo 1°, habilítense 2.000
toneladas y fíjese una reserva administrativa de hasta 200 toneladas,
que la Comisión podrá habilitar mediante Resolución fundada.
Artículo
3°) Comuníquese al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la
República Argentina y al Ministerio de Relaciones Exteriores de la
República Oriental del Uruguay.
Artículo 4º) Publíquese en el
Boletín Oficial de la República Argentina y en el Diario Oficial de la
República Oriental del Uruguay. Mariana Inés Llorente - Julio Suárez
e. 26/06/2020 N° 25357/20 v. 26/06/2020