MINISTERIO DE CULTURA
Resolución 656/2021
RESOL-2021-656-APN-MC
Ciudad de Buenos Aires, 27/05/2021
VISTO el Expediente Nº EX-2021-34616105- -APN-DGD#MC del registro del
MINISTERIO DE CULTURA, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado
Decreto Nº 438/92 y sus modificatorias), el Decreto Nº 50 de fecha 19
de diciembre de 2019, la Decisión Administrativa Nº 1428 de fecha 7 de
agosto de 2020, la Resolución Nº 2532 de fecha 13 de agosto de 2004 de
la entonces SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, la
Resolución Nº 90 de fecha 10 de febrero de 2021 del MINISTERIO DE
CULTURA, y
CONSIDERANDO:
Que el PROGRAMA SOCIAL DE ORQUESTAS INFANTILES Y JUVENILES fue creado
por Resolución S.C. Nº 2532/04, y recientemente se reordenó
integralmente su diseño y la mecánica de su implementación mediante
Resolución M.C. Nº 90/21 (RESOL-2021-90-APN-MC).
Que, de conformidad con lo establecido en el ANEXO I de la Resolución
M.C. Nº 90/21 (RESOL-2021-90-APN-MC), son objetivos centrales del
programa “(…) Promover la enseñanza musical, sin necesidad de aptitudes
previas, entre las niñas, niños y jóvenes de todo el territorio
nacional, especialmente aquellos cuya realidad se encuentra atravesada
por escenarios de vulnerabilidad o postergación, asociada a factores
socio-económicos (…)” ; “(…)” Fomentar la creación de lazos entre las
niñas, niños y jóvenes que integran las orquestas ligadas al programa,
contribuyendo al desarrollo de vínculos comunitarios y promoviendo la
solidaridad a través del aprendizaje colectivo (...)”. ; “(...)
Promover el trabajo colaborativo entre las provincias, municipios u
organizaciones con orquestas ligadas al programa, apoyando el
intercambio de saberes, prácticas y experiencias vinculadas al
cumplimiento de sus metas (…)” “y (…) Fomentar y apoyar la creación de
talleres de iniciación musical, teniendo en cuenta la particular
conformación de cada una de las orquestas (…)”, entro otros
relacionados.
Que, adicionalmente y para la consecución de los objetivos reseñados,
se han diseñado herramientas entre las que pueden destacarse el
“(…)aporte total o parcial de instrumentos para la conformación de
nuevas orquestas infantiles y juveniles, y/o reposición gradual de
instrumentos para orquestas ligadas al programa (…)” ; “(…)
Organización de jornadas nacionales y regionales de capacitación
dirigidas a directores, directoras y docentes de las orquestas ligadas
al programa (…)” ; (…) Organización de Encuentros entra las Orquestas
Infantiles y Juveniles de un territorio, con formatos diversos,
incluyendo clases, charlas, talleres para niños, niñas, jóvenes y
adultos/as ligados a cada experiencia (…) ; “ (…) Talleres orientados a
favorecer la práctica docente, que fomenten y estimulen la creatividad
individual y colectiva dentro de la orquesta (…)” y “(…) Becas
orientadas a incentivar la formación de integrantes destacados dentro
de cada ensamble u orquesta, que, más allá de los objetivos iniciales
del programa, tenga aptitudes y voluntad para profundizar su
aprendizaje orientándolo a un ejercicio más permanente, y,
eventualmente, más profesional (…)”, entre otras relacionadas.
Que, en ese marco, la COORDINACIÓN DE PROGRAMAS DE CULTURA POPULAR,
ORQUESTAS INFANTILES Y JUVENILES, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL
DE DIVERSIDAD Y CULTURA COMUNITARIA de la SECRETARÍA DE GESTIÓN
CULTURAL, propone la implementación de la PRIMERA CONVOCATORIA PARA EL
OTORGAMIENTO DE LAS BECAS DE FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO “MARTHA
ARGERICH”.
