FUERZA AÉREA ARGENTINA
ÁREA DE MATERIAL QUILMES
Disposición 88/2020
DI-2020-88-APN-AMQ#FAA
Quilmes, Buenos Aires, 29/07/2020
VISTO, el Expediente EX-2020-40362354-APN-AMQ#FAA de fecha 24 de junio
de 2020, el cual inicia la Contratación Directa por Emergencia,
compulsa abreviada, sin modalidad, mediante Proceso Nº 40/16-0388-CDI20
cuyo objeto del gasto es “COMPULSA-COVID-19 Nº 01/20 ADQUISICION DE
REPUESTOS PARA AERONAVE TWIN OTTER”, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Solicitud de Gasto Nº 38/20 (plasmada en Solicitud de
Contratación Nro. N° 40/16-902-SCO20), el Jefe de Escuadrón
Abastecimiento, solicitó se efectúe la Contratación Directa por
Emergencia, compulsa abreviada, sin modalidad, de la “COMPULSA-COVID-19
Nº 01/20 ADQUISICION DE REPUESTOS PARA AERONAVE TWIN OTTER”.
Que el monto de dicha Solicitud de Contratación asciende a la suma
preventiva de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL
SETECIENTOS QUINCE CON 00/100.- ($3.642.715,00.-)
Que, de acuerdo a Asunto Nro. 1895 R GHO 301145 ABR 20, del Subjefe de
la Fuerza Aérea Argentina, se considerarán dentro del marco de la
pandemia COVID19 todos aquellos procedimientos que así fueran
justificados por las unidades requirentes.
Que el aludido llamado, se fundamentó en la necesidad de adquirir
repuestos necesarios para el retorno al servicio de la aeronave VIKING
AIR DHC-6 TWIN OTTER SERIE 200 Matrícula T-85 necesaria para afrontar
el “Plan Operativo de Preparación y Respuesta al COVID19” (Decreto
260/20 y Resolución MD 88/20). Dichos repuestos son necesarios para
realizar tareas de mantenimiento esenciales al sistema de armas que se
menciona anteriormente, encontrándose el mismo afectado a las tareas
humanitarias en el marco de la emergencia sanitaria por el COVID19. La
responsabilidad del mantenimiento de esta aeronave fue asignada al Área
de Material Quilmes, según listado de capacidades generadas por la
Dirección de Aeronavegabilidad Militar ANEXO ALFA, que no se adjunta
por revestir carácter de confidencial.
Que de acuerdo a lo ordenado por el Jefe de Estado Mayor General de la
Fuerza Aérea Argentina, se utilizará para apoyo logístico la totalidad
de aeronaves con las que cuenta esta Institución, produciendo un
incremento significativo en las horas de vuelo.
Que el faltante de repuestos impedirá finalizar y penalizará la
inspección de la aeronave, ocasionando que la misma no se encuentre
disponible y afectando el puente logístico de ayuda humanitaria
asignada a la Fuerza Aérea Argentina en el “Plan Operativo de
Preparación y Respuesta” al COVID19.
Que, a la aeronave ya mencionada se le instaló una camilla certificada
ante Aeronavegabilidad Militar y se convertiría en la segunda aeronave
de la Fuerza Aérea Argentina en contar con este dispositivo. Que, la
misma es capaz de generar vacío, proveer oxígeno medicinal, aire
comprimido y a la vez brindar alimentación de 220 voltios para
alimentar equipos autónomos que necesiten ser cargados durante un
traslado médico. Su capacidad es de 2000 kg de carga aproximadamente o
20 pasajeros.
Que este tipo de aeronave se ha empleado en el país de Chile para el
traslado de personas afectadas por la pandemia bajo la configuración
EVACAM o EVACRIT con una cápsula de aislamiento aerotransportada.
Que, si bien los elementos a adquirir en esta modalidad fueron
requeridos en tiempo y oportunidad a través del P.A.O. 2020, para
realizar el completamiento en las inspecciones de aeronaves que realiza
este OTMA, su difícil obtención por estar las empresas proveedoras de
los mismos radicadas en países extranjeros, genera a esta unidad un
tiempo considerable de adquisición, ocasionando retrasos y penalización
en las aeronaves.
