e. 27/11/2020 N° 59159/20 v. 27/11/2020
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
ANEXO A
(Anexo sustituido por art. 1º de la Disposición Nº 14/2020 de la Dirección Nacional de Formación Continua B.O. 18/12/2020)
FECHA DE APERTURA Y CIERRE DE PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE
PROPUESTAS
Presentación | Meses de Nómina s/Form. 931 o s/registro de Asociados | Período de cálculo del 30% u 8% | Plaza de carga de Internet | Plazo de presentación de documentación vía TAD |
PRIMERA | Septiembre 2020 | Octubre 2019 a Septiembre 2020 | 26 de Octubre de 2020 al 30 de Diciembre de 2020 | Hasta el 31 de Diciembre de 2020 |
ANEXO C
PROCEDIMIENTO E INSTRUMENTO DE PONDERACIÓN DE LA PROPUESTA
Consideraciones generales
Las propuestas que hayan cumplido con los parámetros básicos descriptos
en el inc. a) del Art. 15 del título COMPONENTES DE LA PROPUESTA
SUJETOS A EVALUACIÓN - CRITERIOS DE EVALUACIÓN de la Resolución SE N°
517/2020 y hayan sido evaluadas con el PROCEDIMIENTO E INSTRUMENTO DE
EVALUACION DE LA CALIDAD DE LA PROPUESTA previstos en el PROCEDIMIENTO
E INSTRUMENTO DE EVALUACION DE LA CALIDAD DE LA PROPUESTA, pasarán a la
siguiente etapa de ponderación de los criterios exigibles según el Inc.
c) del artículo 15 de la mencionada Resolución.
Criterios de ponderación de la propuesta
En la instancia de ponderación de las propuestas se tendrá en cuenta lo
previsto en el inciso c) del Art. 15 de la Resolución SE N° 517/2020:
c) Las actividades que se enumeran a continuación, solas o combinadas,
serán priorizadas, de acuerdo con lo que se establezca en el
instrumento de evaluación:
i) Cursos de FORMACIÓN PROFESIONAL basados en el enfoque de
competencias o ENTRENAMIENTO PARA EL TRABAJO relacionados al Empleo
Verde o a la transición para el desarrollo sostenible del ambiente. A
los fines del presente reglamento, se entenderá por Empleo Verde o a la
transición para el desarrollo sostenible del ambiente a aquellos
empleos decentes que contribuyen a preservar y restaurar el medio
ambiente ya sea en los sectores tradicionales como la manufactura o la
construcción o en nuevos sectores emergentes como las energías
renovables y la eficiencia energética. Los empleos verdes permiten: 1)
aumentar la eficiencia del consumo de energía y materias primas, 2)
limitar las emisiones de gases de efecto invernadero, 3) minimizar los
residuos y la contaminación, 4) proteger y restaurar los ecosistemas y
5) contribuir a la adaptación al cambio climático.
ii) Cursos de FORMACIÓN PROFESIONAL basados en el enfoque de
competencias o ENTRENAMIENTO PARA EL TRABAJO relacionados a la Economía
del Conocimiento. A los fines del presente reglamento, Economía del
Conocimiento, hace referencia a las actividades que -mediante la
incorporación, aplicación y adopción intensiva de conocimientos
derivados de los avances de la ciencia y la tecnología- mejoran la
producción de bienes y servicios. Se caracterizan por la innovación y
el uso intensivo de tecnologías, cuyos factores centrales de producción
son el conocimiento y las ideas de las personas:
1) Servicios basados en Conocimientos: desarrollo de Software,
servicios audiovisuales, servicios profesionales, servicios geológicos,
financieros I+D, y salud entre otros;
2) Bioeconomía: Biotecnología y Biomasa;
3) Industria Espacial: Artefactos capaces de volar en el espacio,
partes y componentes, servicios a toda infraestructura especifica;
4) Nuevas Tecnologías e Industria 4.0.: Impresión 3D, robótica
avanzada, internet de las cosas, inteligencia artificial, computación
en la nube, simulación, big data, nanotecnología e I+D experimental.
iii) Cursos de FORMACIÓN PROFESIONAL basados en el enfoque de
competencia o ENTRENAMIENTO PARA EL TRABAJO en temáticas de Economía
del cuidado. A los fines del presente reglamento, la economía del
cuidado está constituida por el conjunto de actividades, bienes y
servicios cotidianos, permanentes y necesarios para el sostenimiento de
las condiciones de vida de la población. Específicamente, en lo
referido a:
1) Servicios en casas particulares (incluyendo limpieza, cocina y gestión del ámbito doméstico);
2) Cuidado y Atención de niños y niñas;
3) Cuidados no terapéuticos con especialización en geriatría;
4) Cuidados no terapéuticos especializados en acompañamiento de personas con discapacidades.
iv) Cursos de FORMACIÓN PROFESIONAL basados en el enfoque de
competencias laborales o ENTRENAMIENTO PARA EL TRABAJO de ocupaciones
laborales no tradicionales para mujeres.
v) Cursos de sensibilización sobre violencia laboral o violencia de género.
vi) Cursos de FORMACIÓN PROFESIONAL o ENTRENAMIENTO PARA EL TRABAJO
relacionados a las condiciones laborales y la Seguridad y Salud en el
Trabajo.