Que esta herramienta se encuentra orientada a reconocer la experiencia
acumulada por los/as jóvenes que han participado desde niños/as en
orquestas ancladas en los barrios populares y han vivenciado los
beneficios que genera la participación en proyectos culturales
artísticos, grupales, inclusivos, no competitivos, expresivos e
igualadores.
Que, adicionalmente, se pretende consolidar la posibilidad de que los
destinatarios/as puedan convertirse, en el futuro, en profesores de
esas mismas orquestas.
Que, al mismo tiempo, se procura sostener, en el presente, la relación
de los potenciales becarios/as con la música, dado que, a partir de los
DIECIOCHO (18) años de edad -e incluso antes-, en los barrios
populares, buena parte de los/as jóvenes deben buscar trabajo y
dedicarle al mismo todo el tiempo vital, procurando el sostenimiento
material, personal y familiar.
Que la situación descripta deriva en el abandono o la disminución
notoria del tiempo vital dedicado al estudio musical, y a la
participación en los conciertos de las orquestas que integran, por su
incompatibilidad con el trabajo conseguido, extremo que podría verse
atenuado con el otorgamiento de las presentes becas.
Que entre los objetivos asignados al MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN
por la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto N°
438/92 y sus modificatorios) se encuentra el de “(…) Entender en la
formulación y ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos
de la jurisdicción destinadas a estimular y favorecer a las culturas en
todas sus formas. “ así como “(…) ejecutar políticas públicas
tendientes a reconocer y fortalecer la diversidad cultural, integrar
las diferentes expresiones que conforman la identidad nacional y
ampliar la participación y organización popular garantizando el acceso
igualitario a bienes y medios de producción cultural.”
Que, de conformidad con las disposiciones del Decreto Nº 50/19,
modificado por su similar Nº 335/20, la SECRETARIA DE GESTIÓN CULTURAL
tiene entre sus objetivos los de “(…) Entender en la planificación y
ejecución de políticas públicas destinadas al reconocimiento y
fortalecimiento de la diversidad cultural en todas sus formas, así como
a favorecer la integración y acceso de todos los sectores la producción
y consumo de bienes y servicios culturales.(…)” e “(…) impulsar
programas y acciones que tienen por objeto fomentar el desarrollo de
proyectos culturales, populares y comunitarios capaces de promover la
recuperación del entramado social y el pleno ejercicio de los derechos
culturales.(…)”.
Que, finalmente y en los términos de la Decisión Administrativa Nº
1428/20, la DIRECCIÓN NACIONAL DE DIVERSIDAD Y CULTURA COMUNITARIA
tiene la responsabilidad primaria de “(…) Impulsar y promover acciones
conducentes a generar un marco de plena vigencia de los derechos
culturales en el territorio nacional, garantizando la pluralidad de
expresiones culturales y respetando la diversidad cultural de las
comunidades y pueblos (…)” y de “(…) Formalizar acciones culturales
concertadas en torno a los diversos grupos sociales que por sus
características presentan particularidades identitarias que deben ser
atendidas con políticas específicas. (…)”.
Que, a los efectos de facilitar la instrumentación de la convocatoria,
la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL será la autoridad de aplicación
facultada para dictar normas interpretativas u operativas en relación
con el reglamento técnico aprobado en esta resolución.
Que la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y CONTABILIDAD y la DIRECCIÓN GENERAL
DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención de su competencia.
Que el gasto que demande la presente, será imputado con cargo a las
partidas presupuestarias asignadas mediante la Ley Nº 27.591 de
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2021 y distribuido por la Decisión Administrativa N° 4 de fecha 15 de
enero de 2021 (DECAD-2021-4-APN-JGM).
Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones y
facultades otorgadas mediante la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto
ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorios) y los Decretos Nº
101/85, artículo 1°, inciso g) y Nº 1344/07 y sus modificatorios.