Que, las causas que llevaron a la realización de esta contratación
directa por emergencia son las siguientes: durante los trabajos que se
le realizaron a la aeronave, surgieron novedades de faltantes de
repuestos, debido al alto requerimiento de repuestos para sostener el
resto de las aeronaves en vuelo y optar por una contratación en
condiciones normales, implicaría una demora concreta que tendría como
consecuencia la penalización de la actividad aérea, para la cual la
responsabilidad por el mantenimiento de las aeronaves se encuentra
asignado a esta unidad y que serán utilizadas en el marco de la
emergencia sanitaria causada por el COVID19.
Que, asimismo, el usuario requirente ha solicitado que se adjudique en
forma total los renglones Nº 1 al 26, dado que los repuestos se
utilizarán en el armado de comandos de vuelo y repuestos estructurales,
requeridos de forma urgente y por su totalidad en el menor tiempo
posible para cumplir en tiempo y forma con la entrega de la aeronave ya
mencionada anteriormente. La no cotización de un repuesto y su
posterior no adquisición penalizaría la inspección, debido a que todos
los componentes forman un único conjunto dentro del fuselaje y están
estrictamente relacionados, tornándose innecesaria la adquisición del
resto de los repuestos en caso de faltar alguno de ellos.
Que por las razones anteriormente expuestas se encuadró el
procedimiento de selección en una Contratación Directa por Emergencia,
compulsa abreviada, sin modalidad, de conformidad con lo establecido en
el Apartado 5, Inciso d) del Artículo 25 del Decreto Delegado Nº
1023/2001, Artículo 14 y 19 de su Reglamentación aprobada por Decreto
Nº 1030/2016, así como su modificatoria Decreto 963/18, Decreto 260/20
y sus modificatorios, Decisión Administrativa 409/20 del Jefe de
Gabinete de Ministros y sus modificatorios, Disposición 48/20 de la
Oficina Nacional de Contrataciones y sus modificatorios.
Que, se ha procedido a realizar el llamado sin previa Disposición de
Autorización y Aprobación de la Contratación Directa por Emergencia,
compulsa abreviada, sin modalidad Nº 40/16-0388-CDI20
“COMPULSA-COVID-19 Nº 01/20 ADQUISICION DE REPUESTOS PARA AERONAVE TWIN
OTTER”, de acuerdo a lo normado en artículo 44 inciso d) del Decreto
1030/16.
Que, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rige este
procedimiento es el PLIEG-2020-42614918-APN-AMQ#FAA, de fecha
03-JUL-2020.
Que, de acuerdo a lo normado en Disposición 55/20 de la Oficina
Nacional de Contrataciones, se ha procedido a confeccionar la
invitación a cotizar (IF-2020-42616672-APN-AMQ#FAA), de fecha
03-JULIO-2020 y a invitar a tres (3) proveedores inscriptos en el rubro
correspondiente (PLIEG-2020-42773131-APN-AMQ#FAA).
Que se fijó como fecha y hora de apertura el día 13 de julio de 2020 a las 10:00 horas.
Que se dio el correspondiente aviso a la Inspectoría General de la
Fuerza Aérea Argentina y a la Unidad de Auditoría Interna del
Ministerio de Defensa, mediante NO-2020-42645695-APN-AMQ#FAA y
NO-42646276-APN-AMQ#FAA, ambas de fecha 03 de julio de 2020.
Que realizado el Acto de Apertura generado en forma electrónica y
automática mediante IF-2020- 44556734-APN-AMQ#FAA en la fecha y hora
estipulada, participó UNA (01) firma y se confirmó UNA (01) oferta
correspondiente a la firma: LUBRIFRAN S.A. (CUIT 30-67894053-0).
Asimismo, se conformó el Cuadro Comparativo de ofertas exigido por la
reglamentación, y se ingresó al Expediente Electrónico mediante
IF-2020-44556948-APN-AMQ#FAA.
