MINISTERIO DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
Disposición 374/2020
DI-2020-374-APN-SSGA#MS
Ciudad de Buenos Aires, 18/06/2020
VISTOel Expediente EX-2020-19214420-APN-DAFYPMS#MSYDS, Decreto 247 del 11 de
Abril de 2017, Contrato de Préstamo BID N° 3772/OC-AR destinado a
financiar parcialmente el “PROGRAMA MULTIFASE DE ATENCIÓN PRIMARIA DE
LA SALUD PARA EL MANEJO DE ENFERMEDADES CRÓNICAS NO TRANSMISIBLES-
SEGUNDA OPERACIÓN”, Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N°
438/92, y sus modificatorias), Ley Nº 27.541, Decreto Nº 945 del 21 de
noviembre de 2017, Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019, Decreto
Nº 81 del 27 de diciembre de 2019, Decreto Nº 260 de 12 de marzo 2020, y
CONSIDERANDO:
Que,
por la actuación citada en el Visto, Expediente Nro.
EX-2020-19214420-APN-DAFYPMS#MSYDS, tramita la Comparación de Precios
PMAPSECNT2-66-CP-B para la “Adquisición de Medicamentos Esenciales para
el Primer Nivel de Atención de la Salud en el Marco de la Ley de
Emergencia Sanitaria” en el marco del Programa Multifase de Atención
Primaria de la Salud para el Manejo de Enfermedades Crónicas No
Transmisibles – Segunda Operación– Préstamo BID Nº 3772/OC-AR.
Que
mediante el Decreto N° 247 de fecha 11 de abril de 2017 fue aprobado el
modelo de Contrato de Préstamo entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO
INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), destinado a solventar la ejecución
de la Segunda Operación del Programa Multifase de Atención Primaria de
la Salud para el Manejo de Enfermedades Crónicas No Transmisibles.
Que
el Artículo 4 del citado decreto designó al MINISTERIO DE SALUD DE LA
NACIÓN por intermedio de la entonces SECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE LA
SALUD, PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS, como Organismo Ejecutor del
Programa Multifase de Atención Primaria de la Salud para el manejo de
Enfermedades Crónicas no Transmisibles Segunda Operación, con el apoyo
de la UNIDAD DE FINANCIAMIENTO INTERNACIONAL DE SALUD (U.F.I.S.), como
responsable de los aspectos fiduciarios y la gestión administrativa y
financiera del Programa, autorizándolo a realizar todas las operaciones
y contrataciones necesarias para la ejecución del mismo.
Que con
fecha 31 de mayo de 2017 se suscribe entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el
Banco Interamericano de Desarrollo (BID) el Contrato de Préstamo BID N°
3772/0C–AR.
Que por Decreto Nº 945 del 21 de noviembre del 2017,
en su Artículo 1 establece que “Las Jurisdicciones y Entidades de la
Administración Pública Nacional comprendidas en el artículo 8° inciso
a) de la Ley Nº 24.156 que ejecuten programas y proyectos con
financiamiento externo multilateral, bilateral o regional y/o proyectos
de participación público-privada a través de las unidades ejecutoras
creadas a tal efecto, centralizarán la gestión y ejecución operativa,
administrativa, presupuestaria y financiera-contable, comprendiendo las
cuestiones fiduciarias y legales, sobre cumplimiento de las cuestiones
ambientales y sociales, los procedimientos de contrataciones, como así
también, la planificación, programación, monitoreo y auditoría de
dichos programas y proyectos, a través de sus respectivas
Subsecretarías de Coordinación Administrativa o áreas equivalentes,
según corresponda”
Que la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O.
Decreto Nº 438/92 y sus modificatorios), adecua la Organización
Ministerial Del Poder Ejecutivo Nacional estableciendo al MINISTERIO DE
SALUD como Órgano con Competencia en todo lo inherente a la salud de la
población.
