Resolución Nº 486

del 17/5/93

B.O.:26-05-93

VISTO el Expediente Nº 020-000372/93 del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS por el cual la BOLSA DE COMERCIO DE LA PLATA, con fecha 23 de febrero del año 1993, solicita la aprobación del derecho de bolsa a aplicar sobre la negociación de obligaciones negociables para cada una de las partes intervinientes en dichas operaciones que se realicen en su ámbito; y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 33 de la Ley Nº 17.811 las bolsas de comercio cuyos estatutos prevean la cotización de títulos valores, como es el caso de la solicitante, están autorizadas a fijarlo.

Que los fundamentos expuestos por la solicitante para requerir la fijación que se pretende han sido analizados por la COMISION NACIONAL DE VALORES, quien en su carácter de asesora del PODER EJECUTIVO NACIONAL en todo lo relacionado con esta materia (artículo 6º inciso b) de la Ley Nº 17.811), se ha expedido en forma favorable.

Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 33 de la Ley Nº 17.811, el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS está facultado para expedirse sobre el particular.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Aprobar el derecho de bolsa a aplicar sobre la negociación de obligaciones negociables fijado por la BOLSA DE COMERCIO DE LA PLATA en UNO POR DIEZ MIL (1%oo) para cada una de las partes intervinientes en dichas operaciones que se realicen en su ámbito.

ARTICULO 2º.- Notifíquese a la BOLSA DE COMERCIO DE LA PLATA.

ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-. DOMINGO F. CAVALLO -