Resolución General 4868/2020
RESOG-2020-4868-E-AFIP-AFIP -
Procedimiento. Suspensión de traba de medidas cautelares para Micro,
Pequeñas y Medianas Empresas y de ejecuciones fiscales. Resoluciones
Generales Nros. 4.557 y 4.730. Norma complementaria.
Ciudad de Buenos Aires, 27/11/2020
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2020-00832543- -AFIP-SGDADVCOAD#SDGCTI, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución General N° 4.557, sus modificatorias y
complementarias, se suspendió hasta el 30 de noviembre de 2020,
inclusive, la traba de medidas cautelares correspondientes a sujetos
inscriptos en el “Registro de Empresas MiPyMES” creado por la
Resolución N° 220 del 12 de abril de 2019 de la entonces Secretaría de
Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa y sus modificatorias.
Que por la Resolución General N° 4.730, sus modificatorias y
complementarias, se suspendió hasta el 30 de noviembre de 2020,
inclusive, la iniciación de juicios de ejecución fiscal por parte de
este Organismo, sin perjuicio del ejercicio de los actos
procedimentales y procesales destinados a impedir la prescripción de
las acciones y poderes del Fisco para determinar y/o exigir el pago de
los tributos, multas y accesorios.
Que atento que continúan vigentes las razones que motivaron las
suspensiones citadas, resulta procedente su extensión hasta el 31 de
diciembre de 2020, inclusive.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de
Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y
Recaudación.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
el artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus
modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
LA ADMINISTRADORA FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Extender hasta el 31 de diciembre de 2020, inclusive, la
suspensión de la traba de medidas cautelares para los sujetos que se
encuentren inscriptos en el “Registro de Empresas MiPyMES” creado por
la Resolución N° 220 del 12 de abril de 2019 de la entonces Secretaría
de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa y sus
modificatorias, prevista en el artículo 20 de la Resolución General N°
4.557, sus modificatorias y complementarias.
ARTÍCULO 2°.- Extender hasta el 31 de diciembre de 2020, inclusive, la
suspensión de la iniciación de juicios de ejecución fiscal, establecida
por el artículo 1° de la Resolución General N° 4.730, sus
modificatorias y complementarias.
ARTÍCULO 3°.- Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro
Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.
Mercedes Marco del Pont
e. 30/11/2020 N° 59597/20 v. 30/11/2020