Que mediante el Decreto N° 50 de fecha 19 de
diciembre de 2019 se aprueba la conformación organizativa de aplicación
de la Administración Nacional Centralizada, contemplándose en la órbita
del MINISTERIO DE SALUD a la SUBSECRETARIA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA,
la cual tiene entre sus funciones principales la de entender en la
ejecución operativa y de los procesos de gestión administrativa,
presupuestaria y financiera-contable de programas, proyectos,
cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas con
financiamiento externo, como así también coordinar la ejecución de los
procedimientos de adquisiciones y contrataciones y de las actividades
de auditoría y monitoreo de programas, proyectos, cooperaciones
técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo.
Que,
por otra parte, mediante Ley Nº 27.541 se declaró la emergencia pública
en materia sanitaria hasta el 31 de diciembre 2020, estableciéndose que
el MINISTERIO DE SALUD instrumentará las políticas referidas a la
emergencia y dictará las normas aclaratorias y complementarias
pertinentes.
Que el término referido fue ampliado por el plazo
de UN (1) año mediante el Decreto Nº 260/2020, en virtud de la pandemia
declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con
el Coronavirus (COVID-19).
Que debido a la situación de
emergencia sanitaria causada por el COVID-19 y con base a lo previsto
en el párrafo 3.5 de las Políticas para la Adquisición de bienes, obras
y servicios GN-2349 del BID se prevé el método de Comparación de
Precios, las autoridades de BID indicaron que para los procesos de
Comparación de Precios que no superen el monto de DOLARES
ESTADOUNIDENSES un millón quinientos mil (USD 1.500.000,00.-) la
revisión podrá ser ex-post.
Que, en ese sentido a los fines de
asegurar la disponibilidad inmediata de medicamentos esenciales para
Atención Primaria, con el objetivo de garantizar la demanda adicional
de tratamientos farmacológicos provocada por la pandemia del COVID-19
en el ámbito de Centros de Atención Primaria de la Salud y los
Hospitales Provinciales y Municipales, la SUBSECRETARIA DE MEDICAMENTOS
E INFORMACIÓN ESTRATEGICA, eleva requerimiento agregado en orden 2.
Que,
a los fines de proceder con dicha solicitud, se da inicio a la presente
contratación atento a la conformidad obrante en orden 3 de las
presentes actuaciones.
Que a fecha 6 de abril de 2020 se realiza
la publicación de la presente Comparación de Precios en el portal UFIS
y se cursan Solicitudes de Cotización de Precios a veintiséis (26)
potenciales firmas del rubro, fijándose como fecha de presentación de
oferta el día jueves 9 de abril del 2020 hasta las 12:00 hs.
Que
con fecha 7 de abril de 2020 se recibieron consultas en el marco del
presente proceso, emitiéndose las Circulares Nº 1 (Orden 12) y Nº 2
(Orden 14) a los fines de brindar respuestas a las consultas realizadas
por los oferentes, publicándose en el portal UFIS.
Que con fecha
8 de abril de 2020 se realiza una enmienda fijándose como fecha de
apertura el 13 de abril del 2020 a las 12:00 hs.
Que, en dicho
contexto, con fecha 13 de abril de 2020 se realiza el Acta de Apertura
(orden 17), dejándose constancia de la recepción de OCHO (8) ofertas.
Que,
realizada el Informe de Evaluación Técnica (orden 37) mediante la cual
se analizan las Ofertas recibidas, se recomienda la adjudicación del:
Lote Nº 1 a favor de Laboratorios Fabra S.A. C.U.I.T 30-53447579-5 por
el monto de dólares estadounidenses ciento treinta y cuatro mil
cuatrocientos con 00/100 (USD 134.000,00); Lote Nº 2 a favor de la
firma Klonal S.R.L. C.U.I.T 30-57456436-7 por el monto de dólares
estadounidenses noventa y cinco mil seiscientos con 00/100 (USD
95.600,00); Lote Nº 7 a favor de Laboratorios Fabra S.A. C.U.I.T
30-53447579-5 por el monto de dólares estadounidenses sesenta y tres
mil novecientos con 00/100 (USD 63.900,00); Lote Nº 8 a favor del
Laboratorio Pablo Cassara S.R.L. C.U.I.T 30-52585827-4 por el monto de
dólares estadounidenses quinientos tres mil quinientos cuarenta y dos
con 52/100 (USD 503.542,52); Lote Nº 9 a favor de Laboratorios Sant
Gall Friburg QCI S.R.L. C.U.I.T 30-52317952-3 por el monto de dólares
estadounidenses ciento diecinueve mil ochocientos setenta y tres con
84/100 (USD 119.873,84); de todo ello se desprende que la suma total a
adjudicar para el presente proceso asciende a Dólares Estadounidenses
novecientos diecisiete mil trescientos dieciséis con 36/100 (USD
917.316,36.-).