Que, dado que el objeto de la presente contratación es la adquisición
de repuestos de aeronaves, la valuación de los mismos y la
razonabilidad de éstos no son susceptibles de ser revisados por la
instancia jurídica ni por la Unidad Operativa de Contrataciones
interviniente.
Que, por lo expuesto en párrafo anterior, el titular de UOC solicitó,
mediante NO-2020-44480475-APN-AMQ#FAA, el Informe Técnico e Informe
Económico correspondiente a los usuarios especialistas, a fin de
determinar si las ofertas presentadas se ajustan técnicamente a lo
solicitado y determinar si las mismas son admisibles; así como
determinar la conveniencia o no de los precios ofertados, en virtud de
que los bienes a adquirir no pertenecen a un rubro para el cual sea de
fácil obtención presupuestos de mercado con los cuales comparar los
precios ofertados y que, el titular de UOC no es experto en materia de
repuestos de aeronaves.
Que, el usuario requirente, embebió ambos informes en
NO-2020-45171736-APN-AMQ#FAA, indicando que la oferta presentada por
LUBRIFRAN S.A. (CUIT 30-67894053-0) es admisible y conveniente, de
acuerdo a que se ajusta técnicamente a lo solicitado y que los precios
cotizados en cada uno de los renglones se adecuan a los precios de
mercado en el rubro y son razonables teniendo en cuenta los tiempos de
entrega de veinte (20) días hábiles, de acuerdo a la emergencia en la
adquisición y que los mismos se entregarán en el depósito del Área de
Material Quilmes, optimizando tiempos de aduana y logísticos a la
Fuerza Aérea Argentina.
Que, no existen precios máximos establecidos por la Resolución de la
Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo
Nº 100/20, para este rubro (IF-2020-46587388-APN-AMQ#FAA).
Que el titular de la UOC 40/16 del Área de Material Quilmes emitió el
Acta de Recomendación IF-2020-45518425-APN-AMQ#FAA de fecha 16 de julio
de 2020, en el que propone adjudicar a las razones sociales, según el
siguiente detalle, en razón de ser dicha oferta admisible y
conveniente, de acuerdo a los Informes Técnico y Económico emitidos por
personal idóneo y especializado en razón de su profesión y cargo.
Razón Social | LUBRIFRAN S.A. |
C.U.I.T. Nº | 30-67894053-0 |
Renglón Nº | 1 AL 26 |
Importe total en PESOS | PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO CON 00/100.- | $ 3.642.825,00.- |
Que en esta instancia, según lo ordenado en la Resolución General
4164-E /2017, se verificó si el oferente posee deuda con el Estado
Nacional. Constatando que frente a A.F.I.P. el proveedor: LUBRIFRAN
S.A. (CUIT 30-67894053-0) no presenta deuda. Quedando constancia en la
consulta del WEB SERVICE – PROVEEDORES DEL ESTADO
(IF-2020-49082086-APN- AMQ#FAA), de fecha 29 de julio de 2020.
Que la Unidad Operativa de Contrataciones (UOC 0040/016) verificó si el
oferente se encuentra incluido en el Registro Público de Empleadores
con Sanciones Laborales (REPSAL), comprobándose que la firma: LUBRIFRAN
S.A. (CUIT 30-67894053-0), no se encuentra incluida en el Registro
Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL). Quedando
constancia de dicha consulta mediante IF-2020-49082086-APN- AMQ#FAA, de
fecha 29 de julio de 2020.
Que la Asesoría Jurídica del Área de Material Quilmes ha tomado la
intervención que le compete, emitiendo el Dictamen Jurídico Nº 99/20
(IF-2020-48954393-APN-AMQ#FAA), de fecha 28 de julio de 2020, conforme
a lo establecido en el Inciso d) del Artículo 7º de la Ley Nacional de
Procedimientos Administrativos Nº 19.549, para la validez de los actos
administrativos.
