HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES CIRUJANO MAYOR DR. PEDRO MALLO
Disposición 292/2020
DI-2020-292-APN-DGSA#ARA
Ciudad de Buenos Aires, 30/07/2020
VISTO el expediente electrónico EX-2020-37458306- -APN-DGSA#ARA, el
artículo 15 ter del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 260/20, la
Decisión Administrativa Nº 409/20 del señor JEFE DE GABINETE DE
MINISTROS y la Disposición Nº 48/2020 de la OFICINA NACIONAL DE
CONTRATACIONES (texto según Disposición ONC N° 55/20), y
CONSIDERANDO:
Que el señor Jefe del Departamento Abastecimiento solicitó la inmediata
adquisición de ropa de cama para los pacientes infectados por Covid-19
internados en las áreas de aislamiento en este Hospital Naval Buenos
Aires “Cirujano Mayor Dr. Pedro Mallo”.
Que el procedimiento de selección de co-contratante particular elegido
fue el previsto en el artículo 15 ter del Decreto citado en el visto, y
que el mismo ha sido sustanciado a través de la plataforma COMPR.AR.
Que el contenido de las invitaciones cursadas a los proveedores cumple
con las pautas fijadas en el artículo 3° inciso d) del Anexo a la
Disposición N° 48/20 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto
según Disposición ONC N° 55/20) .
Que, a las diez horas del día 22 de junio de 2020, el acto de apertura de ofertas se realizó tal como estaba previsto.
Que el acta de apertura de ofertas fue comunicada a la INSPECCIÓN
GENERAL DE LA ARMADA y a la Unidad de Auditoría Interna del MINISTERIO
DE DEFENSA.
Que los oferentes, ORELION PROVISION Y SERVICIOS S.R.L. CUIT
30-71620336-7, WORKTEX FABRICANTES S.R.L. CUIT 30-71484363-6, A Y M
D´ESPOSITO S.R.L. CUIT 30-61267749-9, BARKLEY S.R.L. CUIT 30-70929770-4
y C.A.P. CLAUDIA ALICIA PANAROTTI CUIT 27-18446033-0, cumplen con los
requerimientos de admisibilidad objetiva exigidos en las invitaciones a
participar en el presente procedimiento, salvo aquellas que fueron
presentadas por el oferente BARKLEY S.R.L. en relación a los renglones
Nros. 2 y 3; por ORELION PROVISION Y SERVICIOS S.R.L., en cuanto a los
renglones Nro. 4, 5 y 8; y por WORKTEX FABRICANTES S.R.L., respecto a
los renglones Nros. 2, 3, 3 alt., 5, 6 y 7
Que, a la fecha, los oferentes no registran sanciones en el Registro
Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) creado por la
Ley Nº 26.94.
Que, de acuerdo a las averiguaciones oficiosas efectuadas ante la
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP), ORELION PROVISION Y
SERVICIOS S.R.L. CUIT 30-71620336-7, WORKTEX FABRICANTES S.R.L. CUIT
30-71484363-6, A Y M D´ESPOSITO S.R.L. CUIT 30-61267749-9, y C.A.P.
CLAUDIA ALICIA PANAROTTI CUIT 27-18446033-0, no poseen deuda líquida y
exigible o previsional, y la firma BARKLEY S.R.L. CUIT 30-70929770-4
posee deuda líquida y exigible o previsional.
Que la Resolución N° 100/2020 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO prevé precios máximos de referencia.
Que la Unidad Operativa de Contrataciones recomendó adjudicar los
renglones N° 7 y 10 a la firma ORELION PROVISION Y SERVICIOS S.R.L.
CUIT 30-71620336-7, por la suma de PESOS SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES
MIL CON 00/100 ($ 643.000,00); los renglones N° 1 alt. y 11 a la firma
WORKTEX FABRICANTES S.R.L. CUIT 30-71484363-6, por la suma de PESOS
SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA CON 00/100 ($
683.250,00); los renglones N° 2, 3, 4, 5, 8 y 9 a la firma A Y M
D´ESPOSITO S.R.L. CUIT 30-61267749-9, por la suma de PESOS TRES
MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CON 00/100 ($
3.297.300,00); y el renglón N° 6 a la firma BARKLEY S.R.L. CUIT
30-70929770-4, por la suma de PESOS CINCUENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS
CON 00/100 ($ 59.400,00).
Que la Unidad Operativa de Contrataciones recomendó asignar el orden de
mérito N° 2 al oferente BARKLEY S.R.L. CUIT 30-70929770-4 en relación
al renglón N° 1 ; al oferente C.A.P. CLAUDIA ALICIA PANAROTTI CUIT
27-18446033-0 los renglones N° 4 y 5; al oferente A Y M D´ESPOSITO
S.R.L. CUIT 30-61267749-9 los renglones N° 7 y 10; a ORELION PROVISION
Y SERVICIOS S.R.L. CUIT 30-71620336-7 el renglón N° 11 y a WORKTEX
FABRICANTES S.R.L. CUIT 30-71484363-6 el renglón N° 6.
