Disposición 437/2020
DI-2020-437-APN-DGSA#ARA
Ciudad de Buenos Aires, 02/10/2020
VISTO el expediente electrónico EX-2020-60996018- -APN-DGSA#ARA, el
artículo 15 ter del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 260/20, la
Decisión Administrativa Nº 409/20 del señor JEFE DE GABINETE DE
MINISTROS y la Disposición Nº 48/2020 de la OFICINA NACIONAL DE
CONTRATACIONES (texto según Disposición ONC N° 55/20), y
CONSIDERANDO:
Que el señor Jefe del Departamento Farmacia y Esterilización solicitó
la inmediata ADQUISICION DE AGUJAS, SISTEMA CERRADO DE ASPIRACION que
son necesarios para ser utilizados en el tratamiento de pacientes de
riesgo y con complicaciones, internados en areas críticas, por PANDEMIA
COVID19.
Que el procedimiento de selección de co-contratante particular elegido
fue el previsto en el artículo 15 ter del Decreto citado en el visto, y
que el mismo ha sido sustanciado a través de la plataforma COMPR.AR.
Que el contenido de las invitaciones cursadas a los proveedores cumple
con las pautas fijadas en el artículo 3° inciso d) del Anexo a la
Disposición N° 48/20 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto
según Disposición ONC N° 55/20).
Que, a las diez horas del día 22 de septiembre de 2020, el acto de apertura de ofertas se realizó tal como estaba previsto.
Que se puso en conocimiento el acta de apertura a la INSPECCIÓN GENERAL
DE LA ARMADA y a la Unidad de Auditoría Interna del MINISTERIO DE
DEFENSA.
Que en función de los resultados del informe técnico, surge:
• CIRUGIA ARGENTINA S.A. CUIT 33708681879 es oferta no admisible por presentar una sola muestra, se solicitan tres muestras.
• SOLUCIONES MEDICAS INTEGRALES SA CUIT 30709758124 y Kifer Medical
S.A. CUIT 30711266069 son ofertas no admisibles por no presentar
muestras.
Que la Unidad Operativa de Compras recomienda:
• Desestimar la oferta del oferente CIRUGIA ARGENTINA S.A. CUIT
33708681879 por presentar una sola muestra, se solicitan tres muestras
en el pliego.
• Desestimar la oferta del oferente SOLUCIONES MEDICAS INTEGRALES SA
CUIT 30709758124 por no presentar muestras, según lo establecido en el
pliego.
• Desestimar la oferta del oferente KIFER MEDICAL S.A. CUIT 30711266069
por no presentar muestras, según lo establecido en el pliego.
• Declarar fracasada la presente contratación.
Que se comparte el juicio de la Unidad Operativa de Contrataciones y se advierte que la necesidad pública aún subsiste.
Que los artículos 6° de la Decisión Administrativa Nº 409/20 del señor
JEFE DE GABINETE DE MINISTROS y 5° del Anexo de la Disposición N° 48/20
de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto según Disposición ONC
N° 55/20) establecen que se aplica la distribución de competencias
efectuada en el artículo 9° del Anexo del Decreto N° 1030/16 para los
procedimientos de contratación directa por compulsa abreviada y
adjudicación simple.
Que, por remisión del artículo 9° del Anexo del aludido Decreto, deviene aplicable la Resolución MD 265/16.
Que, por tratarse de un procedimiento sustanciado en el ámbito de la
ARMADA ARGENTINA, debe estarse a lo dispuesto en el Anexo III de la
Resolución ministerial indicada.
Que el los Directores Generales – como el suscripto- tienen competencia
para dictar el acto de conclusión del procedimiento siempre que la
contratación a adjudicar o declarar fracasada no supere la suma
equivalente a SIETE MIL QUINIENTOS Módulos (M 7.500), es decir, a PESOS
DOCE MILLONES ($12.000.000,00), de acuerdo al valor actual del Módulo.
Que el Departamento Asesoría Legal del HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES
“CIRUJANO MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO” ha tomado la intervención que le
corresponde.
Que, en razón de los artículos 6° de la Decisión Administrativa Nº
409/20 del señor JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, 5° del Anexo de la
Disposición N° 48/20 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto
según Disposición ONC N° 55/20), el artículo 9° Anexo del Decreto N°
1030/16 y el Anexo III de la Resolución MD 265/16, el suscripto es
competente para dictar la presente medida.
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DEL HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES “CIRUJANO MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO”
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Convalidar y aprobar lo actuado en la Compulsa - COVID-19
Nº 0272 - ADQUISICION DE AGUJAS, SISTEMA CERRADO DE ASPIRACION.
ARTICULO 2º.- Desestimar la oferta del oferente CIRUGIA ARGENTINA S.A.
CUIT 33708681879 por presentar una sola muestra, se solicitan tres
muestras en el pliego.
ARTICULO 3º.- Desestimar la oferta del oferente SOLUCIONES MEDICAS
INTEGRALES SA CUIT 30709758124 por no presentar muestras, según lo
establecido en el pliego.
ARTICULO 4º.- Desestimar la oferta del oferente KIFER MEDICAL S.A. CUIT
30711266069 por no presentar muestras, según lo establecido en el
pliego.
ARTICULO 5º.- Declarar fracasada la presente contratación.
ARTICULO 6º.- Notifíquese fehacientemente lo dispuesto a los oferentes que cotizaron en esta contratación.
ARTICULO 7º.- Pásese, para conocimiento y efectos, al DEPARTAMENTO
CONTRATACIONES Y COMPRAS de este HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES “CIRUJANO
MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO”.
ARTICULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Alberto Hugo Croci
e. 06/10/2020 N° 44287/20 v. 06/10/2020