INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución 1226/96
Bs. As., 1/10/96
VISTO la Resolución N° 124/96 de llamado a Concurso para la producción de películas de Largometraje, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 124/96 se llamo a Concurso para la Producción,
por el Régimen de Coparticipación de las películas de largometraje en
las categorías allí especificadas.
Que por el artículo 8° de la aludida Resolución se dispuso que los
participantes que registaren deudas con el organismo no podían
participar del Concurso.
Que sin perjuicio de expresarse que la aludida previsión no coarta
libertad de trabajo alguna de los directores cinematográficos, pues no
les impediría ejercer su profesión, sino sólo participar en un
concurso, se estima conveniente aclarar que la limitación alcanza a
aquellos directores que se presenten como presentantes del proyecto,
pero no a los que presten sus servicios como directores de las
películas exclusivamente.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTICULO 1° - Aclárese que la limitación establecida en el artículo
establecida en el artículo 8° de la Resolución N° 124/96 refiere a
aquellos directores que sean presentantes de los proyectos a concursar,
pero no a quienes en tal carácter sólo presten sus servicios a la
producción de los filmes.
ARTICULO 2° - Regístrese, publíquese, dése a la Drección Nacional
del Registro Oficial y oportunamente archívese. - JULIO ERNESTO
MAHARBIZ. Director Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.
e. 10/10 N° 3960 v. 10/10/96