Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos

IMPORTACIONES

Resolución 623/93

Prorrógase la prohibición de importación para consumo de artículos de prendería usados.

Bs. As. , 10/6/93

VISTO el Expediente Nº 610.794/93 del Registro de la SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO y la Resolución M. E. Y O. Y S. P. Nº 1391 de fecha 4 de diciembre de 1992, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada Resolución se prohibió por el término de CIENTO OCHENTA (180) días la importación para consumo de los artículos de prendería usados comprendidos en la posición 6309.00.000 de la Nomenclatura del Comercio Exterior.

Que las circunstancias imperantes que motivaron la aplicación de la mencionada norma aún subsisten.

Que el Servicio Jurídico permanente ha tomado la debida intervención.

Que la presente resolución se dicta en función de lo previsto en el Artículo 632 de la Ley 22.415, en la Ley de Ministerios —t.o. en 1992— y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 2752 de fecha 26 de diciembre de 1991.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1º — Prorrógase hasta el 30 de abril de 1994 la prohibición de la importación para consumo de artículos de prendería usados comprendidos en la posición 6309.00.000 de la Nomenclatura del Comercio Exterior.

Art. 2º — La presente resolución comenzará a regir a partir de la fecha de la misma.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Domingo F. Cavallo.