Por ello,
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar la PRIMERA CONVOCATORIA PARA EL OTORGAMIENTO DE
LAS BECAS DE FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO “MARTHA ARGERICH”, en el
marco del PROGRAMA SOCIAL DE ORQUESTAS INFANTILES Y JUVENILES, de la
COORDINACIÓN DE PROGRAMAS DE CULTURA POPULAR, ORQUESTAS INFANTILES Y
JUVENILES, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE DIVERSIDAD Y CULTURA
COMUNITARIA de la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL.
ARTÍCULO 2°.- Aprobar el Reglamento técnico de Bases y Condiciones
ANEXO I (IF- 2021-35008275-APN-DNDYCC#MC) que forma parte de la
presente Resolución.
ARTÍCULO 3°.- Destinar la suma de PESOS TRES MILLONES SETECIENTOS
OCHENTA MIL ($3.780.000.-) para atender la erogación generada por las
becas que serán otorgadas en el marco de la presente convocatoria.
(Nota Infoleg:
por art. 3° de la Resolución N° 31/2022 del Ministerio de Cultura B.O.
16/03/2022 se destina la suma de PESOS NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS
VEINTICUATRO MIL OCHOCIENTOS ($ 9.424.800.-) para atender la erogación
generada por el pago a los becarios.)
ARTÍCULO 4°.- Establecer que la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL, será la
autoridad de aplicación e interpretación del Reglamento de Bases y
Condiciones, aprobado en el Artículo 2º y se encuentra facultada para
dictar las normas de carácter operativo y/o interpretativo que resulten
necesarias para su implementación, con intervención de las áreas
técnicas pertinentes de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA.
ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande la presente medida se atenderá con
cargo a las partidas Presupuestarias del presente ejercicio
correspondiente a la JURISDICCIÓN 72 - MINISTERIO DE CULTURA – PROGRAMA
16.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.
Tristán Bauer
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 31/05/2021 N° 36186/21 v. 31/05/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
ANEXO I
PROGRAMA SOCIAL DE ORQUESTAS INFANTILES Y JUVENILES
PRIMERA CONVOCATORIA PARA EL OTORGAMIENTO DE LAS BECAS DE FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO "MARTHA ARGERICH": REGLAMENTO TÉCNICO DE BASES Y CONDICIONES.
ÍNDICE
1- MARCO GENERAL
2- OBJETO
3- DESTINATARIOS
4- FORMA Y PLAZO DE INSCRIPCIÓN
5- FORMA Y ALCANCE DE LA AYUDA OTORGADA
6- EVALUACIÓN Y SELECCIÓN
7- DOCUMENTACIÓN FORMAL, MATERIAL DE POSTULACIÓN Y PAUTAS TÉCNICAS DE PRESENTACIÓN
8- OBLIGACIONES DE LOS/AS BECARIOS/AS SELECCIONADOS/AS
9- PROPIEDAD INTELECTUAL Y DERECHOS DE IMAGEN
10- DECLARACIÓN JURADA
11- INCUMPLIMIENTOS.
1) MARCO GENERAL.
El MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN, a través de la COORDINACIÓN DE
ORQUESTAS INFANTILES, JUVENILES y PROGRAMAS DE CULTURA POPULAR,
dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE DIVERSIDAD Y CULTURA
COMUNITARIA de la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL, convoca a jóvenes
músicos y músicas, integrantes de las orquestas vinculadas al PROGRAMA
SOCIAL DE ORQUESTAS INFANTILES Y JUVENILES (PSOIJ), a participar de la
PRIMERA CONVOCATORIA PARA EL OTORGAMIENTO DE LAS BECAS DE FORMACIÓN Y
PERFECCIONAMIENTO, "MARTHA ARGERICH"
El PROGRAMA SOCIAL DE ORQUESTAS INFANTILES Y JUVENILES fue creado por
Resolución (EX) SC 2532/04, y recientemente se reordenó integralmente
su diseño y mecánica de su implementación mediante RESOL-2021-90-APN-MC.
De conformidad con lo establecido en el anexo I de la citada norma, son objetivos centrales del programa
"(...)