Qué, asimismo, corresponde indicar que los Lotes
Nº 3, Nº 5 y Nº 6 quedan desestimados, mientras que el Lote Nº 4 se
declara desierto, de conformidad al apartado H “Recomendación de
Adjudicación” del Informe de Evaluación obrante en orden 37.
Que la Asesoría Legal de la Dirección General de Proyectos con Financiamiento Externo ha tomado intervención.
Que
dicha Comparación de Precios se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo
con el Convenio de Préstamo BID Nº 3772/OC-AR, las Políticas para la
Adquisición de Bienes y Obras financiadas (marzo 2011) y el Documento
del Programa Multifase de Atención Primaria de la Salud para el manejo
de Enfermedades Crónicas no transmisibles – Segunda Operación.
Que
la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto en el Decreto
247/2017, Decreto 945/2017, Decreto N° 50/2019 y Decreto N° 81/2019.
Por ello:
EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
DISPONE
ARTICULO
1°.- Adjudicase el Lote Nº 1 a favor de Laboratorios Fabra S.A. C.U.I.T
30-53447579-5 por el monto de dólares estadounidenses ciento treinta y
cuatro mil cuatrocientos con 00/100 (USD 134.000,00); Lote Nº 2 a favor
de la firma Klonal S.R.L. C.U.I.T 30-57456436-7 por el monto de dólares
estadounidenses noventa y cinco mil seiscientos con 00/100 (USD
95.600,00); Lote Nº 7 a favor de Laboratorios Fabra S.A. C.U.I.T
30-53447579-5 por el monto de dólares estadounidenses sesenta y tres
mil novecientos con 00/100 (USD 63.900,00); Lote Nº 8 a favor del
Laboratorio Pablo Cassara S.R.L. C.U.I.T 30-52585827-4 por el monto de
dólares estadounidenses quinientos tres mil quinientos cuarenta y dos
con 52/100 (USD 503.542,52); Lote Nº 9 a favor de Laboratorios Sant
Gall Friburg QCI S.R.L. C.U.I.T 30-52317952-3 por el monto de dólares
estadounidenses ciento diecinueve mil ochocientos setenta y tres con
84/100 (USD 119.873,84).
ARTICULO 2º.- Desestímense las ofertas
de LABORATORIO PABLO CASSARA S.R.L. (C.U.I.T 30-52585827-4)
correspondiente al Lote 3; PROMED INTERNACIONAL S.A. (30-65096413-2),
correspondiente al Lote 5; y KLONAL S.R.L. (. C.U.I.T 30-57456436-7),
LAFEDAR S.A. (C.U.I.T 30-68107138-1) y LABORATORIOS VENT3 S.R.L.
(C.U.I.T 30-63670738-0) correspondientes al Lote 6 de conformidad con
lo recomendado en el Informe de Evaluación Técnica.
ARTICULO 3º.- Declárese desierto el Lote 4 por no haberse presentado ofertas.
ARTICULO
4°.- Apruébese modelo de Orden de Compra
(IF-2020-36725757-APN-DGPFE#MS) que, como Anexo I, forma parte
integrante de la presente.
ARTICULO 5°.- Regístrese, comuníquese y archívese. Mauricio Alberto Monsalvo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 13/07/2020 N° 26901/20 v. 13/07/2020
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)