MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE ENERGÍA

Circular 3/2020

Circular Aclaratoria Nº 3 (IF-2020-83872793-APN-SE#MEC)


Los términos en mayúsculas en el presente documento tienen el significado que se les adjudica en el Artículo 5º del PLIEGO.

Por la presente circular se procede a dar respuestas a los pedidos de aclaraciones y consultas efectuados por las empresas INTERESADAS.

Para un mejor orden, se enunciará el número de artículo o punto del PLIEGO y/o del Decreto N° 892 de fecha 13 de noviembre de 2020 consultado.

Las consultas o aclaraciones no respondidas expresamente a través de esta circular se consideran suficientemente claras en los términos del CONCURSO aprobado por Resolución N° 317/20 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA y/o que la misma no se relaciona con el objeto del CONCURSO.

La falta de respuesta expresa a cualquier consulta realizada, no podrá, en caso alguno, ser interpretada como ratificatoria y/o confirmatoria de la interpretación, propuesta o sugerencia efectuada por ésta.


Comuniquese, publiquese, Dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL.

Maggie Videla

e. 04/12/2020 N° 61428/20 v. 04/12/2020