Promover la enseñanza musical, sin necesidad de aptitudes previas,
entre las niñas, niños y jóvenes de todo el territorio nacional,
especialmente aquellos cuya realidad se encuentra atravesada por
escenarios de vulnerabilidad o postergación, asociada a factores
socio-económicos (...) " ; "(...) " Fomentar la creación de lazos entre
las niñas, niños y jóvenes que integran las orquestas ligadas al
programa, contribuyendo al desarrollo de vínculos comunitarios y
promoviendo la solidaridad a través del aprendizaje colectivo (...)". ;
"(...) Promover el trabajo colaborativo entre las provincias,
municipios u organizaciones con orquestas ligadas al programa, apoyando
el intercambio de saberes, prácticas y experiencias vinculadas al
cumplimiento de sus metas (...)" y (...) Fomentar y apoyar la creación
de talleres de iniciación musical, teniendo en cuenta la particular
conformación de cada una de las orquestas (...), entro otros relacionados.
Adicionalmente y para la consecución de los objetivos reseñados, se han
diseñando herramientas entre las que pueden destacarse el
"(...)aporte
total o parcial de instrumentos para la conformación de nuevas
orquestas infantiles y juveniles, y/o reposición gradual de
instrumentos para orquestas ligadas al programa (...)" ; "(...)
Organización de jornadas nacionales y regionales de capacitación
dirigidas a directores, directoras y docentes de las orquestas ligadas
al programa (...)" ; (...) Organización de Encuentros entra las
Orquestas Infantiles y Juveniles de un territorio, con formatos
diversos, incluyendo clases, charlas, talleres para niños, niñas,
jóvenes y adultos/as ligados a cada experiencia (...) ; " (...)
Talleres orientados a favorecer la práctica docente, que fomenten y
estimulen la creatividad individual y colectiva dentro de la orquesta
(..)" y"(...) Becas
orientadas a incentivar la formación de integrantes destacados dentro
de cada ensamble u orquesta, que, más allá de los objetivos iniciales
del programa, tenga aptitudes y voluntad para profundizar su
aprendizaje orientándolo a un ejercicio más permanente, y,
eventualmente, mas profesional (...)", entre otras relacionadas.
El estímulo y la promoción de los
jóvenes más avanzados/as, que hayan realizado un recorrido constante en
su participación dentro de la orquesta de cada barrio, y que
eventualmente pueden convertirse en profesores/as de esas u otras
orquestas, considerando el aprendizaje y la experiencia acumulada
durante tantos años, se constituye como objetivo principal de esta
primera convocatoria a las becas "Martha Argerich". Se considera
también, de vital importancia, el conocimiento de estos/as jóvenes
acerca de la situación social y comunitaria que se vive en los barrios
donde residen.
Por otra parte, en el marco del objetivo general señalado, se abordarán
los siguientes objetivos específicos, ligados con las problemáticas que
han surgido en cada orquesta a través de los años:
•
Reconocer la experiencia acumulada por jóvenes que,
al haber participado desde niños/as de un proyecto cultural como son
las orquestas ancladas en los barrios populares, han podido vivenciar
los beneficios reales que genera la participación en proyectos
culturales artísticos, grupales, inclusivos, no competitivos,
expresivos e igualadores. De este modo se revalorizan los años de
estudio y práctica de uno o más instrumentos que conforman la planta
orgánica de la orquesta en la que participan, interpretando repertorio
especialmente arreglado para esa formación instrumental.
•
Sostener en el presente la relación con la música,
dado que a partir de los 18 años de edad -e incluso antes-, en los
barrios populares, buena parte de los/as jóvenes deben buscar trabajo y
dedicarle al mismo todo el tiempo vital, procurando el sostenimiento
material, personal y familiar. Esta situación deriva en el abandono o
la disminución notoria del tiempo dedicado al estudio musical, y a la
participación en los conciertos de las orquestas que integran, por su
incompatibilidad con el trabajo conseguido.
