MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO
SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES
Resolución 16/2021
RESOL-2021-16-APN-SPYMEYE#MDP
Ciudad de Buenos Aires, 19/03/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-19850988- -APN-DGD#MDP, la Ley N° 27.349
y sus modificaciones, el Decreto N° 711 de fecha 8 de septiembre de
2017 y su modificatorio, y la Resolución Nº 7 de fecha 11 de febrero de
2021 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS
EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Ley N° 27.349 y sus modificaciones, se estableció el
marco jurídico para el apoyo a la actividad emprendedora en el país y
su expansión internacional, así como la generación de capital
emprendedor en la REPÚBLICA ARGENTINA.
Que por el Artículo 14 de la citada ley, se creó el Fondo Fiduciario
para el Desarrollo de Capital Emprendedor (FONDCE), conformado como un
fideicomiso de administración y financiero, con el objeto de financiar
emprendimientos e instituciones de capital emprendedor registrados como
tales.
Que conforme lo dispuesto por el Artículo 17 de la Ley N° 27.349 y sus
modificaciones, los bienes del Fondo Fiduciario para el Desarrollo de
Capital Emprendedor (FONDCE) deben destinarse al otorgamiento de
préstamos a emprendimientos y/o instituciones de capital emprendedor
para el apoyo a proyectos de emprendedores, Aportes No Reembolsables
(ANR) para emprendimientos, instituciones de capital emprendedor e
instituciones que ofrezcan servicios de incubación o aceleración de
empresas, aportes de capital en emprendimientos e instituciones de
capital emprendedor, y otros instrumentos de financiamiento a
determinar por la Autoridad de Aplicación.
Que mediante la Resolución Nº 7 de fecha 11 de febrero de 2021 de la
SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, se aprobó la Convocatoria Escalar
con el objetivo de generar herramientas de asistencia financiera con
destino a emprendedores y emprendimientos que se encuentren
desarrollando y realizando proyectos que incorporen valor agregado en
cadenas productivas, cuenten con contenido tecnológico, presenten
potencial exportador y contengan capacidad de sustituir importaciones,
y/o generen nuevos puestos de trabajo de calidad, con el fin de escalar
su proceso productivo.
Que conforme lo dispuesto por el Artículo 2° de la citada resolución,
el plazo de presentación de proyectos originalmente establecido en la
citada convocatoria se encuentra vigente hasta el día 19 de abril de
2021, inclusive.
Que por razones de mérito y conveniencia, resulta necesario promover
una prórroga en la fecha de presentación de aquellos emprendedores y
emprendedoras que deseen participar de dicha convocatoria, a fin de que
puedan contar con un mayor plazo para la presentación de los proyectos
y cumplimentar con la documentación técnica necesaria, de acuerdo a los
requisitos solicitados en las Bases y Condiciones aprobadas por la
Resolución Nº 7/21 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y
LOS EMPRENDEDORES.
Que, en virtud de lo expuesto, por la presente medida resulta
conveniente prorrogar el plazo de presentación de proyectos de la
Convocatoria Escalar hasta el día 3 de mayo de 2021, inclusive.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente resolución se dicta en virtud de las facultades
conferidas por la Ley Nº 27.349 y sus modificaciones, y el Decreto N°
711 de fecha 8 de septiembre de 2017 y su modificatorio.
Por ello,
EL SECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrógase, hasta el día 3 de mayo de 2021 inclusive, el
plazo establecido por el Artículo 2° de la Resolución N° 7 de fecha 11
de febrero de 2021 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y
LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, por los
motivos expuestos en los considerandos de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Guillermo Merediz
e. 22/03/2021 N° 16712/21 v. 22/03/2021