ARMADA ARGENTINAHOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES CIRUJANO MAYOR DR. PEDRO MALLODisposición 254/2020
DI-2020-254-APN-DGSA#ARA
Ciudad de Buenos Aires, 07/07/2020
VISTOel expediente electrónico EX-2020-37448448- -APN-DGSA#ARA, el artículo
15 ter del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 260/20, la Decisión
Administrativa Nº 409/20 del señor JEFE DE GABINETE DE MINISTROS y la
Disposición Nº 48/2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto
según Disposición ONC N° 55/20), y
CONSIDERANDO:
Que el
HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES “CIRUJANO MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO” está
recibiendo una gran cantidad de pacientes infectados con el virus
COVID-19 que requieren transfusiones de glóbulos rojos.
Que ello
impone la necesidad de aprovisionarse de tubos y reactivos para
realizar los estudios serológicos a los donantes de sangre que
contribuyen a atender las necesidades transfusionales de esos pacientes.
Que, epidemiológicamente, la propagación del virus se encuentra en la sección creciente de la curva de contagios.
Que
ello permite avizorar un crecimiento exponencial en la demanda de los
elementos necesarios para llevar adelante tales estudios.
Que,
consecuentemente, el señor Jefe del Servicio de Hemoterapia solicitó la
inmediata adquisición de los tubos y reactivos indispensables para
efectuar los estudios serológicos.
Que el procedimiento de
selección de co-contratante particular elegido fue el previsto en el
artículo 15 ter del Decreto citado en el visto, y que el mismo ha sido
sustanciado a través de la plataforma COMPR.AR.
Que el contenido
de las invitaciones cursadas a los proveedores cumple con las pautas
fijadas en el artículo 3° inciso d) del Anexo a la Disposición N° 48/20
de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto según Disposición ONC
N° 55/20).
Que, a las diez horas del día 17 de junio de 2020, el acto de apertura de ofertas se realizó tal como estaba previsto.
Que
los oferentes, ROSANA MARIA LEONOR POLLER CUIT 27169109120, QUIMICA
EROVNE S.A. CUIT 30525356481 y GBO ARGENTINA S.A. CUIT 30708003391
cumplen con los requerimientos de admisibilidad objetiva y subjetiva
exigidos en las invitaciones a participar en el presente procedimiento,
salvo la oferta presentada por Rosana María Leonor Pollero en lo
concerniente a los renglones Nros. 1, 2, 3 y 5.
Que, a la fecha,
los oferentes no registran sanciones en el Registro Público de
Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) creado por la Ley Nº 26.94.
Que,
de acuerdo a las averiguaciones oficiosas efectuadas ante la
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP), los oferentes
ROSANA MARIA LEONOR POLLER CUIT 27169109120, QUIMICA EROVNE S.A. CUIT
30525356481 y GBO ARGENTINA S.A. CUIT 30708003391 no registran
incumplimientos de sus obligaciones tributarias o previsionales.
Que
en forma previa al libramiento de la orden de pago deberá verificarse
la inexistencia de deudas tributarias o previsionales de acuerdo a la
normativa aplicable
Que la Resolución N° 100/2020 de la
SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO
no prevé precios máximos respecto de los bienes requeridos en el
presente procedimiento.
Que en función de los resultados del informe técnico Nº 08/20, surge que:
QUIMICA EROVNE S.A. CUIT 30525356481 cumple con los aspectos técnicos.
ROSANA
MARIA LEONOR POLLER CUIT 27169109120 cumple con los aspectos técnicos
en los renglones 1, alternativa 1, 4, 6 y 7. En el renglón 1
alternativa dos no cumple, ya que no cotiza lo que se requiere (volumen
3ml). En el renglón 2 no cumple, ya que no cotiza lo que se requiere
(13x100 mm, ofrece 16x100 mm). En el renglón 3 no cumple, ya que no
cotiza lo que se requiere (se necesita vol 5 ml tanto alternativa uno y
dos, ofrece vol. 2.5 ml). En el renglón 5 no cumple, ya que no cotiza
lo que se requiere (se necesitan 40 unidades y cotiza 100 unidades).
GBO ARGENTINA S.A. CUIT 30708003391 cumple con los aspectos técnicos.