Durante el período de duración de las beca los/as jóvenes becarios/as
contarán con un/a tutor/a músico/a integrante del equipo de trabajo del
Programa Social de Orquestas Infantiles y Juveniles que hará el
seguimiento de todo el trayecto, a nivel musical, y ligado al
aprendizaje en los talleres de formación pedagógico-musical.
Los/as tutores se asegurarán de que la comunicación sobre el calendario
de actividades (reuniones, ensayos, talleres) sea recibida
correctamente y se encuentre actualizada, y realizarán el seguimiento
de la asistencia y/o presentación de videos o trabajos prácticos según
la propuesta de cada docente, para evaluar los contenidos.
Finalmente, es oportuno destacar que la denominación de la presente
convocatoria, se debe a la enorme representatividad y prestigio de la
concertista Martha Argerich en el plano local e internacional, pero
también a su propia historia de vida, que ha demostrado la importancia
que puede alcanzar el apoyo del Estado en el desarrollo cultural de
los/as jóvenes.
Es oportuno recordar que en el año 1954, habiendo demostrado sus
extraordinarias virtudes para la música e interpretación del piano, y
con sólo 12 años de edad, Martha Argerich recibe, a través del Estado
Nacional, el apoyo para continuar sus estudios en Austria. Debemos
destacar, que en reconocimiento a ese apoyo fundamental en un momento
de inflexión durante su vida, que le permitió perfeccionar sus estudios
desde temprana edad, y con el consentimiento y aval de la artista, que
esta convocatoria lleva su nombre.
2) OBJETO
Las Becas Martha Argerich están orientadas a profundizar la formación
musical y promover la formación como docentes de orquesta , a través de
dos mecanismos: a) la participación en talleres que abordan contenidos
pedagógicos y musicales esenciales y b) la participación en una
orquesta conformada por los y las jóvenes que accedan a la beca.
En esta primera convocatoria, se otorgarán hasta 35 (TREINTA Y CINCO)
becas, con arreglo a los diferentes instrumentos que se ejecutan dentro
de las orquestas ligadas a las dos ramas del programa ("Celia Torrá" y
"Andrés Chazarreta").
La distribución será la siguiente:
2 (dos) becas de flauta traversa, a jóvenes que en sus orquestas de origen interpreten dicho instrumento.
2 (dos) becas de clarinete, a jóvenes que en sus orquestas de origen interpreten dicho instrumento.
3 (tres) becas de aerófono de caña (deben tocar quena y sikus), a
jóvenes que en sus orquestas de origen interpreten dichos instrumentos.
1 (una) beca de bandoneón u acordeón, a un/a jóven que en su orquesta de origen interprete algunos de dichos instrumentos.
3 (tres) becas de percusión, a jóvenes que en sus orquestas de origen interpreten este tipo de instrumentos.
4 (cuatro) guitarras, a jóvenes que en sus orquestas de origen interpreten dicho instrumento.
3 (tres) becas de charango /ronroco, a jóvenes que en sus orquestas de
origen interpreten dichos instrumentos. 8 (ocho) becas de violín, a
jóvenes que en sus orquestas de origen interpreten dicho instrumento. 3
(tres) becas de viola, a jóvenes que en sus orquestas de origen
interpreten dicho instrumento. 3 (tres) becas de violonchelo, a jóvenes
que en sus orquestas de origen interpreten dicho instrumento. 3 (tres)
becas de contrabajo, a jóvenes que en sus orquestas de origen
interpreten dicho instrumento.
3) DESTINATARIO/AS.
Podrán aplicar a la PRIMERA CONVOCATORIA PARA EL OTORGAMIENTO DE LAS
BECAS DE FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO, "MARTHA ARGERICH" todos/as
aquellos/as jóvenes músicos/as, entre dieciocho (18) y veintiséis (26)
años de edad, que pertenezcan a una orquesta o ensamble vinculado al
PROGRAMA SOCIAL DE ORQUESTAS INFANTILES Y JUVENILES, de conformidad con
las disposiciones de la RESOL-2021-90-APN-MC,y normas complementarias
vigentes.