Que fue competencia del señor Jefe de Área Material Quilmes autorizar
la convocatoria y elección del procedimiento de selección, aprobar los
pliegos de bases y condiciones particulares, adjudicar el
procedimiento, de conformidad con lo establecido en el Inciso a), b) y
e) del Artículo 9 del Decreto Nº 1030/2016 y de acuerdo a las
facultades delegadas en el Anexo IV de la Resolución Nº 265-E/2016 del
señor Ministro de Defensa, a la Resolución Nro. 1248/16 del
J.E.M.G.F.A.A. y Directiva Nº 02/2016 del Director General de
Intendencia, cuyo Anexo I fue modificado mediante Anexo adjunto a
Asunto 8343 R GHO 072010 NOV 18 del Subjefe de Estado Mayor General de
la Fuerza Aérea Argentina.
Por ello:
EL JEFE DEL ÁREA DE MATERIAL QUILMES
DISPONE:
ARTÍCULO 1º - Apruébese lo actuado en la Contratación Directa por
Emergencia, compulsa abreviada, sin modalidad, mediante Proceso Nº
40/16-0388-CDI20, para la contratación de “COMPULSA-COVID-19 Nº 01/20
ADQUISICION DE REPUESTOS PARA AERONAVE TWIN OTTER”.
ARTÍCULO 2º - Desígnese como integrantes de la Comisión de Recepción al siguiente personal:
Titulares:
1. Mayor Diego FONSECA (E.Tec. 101.804)
2. Mayor Matías GONZÁLEZ (E.Bioq. 101.853)
3. Mayor Carola RODRÍGUEZ ARGÜELLES (E.Med. 101.850)
Suplentes:
1. Capitán Tomás PORRECA (E.Tec. 102.529)
2. Primer Teniente Matías YOBSTRAIBIZER (E.Tec. 102.861)
3. Primer Teniente Pablo LIBRA (E.Infra.103.440)
ARTÍCULO 3º - Adjudíquese a la firma, los renglones, por el importe total y plazo de entrega que abajo se detallan:
Razón Social | LUBRIFRAN S.A. |
C.U.I.T. Nº | 30-67894053-0 |
Renglón Nº | 1 AL 26 |
Importe total en PESOS | PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO CON 00/100.- | $3.642.825,00.- |
Plazo de Entrega: | VEINTE (20) DIAS HABILES CONTADOS A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE A LA NOTIFICACION DE LA ORDEN DE COMPRA |
Imputar en: | EJERCICIO 2020 |
Por ser dichas ofertas admisibles y convenientes, de acuerdo a Informe
Económico y Técnico de usuario requirente especializado e idóneo,
importando la contratación la suma total de PESOS TRES MILLONES
SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO CON 00/100.-
($3.642.825,00.-)
ARTÍCULO 4º - Notifíquese al adjudicatario el resultado de la presente Disposición, a través del sistema COMPR.AR.
ARTÍCULO 5º - Impútese el importe mencionado precedentemente con cargo al Ejercicio 2020:
OFERENTE: | LUBRIFRAN S.A. (CUIT 30-67894053-0) |
EJERCICIO 2020 | Organismo: 560.000 |
Ej | R | SR | C | FF | PR | SPR | PR. | ACT | O. | U.G. | Inc. | Ppal | Ppcial | M | MONTO |
2020 | 1 | 1 | 0 | 11 | 16 | 00 | 00 | 13 | 00 | 02 | 2 | 9 | 6 | 1 | $1.244.154.- |
2020 | 1 | 1 | 1 | 11 | 16 | 00 | 00 | 12 | 00 | 02 | 2 | 9 | 6 | 1 | $2.255.846.- |
2020 | 1 | 1 | 1 | 11 | 16 | 00 | 00 | 13 | 00 | 02 | 2 | 9 | 6 | 1 | $142.825.- |
TOTAL: PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO CON 00/100.- | $ 3.642.825.- |
ARTÍCULO 6º - Emítase la Orden de Compra respectiva, en oportunidad de contar con el registro del compromiso presupuestario.
ARTÍCULO 7º - Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese la presente Disposición en el legajo de la
Contratación Directa por Emergencia 40/16-0388-CDI20. Oscar Rubén García Olalla
(Artículo rectificado por art. 2° de la Disposición N° 93/2020 del Area de Material Quilmes B.O. 11/08/2020)
e. 11/08/2020 N° 31410/20 v. 11/08/2020