INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 1226/96

Bs. As., 1/10/96

VISTO la Resolución N° 124/96 de llamado a Concurso para la producción de películas de Largometraje, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 124/96 se llamo a Concurso para la Producción, por el Régimen de Coparticipación de las películas de largometraje en las categorías allí especificadas.

Que por el artículo 8° de la aludida Resolución se dispuso que los participantes que registaren deudas con el organismo no podían participar del Concurso.

Que sin perjuicio de expresarse que la aludida previsión no coarta libertad de trabajo alguna de los directores cinematográficos, pues no les impediría ejercer su profesión, sino sólo participar en un concurso, se estima conveniente aclarar que la limitación alcanza a aquellos directores que se presenten como presentantes del proyecto, pero no a los que presten sus servicios como directores de las películas exclusivamente.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTICULO 1° - Aclárese que la limitación establecida en el artículo establecida en el artículo 8° de la Resolución N° 124/96 refiere a aquellos directores que sean presentantes de los proyectos a concursar, pero no a quienes en tal carácter sólo presten sus servicios a la producción de los filmes.

ARTICULO 2° -  Regístrese, publíquese, dése a la Drección Nacional del Registro Oficial y oportunamente archívese. - JULIO ERNESTO MAHARBIZ. Director Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

e. 10/10 N° 3960 v. 10/10/96