La pertenencia estará certificada por la autoridad competente del área
gobierno y/o ente provincial o municipal responsable, y/o autoridad o
representante legal de la entidad civil a cargo de cada agrupación, o,
en su defecto, por el/la director/a de la orquesta o ensamble. La
certificación será ratificada por la COORDINACIÓN DE ORQUESTAS
INFANTILES, JUVENILES Y CULTURA POPULAR, durante la secuencia
administrativa necesaria para el efectivo otorgamiento de las becas a
los/as ganadores.
No podrán participar de la presente convocatoria personas vinculadas al
MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN, bajo cualquier modalidad de
contratación o empleo público.
3.
4) FORMA Y PLAZO DE INSCRIPCIÓN.
La inscripción dará comienzo el día de la publicación del presente
reglamento en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA y se
extenderá durante quince (15) días corridos.
De resultar necesario, la autoridad de aplicación establecida en el
artículo 4° de la presente Resolución, podrá prorrogar el plazo de
inscripción, mediante el dictado del acto administrativo pertinente.
Para aplicar a la presente convocatoria, se utilizará la plataforma
digital habilitada a tal efecto mediante hipervínculo institucional.
Sin perjuicio de lo anterior, la documentación formal, así como el
material de postulación y las pautas técnicas de presentación que serán
exigidos en dicha plataforma, se encuentran descriptos en el apartado
7) de este reglamento.
Aquellos/as postulantes que dentro de sus orquestas ejecuten mas de un
instrumento, y deseen aplicar para ambos de acuerdo con la nómina
mencionada en el apartado 2) del presente reglamento, podrán hacerlo
completando en la plataforma dos secuencias de inscripción
independientes. Sin embargo, en ningún caso, se otorgará más de una (1)
beca por postulante.
(Nota Infoleg:
por art. 1° de la Resolución N° 31/2022 del Ministerio de Cultura B.O.
16/03/2022 se prorroga la implementación de las BECAS DE FORMACIÓN Y
PERFECCIONAMIENTO "MARTHA ARGERICH" para el período comprendido entre
el 1° de febrero al 31 de diciembre de 2022.)
5) FORMA Y ALCANCE DE LA AYUDA OTORGADA
La beca se hará efectiva mediante acto administrativo dictado por la
autoridad de aplicación de la convocatoria. Tendrá frecuencia mensual,
en el período comprendido entre los meses de julio y diciembre de 2021
y el estipendio será de PESOS DIECIOCHO MIL ($ 18.000.-) por becario/a
y por mes.
(Nota Infoleg:
por art. 2° de la Resolución N° 31/2022 del Ministerio de Cultura B.O.
16/03/2022 se incrementa en PESOS SIETE MIL DOSCIENTOS ($ 7200,00) el
monto del estipendio, resultando el monto total a abonar a los
becarios, de PESOS VEINTICINCO MIL DOSCIENTOS ($ 25.200.-) mensuales.)
Para la efectiva percepción del beneficio, los becarios/as deberán
completar el trámite de "alta de beneficiario", conforme a las
instrucciones impartidas por el equipo a cargo de la convocatoria y/o
la autoridad técnica competente del MINISTERIO DE CULTURA.
Durante el mes de diciembre del corriente año, la COORDINACIÓN DE
ORQUESTAS INFANTILES, JUVENILES, Y CULTURA POPULAR, elevará un
circunstanciado informe sobre el nivel de cumplimiento de los objetivos
generales y específicos que se han previsto, contemplado la
participación, compromiso y evolución pedagógico-musical de cada
becario/a, teniendo en cuenta las obligaciones que se consignan en el
apartado 8) de este reglamento.