Que se comparte el juicio de la Unidad Operativa de Contrataciones y se advierte que la necesidad pública aún subsiste.
Que la presente contratación cuenta con saldo de crédito presupuestario y cuota de compromiso.
Que los artículos 6° de la Decisión Administrativa Nº 409/20 del señor
JEFE DE GABINETE DE MINISTROS y 5° del Anexo de la Disposición N° 48/20
de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto según Disposición ONC
N° 55/20) establecen que se aplica la distribución de competencias
efectuada en el artículo 9° del Anexo del Decreto N° 1030/16 para los
procedimientos de contratación directa por compulsa abreviada y
adjudicación simple.
Que, por remisión del artículo 9° del Anexo del aludido Decreto, deviene aplicable la Resolución MD 265/16.
Que, por tratarse de un procedimiento sustanciado en el ámbito de la
ARMADA ARGENTINA, debe estarse a lo dispuesto en el Anexo III de la
Resolución ministerial indicada.
Que los Directores Generales – como el suscripto- tienen competencia
para dictar el acto de conclusión del procedimiento siempre que la
contratación a adjudicar o declarar fracasada no supere la suma
equivalente a SIETE MIL QUINIENTOS Módulos (M 7.500), es decir, a PESOS
DOCE MILLONES ($12.000.000,00), de acuerdo al valor actual del Módulo.
Que el Departamento Asesoría Legal del HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES
“CIRUJANO MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO” ha tomado la intervención que le
corresponde.
Que, en razón de los artículos 6° de la Decisión Administrativa Nº
409/20 del señor JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, 5° del Anexo de la
Disposición N° 48/20 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto
según Disposición ONC N° 55/20), el artículo 9° Anexo del Decreto N°
1030/16 y el Anexo III de la Resolución MD 265/16, el suscripto es
competente para dictar la presente medida.
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DEL HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES “CIRUJANO MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO”
DISPONE:
ARTÍCULO 1º Convalidar y aprobar lo actuado en la COMPULSA - COVID-19 N° 0121 - Adquisición ropa de cama.
ARTICULO 2º Adjudicar los renglones N° 7 y 10 a la firma ORELION
PROVISION Y SERVICIOS S.R.L. CUIT 30-71620336-7, por la suma de PESOS
SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL CON 00/100 ($ 643.000,00).
ARTICULO 3° Adjudicar los renglones N° 1 alt. y 11, a la firma WORKTEX
FABRICANTES S.R.L. CUIT 30-71484363-6, por la suma de PESOS SEISCIENTOS
OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA CON 00/100 ($ 683.250,00).
ARTICULO 4° Adjudicar los renglones N° 2, 3, 4, 5, 8 y 9 a la firma A Y
M D´ESPOSITO S.R.L. CUIT 30-61267749-9, por la suma de PESOS TRES
MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CON 00/100 ($
3.297.300,00).
ARTICULO 5° Adjudicar el renglón N° 6 a la firma BARKLEY S.R.L. CUIT
30-70929770-4, por la suma de PESOS CINCUENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS
CON 00/100 ($ 59.400,00).
ARTICULO 6° Asignar a la firma BARKLEY S.R.L. CUIT 30-70929770-4 el puesto N° 2 para el renglón N° 1.
ARTICULO 7° Asignar a la firma C.A.P. CLAUDIA ALICIA PANAROTTI CUIT 27-18446033-0 el puesto N° 2 para los renglones N° 4 y 5.
ARTICULO 8° Asignar a la firma A Y M D´ESPOSITO S.R.L. CUIT 30-61267749-9 el puesto N° 2 para los renglones N° 7 y 10.
ARTICULO 9° Asignar a la firma ORELION PROVISION Y SERVICIOS S.R.L. CUIT 30-71620336-7 el puesto N° 2 el renglón N° 11.
ARTICULO 10° Asignar a la firma WORKTEX FABRICANTES S.R.L. CUIT 30-71484363-6 el puesto N° 2 para el renglón N° 6.
ARTICULO 11º Notifíquese fehacientemente lo dispuesto a los oferentes que cotizaron en esta contratación.
ARTICULO 12º Autorícese al Departamento Contrataciones a emitir las
correspondiente Órdenes de Compra y comunicaciones relacionadas, por un
importe total de PESOS CUATRO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL
NOVECIENTOS CINCUENTA CON 00/100 ($ 4.682.950,00), e imputar a la
partida presupuestaria correspondiente, a fin de ejecutar la
adjudicación dispuesta en el presente acto administrativo.
ARTICULO 13º Certifíquense, por medio de la Comisión de Recepción, los
insumos detallados en las respectivas Órdenes de Compra, dando
cumplimiento a lo establecido en la Orden Transitoria Nº 05/20 del
Director General de este HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES “CIRUJANO MAYOR
DR. PEDRO MALLO”.
ARTICULO 14º Pásese, para conocimiento y efectos, al DEPARTAMENTO
CONTRATACIONES Y COMPRAS de este HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES “CIRUJANO
MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO”.
ARTICULO 15° Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Alberto Hugo Croci
e. 05/08/2020 N° 30425/20 v. 05/08/2020