Resolución Sintetizada 537/2021
RESOL-2021-537-APN-ENACOM#JGM FECHA 22/04/2021 ACTA 69
EX-2021-04476482-APN-SDYME#ENACOM
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto:
1.- Tener a la PROVINCIA DE BUENOS AIRES, a través de AUBASA, titular
de la concesión de obra pública para la construcción, conservación y
explotación mediante el cobro de tarifas o peaje del SVIA, integrado,
entre otras, por la Ruta Provincial Nº 2, como continuadora de la
autorización para la prestación y explotación de un servicio de
radiodifusión sonora por modulación de frecuencia a lo largo de dicha
Ruta, concedida originariamente, con carácter experimental y precario,
y, con carácter definitivo, en sus mismos términos y con los parámetros
técnicos detallados en el Anexo IF-2021-14341280-APN-DNSA#ENACOM del
GENERADOR ELECTRÓNICO DE DOCUMENTOS OFICIALES, que forma parte
integrante, en un todo, de la presente Resolución.
2.- Dentro de los 180 días corridos de notificada la presente, la
PROVINCIA DE BUENOS AIRES, a través de AUBASA deberá presentar la
documentación técnica definitiva actualizada del servicio, de
conformidad con la normativa técnica vigente, para su aprobación y
ulterior habilitación.
3.- La PROVINCIA DE BUENOS AIRES, a través de AUBASA, asumirá la
responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC.
4.- Dentro del plazo de 30 días corridos de notificada la presente, la
PROVINCIA DE BUENOS AIRES, a través de AUBASA, deberá presentar la
“DECLARACIÓN JURADA ANUAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL”.
5.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en
extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado:
Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas
Silvana Beatriz Rizzi, Jefa de Área, Área Despacho.
e. 27/04/2021 N° 26707/21 v. 27/04/2021