Que la Unidad Operativa de Contrataciones interviniente recomendó:
Adjudicar
los renglones N° 1, 2, 3, 4 y 9 a la firma QUIMICA EROVNE S.A. CUIT
30525356481, por la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL
DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON CERO CENTAVOS ($ 259.248,00). Adjudicar
los renglones N° 6 y 7 a la firma GBO ARGENTINA S.A. CUIT 30708003391
por la suma de PESOS VEINTIOCHO MIL QUINIENTOS CON CERO CENTAVOS ($
28.500,00). Declarar desiertos los renglones N° 8 y 10. Declarar
fracasado el renglón N° 5.
Que la Unidad Operativa de Contrataciones aconsejó declarar desiertos a los renglones Nros. 8 y 10; y fracasado el Nro. 5.
Que se comparte el juicio de la Unidad Operativa de Contrataciones y se advierte que la necesidad pública aún subsiste.
Que la presente contratación cuenta con saldo de crédito presupuestario y cuota de compromiso.
Que
los artículos 6° de la Decisión Administrativa Nº 409/20 del señor JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS y 5° del Anexo de la Disposición N° 48/20 de
la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto según Disposición ONC N°
55/20) establecen que se aplica la distribución de competencias
efectuada en el artículo 9° del Anexo del Decreto N° 1030/16 para los
procedimientos de contratación directa por compulsa abreviada y
adjudicación simple.
Que, por remisión del artículo 9° del Anexo del aludido Decreto, deviene aplicable la Resolución MD 265/16.
Que,
por tratarse de un procedimiento sustanciado en el ámbito de la ARMADA
ARGENTINA, debe estarse a lo dispuesto en el Anexo III de la Resolución
ministerial indicada.
Que el los Directores Generales – como el
suscripto- tienen competencia para dictar el acto de conclusión del
procedimiento siempre que la contratación a adjudicar o declarar
fracasada no supere la suma equivalente a SIETE MIL QUINIENTOS Módulos
(M 7.500), es decir, a PESOS DOCE MILLONES ($12.000.000,00), de acuerdo
al valor actual del Módulo.
Que el Departamento Asesoría Legal
del HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES “CIRUJANO MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO” ha
tomado la intervención que le corresponde.
Que, en razón de los
artículos 6° de la Decisión Administrativa Nº 409/20 del señor JEFE DE
GABINETE DE MINISTROS, 5° del Anexo de la Disposición N° 48/20 de la
OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto según Disposición ONC N°
55/20), el artículo 9° Anexo del Decreto N° 1030/16 y el Anexo III de
la Resolución MD 265/16, el suscripto es competente para dictar la
presente medida.
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DEL HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES “CIRUJANO MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO”
DISPONE:
ARTÍCULO
1º.- Convalidar y aprobar lo actuado en la Compulsa - COVID-19 Nº 0120
– ADQUISICION TUBOS Y REACTIVOS PARA REALIZAR ESTUDIOS SEROLOGICOS
COVID-19.
ARTICULO 2º.- Adjudicar los renglones N° 1, 2, 3, 4 y
9 a la firma QUIMICA EROVNE S.A. CUIT 30525356481, por la suma de PESOS
DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON CERO
CENTAVOS ($ 259.248,00).
ARTICULO 3º.- Adjudicar los renglones
N° 6 y 7 a la firma GBO ARGENTINA S.A. CUIT 30708003391 por la suma de
PESOS VEINTIOCHO MIL QUINIENTOS CON CERO CENTAVOS ($ 28.500,00).
ARTICULO 4º.- Declarar desiertos los renglones N° 8 y 10.
ARTICULO 5º.- Declarar fracasado el renglón N° 5.
ARTICULO 6º.- Notifíquese fehacientemente lo dispuesto a los oferentes que cotizaron en esta contratación.
ARTICULO
7º.- Autorícese al Departamento Contrataciones a emitir las
correspondientes Órdenes de Compra y comunicaciones relacionadas, por
un importe total de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS
CUARENTA Y OCHO CON CERO CENTAVOS ($ 287.748,00) e imputar a la partida
presupuestaria correspondiente, a fin de ejecutar la adjudicación
dispuesta en el presente acto administrativo.
ARTICULO 8º.-
Certifíquense, por medio de la Comisión de Recepción, los insumos
detallados en la respectiva Orden de Compra, dando cumplimiento a lo
establecido en la Orden Transitoria Nº 05/20 del Director General de
este HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES “CIRUJANO MAYOR DR. PEDRO MALLO”.
ARTICULO
9º.- Pásese, para conocimiento y efectos, al DEPARTAMENTO
CONTRATACIONES Y COMPRAS de este HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES “CIRUJANO
MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO”.
ARTICULO 10°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Alberto Hugo Croci
e. 13/07/2020 N° 27090/20 v. 13/07/2020