En ese marco, la citada Coordinación podrá proponer la prórroga del
estipendio de todos/as o alguno/as de los becarios/as, para el período
comprendido entre los meses de enero y diciembre del año 2022 (y/o para
un período parcial comprendido dentro de ese lapso de tiempo). La
autoridad de aplicación, en caso de otorgar curso positivo a la
solicitud, dictará el acto administrativo pertinente de conformidad con
las facultades delegadas por Decreto N.° 101/85, artículo 1°, inciso
g), ejerciendo el rol conferido en la presente Resolución.
6) EVALUACIÓN Y SELECCIÓN.
La evaluación del material de postulación incorporado a la plataforma
por los/as aspirantes (ver apartado 8) será evaluado por un jurado de
especialistas de probada idoneidad y trayectoria. Dicho cuerpo estará
integrado por:
1) Eduardo Hubert (DNI 7.602.282): Pianista, compositor, director de
orquesta, profesor y organizador de eventos y festivales
Internacionales. Profesor de piano y música de cámara en
Musikhochschule de Karlsruhe y Freiburg (Alemania), en los
Conservatorios de Sta Cecilia, Pesaro y Pescara (Italia), y
Conservatorio di Lausanne (Suiza).
2) Gustavo Daniel Spatocco (DNI 17.378.799), Productor, arreglador y director musical.
3) Lucía Zicos (DNI 25.545.518), directora de orquesta. Docente y
coordinadora académica en la Facultad de Artes y Ciencias Musicales de
la UCA. Docente de dirección orquestal en el Conservatorio Manuel de
Falla.
El jurado evaluará, en primer término, la documentación y el material
de postulación contenido en cada presentación verificando que se
encuentre completa, con el formato y la información exigida en el
presente reglamento. Los/as aspirantes que no superen la etapa de
admisibilidad formal no serán evaluados/as en lo sustancial.
En segundo lugar, el jurado realizará un análisis cualitativo del
material audiovisual de postulación y tendrá en cuenta los siguientes
factores de ponderación:
• Conocimientos musicales generales
• Conocimientos técnicos del instrumento
• Recursos expresivos y pedagógicos
Sí el jurado lo estima necesario, podrá concretar entrevistas en línea
para entablar una conversación directa con alguno/as de los/as
postulantes, a los efectos de conocer más sobre su proyecto personal,
aspiraciones, situación familiar, escolar, condiciones de vida u otros
aspectos relevantes.
Adicionalmente, para concretar la selección de los becarios/as, el
jurado tendrá en cuenta el criterio de proporcionalidad territorial
razonable, procurando representatividad de las diferentes regiones del
país.
De igual modo, deberá considerar el criterio de proporcionalidad razonable en materia de género.
El jurado podrá otorgar las treinta y cinco (35) becas previstas, o
declarar alguna/s de ellas desierta/s, en caso de no existir
postulaciones que satisfagan de modo suficiente los factores de
ponderación mencionados.
Por otra parte, ese órgano evaluador seleccionará hasta ocho (8)
aspirantes en carácter de suplentes, estableciendo un orden de mérito
entre ellos/as. Los/as suplentes serán convocados por su orden, cuando
alguno/a de los postulantes ganadores declinase la aceptación de la
beca, o no se encontrase en condiciones de percibirla por cualquier
inhabilidad legal o motivo reglamentario.
La decisión del jurado estará fundamentada, y a tal efecto se labrará
el acta pertinente. La decisión no será revisada a solicitud de las
personas postulantes en el aspecto conceptual, sin perjuicio de los
recursos que, con carácter general, se encuentran habilitados en los
términos de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos y su
reglamento, con relación al acto administrativo que ratifique su
decisión.
La autoridad de aplicación dictará el acto administrativo que apruebe
el acta del jurado. Sí por cualquier razón, alguno de los jurados/as
designados en esta norma, se viera impedido de participar en la
evaluación, esta última podrá sustituirlo por un/a especialista de
igual trayectoria y probada idoneidad, con saberes y experiencias
afines a la persona que se reemplaza. De tal circunstanncia se dejará
constancia en ese mismo acto adminstrativo.
