SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN
Resolución 267/2020
RESOL-2020-267-APN-SIGEN
Ciudad de Buenos Aires, 06/11/2020
VISTO los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 260 de fecha 12 de Marzo
de 2020 y N° 287 de fecha 17 de marzo de 2020, el Decreto N° 1023 del
13 de agosto de 2001; las Decisiones Administrativas N° 409 de fecha 18
de Marzo de 2020 y N° 472 de fecha 7 de Abril de 2020; las
Disposiciones ONC N° 48 de fecha 19 de marzo de 2020, N° 53 de fecha 8
de abril de 2020 y N° 55 de fecha 22 de abril de 2020; las
Comunicaciones Generales ONC N° 7 y 8 del año 2020; y el Expediente Nº
EX-2020-43662939-APN-GCA#SIGEN, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el VISTO se tramita la Contratación
Directa por Emergencia N° 76-0004-CDI20 COVID-19 N° 1/2020 para la
adquisición de treinta (30) computadoras portátiles.
Que fundamenta la presente contratación, la necesidad de cubrir las
actuales demandas producidas por el Aislamiento Social, Preventivo y
Obligatorio, arbitrando los medios necesarios para continuar las tareas
del Organismo en forma remota, según lo manifestado por la Gerencia de
Tecnología Informática mediante el ME-2020- 39764571-APN-GTI#SIGEN.
Que a su vez, es dable destacar, que la presente adquisición resulta
imperiosa en razón del dictado de las medidas tomadas por el Poder
Ejecutivo Nacional mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N°
260/2020, por el cual se decretó la Emergencia Sanitaria por la
pandemia producida por el COVID-19, lo que generó que se establezca
–con el fin de preservar la salud pública- el aislamiento social
preventivo y obligatorio, medida que se encuentra vigente a la fecha, y
que provoca que las personas deban permanecer en sus residencias
habituales, por lo que la instancia de trabajo a distancia deviene
ineludible, habida cuenta de lo establecido por el Decreto N° 297/2020,
y sus modificatorios.
Que en este orden, la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN debe garantizar
la continuidad de sus tareas, que son inherentes a sus misiones y
funciones, al tiempo de preservar la salud de sus agentes, por lo que
resulta necesario arbitrar los medios para que el trabajo remoto sea
cumplido en forma eficaz.
Que la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES informó que estas
contrataciones encuentran fundamento en la necesidad de establecer
procedimientos de adquisición de bienes y servicios en la emergencia
que habiliten a todas las áreas comprometidas a dar respuestas
integrales, utilizando herramientas que otorguen celeridad y eficacia a
la atención de las necesidades que se presenten, tal cual se fundamenta
en el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 287/2020.
Que en consecuencia, considerando la imposibilidad de prever una
situación tan intempestiva como la actual, se deja asentado que no
existe otro medio más idóneo para la presente adquisición que la
elección de la Contratación Directa por Emergencia COVID-19, de acuerdo
a lo establecido en el artículo 15 ter del Decreto 260/2020.
Que resulta menester informar que la normativa vigente en la materia
establece que las Contrataciones Directas por Emergencia COVID-19, se
realizan “[…] sin sujeción al régimen de contrataciones de la
Administración Pública Nacional o a sus regímenes de contrataciones
específicos[…]” (Artículo 15 ter citado en el considerando precedente),
sin perjuicio ello de estar sujetos a los principios generales
enumerados en el artículo 3º del Régimen de Contrataciones de la
Administración Pública Nacional aprobado por el Decreto N° 1023/2001,
de acuerdo a lo establecido por el artículo 1º de la Decisión
Administrativa N° 409/2020.
Que a raíz de todo lo expuesto, la Coordinación de Sector Compras
procedió a elaborar el proyecto de Pliego de Bases y Condiciones
particulares, teniendo en consideración las especificaciones técnicas
informadas por la Gerencia de Tecnología Informática mediante el
informe Nº IF-2020-44614824-APN-GTI#SIGEN.
Que el 13 de agosto de 2020 se procedió a publicar el llamado mediante
la plataforma del sistema COMPR.AR, dejando constancia de ello en el
informe Nº IF-2020-53272277-APN-GCA#SIGEN.
Que el 25 de agosto del 2020 se realizó la apertura de ofertas,
presentándose DOCE (12) oferentes, tal como se detalla en el Acta de
Apertura IF-2020-56061113-APN-GCA#SIGEN.
