MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Resolución Nº 768/93

Bs. As. 9/07/93

B.O.: 28/09/93

VISTO el expediente Nº 020-000795/93 del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS por el cual el MERCADO DE VALORES DE LA PLATA SOCIEDAD ANONIMA, con fecha 30 de abril del año 1993, solicita la aprobación del derecho de mercado a aplicar sobre la negociación de obligaciones negociables para cada una de las partes intervinientes en dichas operaciones que se realicen en su ámbito, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 33 y 38 de la Ley Nº 17.811, los mercados de valores, como es el caso del solicitante, están autorizados a fijarlo.

Que los fundamentos expuestos por el solicitante para requerir la fijación que se pretende han sido analizados por la COMISION NACIONAL DE VALORES, quien en su carácter de asesora del PODER EJECUTIVO NACIONAL en todo lo relacionado con esta materia (artículo 6º inciso b) de la Ley Nº 17.811), se ha expedido en forma favorable.

Que en virtud de lo dispuesto por los artículos 33 y 38 de la Ley Nº 17.811, el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS está facultado para expedirse sobre el particular.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Aprobar el derecho de mercado a aplicar sobre la negociación de obligaciones negociables fijado por el MERCADO DE VALORES DE LA PLATA SOCIEDAD ANONIMA en UNO POR DIEZ MIL (1 0/000) para cada una de la partes intervinientes en dichas operaciones que se realicen en su ámbito.

ARTICULO 2º.- Notifíquese al MERCADO DE VALORES DE LA PLATA SOCIEDAD ANONIMA.

ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- Dr. DOMINGO F. CAVALLO., Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos.

e.28/9 Nº 4544 v. 28/9/93