vii) Fortalecimiento de INSTITUCIONES DE FORMACIÓN PROFESIONAL
relacionadas con la empresa o asociados de la Cooperativa de Trabajo,
su cadena de valor o el contexto socioproductivo y la prospectiva sobre
la producción local.
viii) La cantidad de desocupados incluidos en actividades de Formación
Profesional sea proporcionalmente mayor dentro del total de personas a
capacitar en la mencionada actividad.
ix) Aquellas propuestas que formen mayor porcentaje de operarios de
producción sobre el total de ocupados a capacitar, ya sea del ORGANISMO
RESPONSABLE o del ORGANISMO ADHERENTE.
x) Aquellas propuestas que realicen al menos el CINCUENTA POR CIENTO
(50%) de los cursos a través de universidades públicas, centros de
formación profesional habilitados por autoridad competente en materia
de empleo y la autoridad competente en materia de educación de la
respectiva jurisdicción o fortalecidos o certificados por el MINISTERIO
DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL.
xi) Aquellas propuestas cuyos ORGANISMO RESPONSABLES incluyan como ADHERENTES a Micro, Pequeña o Medianas empresas.
xii) Se priorizará a las empresas según el tamaño y la dotación de
personal certificada por el contador, en función a la Resolución de la
SECRETARIA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA N°
220/2019, sus modificatorias y complementarias.
Procedimiento de ponderación
Formación Profesional
• Temática de los cursos
o Peso de los cursos vinculados a la actividad principal
■ Se puntuará en función al porcentaje obtenido, el cual será el
resultado de la cantidad de cursos cuya temática se encuentre vinculada
a la actividad principal, por sobre la totalidad de los cursos.
o Otras temáticas no vinculadas a la actividad principal
■ Se puntuará en función al porcentaje obtenido para cada ítem. Este
será el resultado de la cantidad de cursos para cada clasificación, por
sobre el total de los cursos relacionados a las temáticas no vinculadas
a la actividad principal.
■ Los cursos no vinculados a la actividad principal se clasificarán dentro de las siguientes temáticas:
1. Vinculados a economía del conocimiento, Empleo Verde, Economía del
cuidado o vinculados a roles normalizados y registrados en el
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
2. Cursos de sensibilización sobre violencia laboral o violencia de
género, relacionados a las condiciones laborales y la Seguridad y Salud
en el Trabajo.
3. Capacitación en distintas áreas
4. Otras temáticas.
• Instituciones a cargo de la capacitación
o Se privilegian aquellas propuestas que realicen al menos el CINCUENTA
POR CIENTO (50%) de los cursos a través de universidades públicas,
centros de formación profesional habilitados por autoridad competente
en materia de empleo y/o la autoridad competente en materia de
educación de la respectiva jurisdicción o fortalecidos o certificados
por el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL.
• Organismo Adherente
o Se otorgará puntaje a aquellas empresas que incluyan dentro de la
línea de acción como adherentes a micro, pequeñas o medianas empresas.
• Destinatarios
o Ocupados. Peso de personal operativo a capacitar.
■ Se otorgará mayor puntaje a aquellas propuestas que formen mayor
cantidad de personal de niveles operativos sobre el total de ocupados a
capacitar, ya sea del ORGANISMO RESPONSABLE, así como de o los
ORGANISMO/S ADHERENTE/S.
o Desocupados
■ Se otorgará puntaje en función a la cantidad de desocupados incluidos
en acciones de Formación Profesional por sobre la cantidad total de
personas a capacitar en mencionada línea de acción.
Entrenamiento Para el Trabajo
• Temática de los entrenamientos
o Vinculados a economía del conocimiento, Empleo Verde, economía del
cuidado, de ocupaciones laborales no tradicionales para mujeres o
relacionados a las condiciones laborales y la Seguridad y Salud en el
Trabajo.
■ Se puntuará en función al porcentaje obtenido, el cual será el
resultado de la cantidad de los entrenamientos cuya temática se
encuentre entre las mencionadas anteriormente, por sobre la totalidad
de los entrenamientos.
Certificación de competencias laborales
• Destinatarios
o Se otorgará puntaje en función a la cantidad de desocupados a certificar por sobre la cantidad de personas a certificar.
• Organismo Adherente
o Se otorgará puntaje a aquellas empresas que incluyan en la línea de
acción, como adherentes, a micro, pequeñas o medianas empresas.
Certificación de calidad
• Destinatario de la certificación
o Se otorgará puntaje a aquellas empresas que incluyan en la línea de acción, como adherentes, a micro o pequeñas empresas.
Aval provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
• Se otorgará puntaje a aquellas propuestas que posean una nota o aval
de la autoridad competente en materia de empleo y/o la autoridad
competente en materia de educación de la respectiva jurisdicción
provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Magnitud de las empresas y las cooperativas de trabajo
• Se considerará para otorgar puntaje el tamaño de la empresa en
función a la Resolución N°220/2019 de la ex SECRETARIA DE EMPRENDEDORES
Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, sus complementarias, modificatorias
y/o en las que en un futuro las reemplacen, y la dotación de personal
certificada por el contador.
A las cooperativas de Trabajo, independientemente de la cantidad de asociados, se les asignará el puntaje máximo del ítem.