Que el 16 de septiembre del 2020, tomando en consideración el
cumplimiento administrativo, los informes técnicos emitidos por el
sector solicitante IF-2020-57947547-APN-GCA#SIGEN y
ME-2020-61055304-APNGTI#SIGEN; y la solicitud de mejora de oferta
IF-2020-61961182-APN-GCA#SIGEN; la Coordinación de Sector Compras
emitió la Recomendación correspondiente IF-2020-61961442-APN-GCA#SIGEN,
por el que se recomienda adjudicar la presente contratación, por menor
precio de las ofertas admisibles, a favor de la firma EXO S.A. (CUIT N°
30-57960755-2) por un importe total de DOS MILLONES NOVECIENTOS SESENTA
Y TRES MIL SEISCIENTOS DIEZ CON 00/100 ($ 2.963.610,00), IVA incluido.
Que el Servicio Administrativo Financiero que depende de la Gerencia de
Coordinación Administrativa procedió a verificar la existencia de
crédito correspondiente.
Que para la presente Contratación Directa por Emergencia N°
76-0004-CDI20 COVID-19 N° 1/2020 corresponde constituir una Comisión de
Recepción especial.
Que la Unidad de Auditoria Interna del Organismo y la Gerencia de
Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.
Que el suscripto es competente para dictar la presente, en virtud de lo
dispuesto por el Artículo 112 incisos f) y g) de la Ley N° 24.156.
Por ello,
EL SÍNDICO GENERAL DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Autorízase y apruébase el procedimiento de selección por
Contratación Directa por Emergencia N° 76-0004-CDI20 COVID-19 N° 1/2020
para la adquisición de treinta (30) computadoras portátiles.
ARTÍCULO 2°.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares
-PLIEG-2020-53022759-APN-GCA#SIGEN- de la Contratación Directa por
Emergencia citada en el artículo 1º el cual forma parte de la presente
medida.
ARTÍCULO 3°.- Adjudícase la Contratación Directa por Emergencia N°
76-0004-CDI20 COVID-19 N° 1/2020, por menor precio de las ofertas
admisibles, a favor de la firma EXO S.A. (CUIT N° 30-57960755-2) por un
importe total de DOS MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y TRES MIL
SEISCIENTOS DIEZ CON 00/100 ($ 2.963.610,00), IVA incluido.
ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida se atenderá con cargo a las partidas específicas del Presupuesto
General de Gastos de la Jurisdicción 20 – PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
Entidad 109 – SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 5°.- Apruébase lo actuado en la Contratación Directa por Emergencia N° 76-0004-CDI20 COVID19 N° 1/2020.
ARTÍCULO 6º.- Instrúyase a la Coordinación de Sector Compras de la
Gerencia de Coordinación Administrativa para que confeccione la orden
de compra correspondiente.
ARTÍCULO 7º.- Autorízase a la Gerencia de Coordinación Administrativa a
protocolizar la orden de compra mencionada en el artículo precedente.
ARTÍCULO 8º.- Constitúyase para este proceso en particular una Comisión
de Recepción de Bienes y Servicios especial, integrada como titulares
por los Sres. Roberto Gabriel CAPPA (D.N.I. N° 16.972.450), Mario
Guillermo COPPA (D.N.I. N° 12.493.327) y Silvio Miguel MELGAREJO
(D.N.I. N° 20.249.836), y como suplentes los Sres. Maximiliano
MONTENEGRO (D.N.I. Nº 28.304.387), Osvaldo Edmundo PINOLLI (D.N.I. N°
12.252.745) y Claudio Federico JEREZ (D.N.I. N° 12.849.628); en virtud
de lo establecido en el punto 3 i) del anexo a la Disposición 48/2020
de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.
ARTÍCULO 9°.- Notifíquese a la firma oferente a través de la citada Coordinación de Sector Compras mediante el sistema COMPR.AR.
ARTÍCULO 10°.- Autorízase a la Gerencia de Coordinación Administrativa
a cumplimentar lo establecido en las Comunicaciones Generales de la
OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.
ARTÍCULO 11°.- Procédase a la publicación de la presente Resolución, en
la página web de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES y en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA por el término de UN (1) día, dentro
de los DIEZ (10) días de notificado.
ARTÍCULO 12.- Regístrese, comuníquese y archívese.
Carlos Antonio Montero
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 10/11/2020 N° 54019/20 v. 10/11/2020
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)