7) DOCUMENTACIÓN FORMAL, MATERIAL DE POSTULACIÓN Y PAUTAS TÉCNICAS DE PRESENTACIÓN.
Todos los/as postulantes que apliquen
a la convocatoria, deberán incorporar en la plataforma digital de
inscripción, utilizando los formularios, modelos, y/o campos de datos
disponibles:
• Nombre y apellido, datos de contacto, y fotografía del DNI (frente y dorso).
• Información relativa a su trayectoria en la orquesta de pertenencia y formación musical.
• Nota que certifique su pertenencia a una orquesta o ensamble
vinculado al PROGRAMA SOCIAL DE ORQUESTAS INFANTILES Y JUVENILES, del
modo indicado en el apartado 3) de este reglamento
Adicionalmente, la plataforma requerirá incorporar cuatro videos, de acuerdo con el siguiente detalle:
• Un video ejecutando el instrumento con el que aplican en el que
interpretarán una obra de su elección, de modo individual, para que el
jurado pueda observar y escuchar el nivel técnico y musical alcanzado,
con un tiempo mínimo de dos (2) minutos y máximo de cinco (5) minutos.
Sin pista de audio
• Un Video ejecutando el instrumento con el que aplican a la
convocatoria en el que se interpretará una obra con arreglos de
dificultad moderada. Deberán ejecutar las líneas correspondientes al
instrumento de postulación, optando entre: a) "Canción y Huayno"
(Huayno) de Mauro Núñez. Arreglo: Gustavo Popi Spatocco ; b) "Desde el
puente carretero" (Chacarera) de Peteco Carabajal. Arreglo: Gustavo
Popi Spatocco ; c) Gabán" (Golpe de joropo) de Néstor Viloria. Arreglo:
Néstor Viloria ; d) "Trío para un bolsillo" (Chamarrita) de Rita del
Prado. Arreglo: Néstor Viloria y e) Brook Green Suite" de Gustavo
Holst. Adaptación: Eduardo Hubert. A tal efecto, en la plataforma de
inscripción, encontrarán todo el material e información necesaria para
la realización (partituras orquestales completas, partituras por
instrumento, audios de referencia por cada instrumento y audios de base
para utilizar como pista)
• Un video de carácter didáctico, que incorpore una exposición oral
dirigida a niñas y niños, desarrollando un aspecto ligado a la
enseñanza del instrumento que ejecuta el postulante. La explicación
podrá versar sobre: a) la escala mayor o menor, b) el acompañamiento
rítmico y/o armónico de una especie musical de raíz folklórica, c) los
diferentes usos del arco en los instrumentos de cuerdas frotadas, d)
posturas corporales y posiciones de las manos derecha e izquierda, para
la ejecución correcta del instrumento. Duración entre 3 y 8 minutos.
• Un video con un breve relato que aborde distintos aspectos de la vida
de los/as postulantes sobre los siguientes aspectos: a) Edad de
incorporación a la orquesta de pertenencia. Cuál es su instrumento
principal de ejecución y si domina otro/s ; b) Qué importancia tiene la
música dentro de su proyecto de vida y qué cree poder aportar a la
orquesta donde se ha formado ; c) Comentarios sobre la experiencia
durante el año de pandemia respecto de su educación u otra/as
actividad/es que haya desarrollado (participación en la orquesta,
trabajo, estudios superiores, etc.) ; d) Cómo se conforma su familia y
con quienes comparte la vivienda y e) Descripción del barrio y/o
comunidad de residencia. Este video tendrá una duración mínima de tres
(3) minutos y máxima de ocho (8) minutos
8) OBLIGACIONES DE LOS/AS BECARIOS/AS SELECCIONADOS/AS
Aquellos/as postulantes que accedan a la beca quedan comprometidos a
completar el ciclo de formación previsto, participando de los talleres
virtuales, con requisitos de asistencia mínima y evaluación periódica.
Asimismo, deberán continuar con su participación dentro de su orquesta
de pertenencia, vinculada al PROGRAMA SOCIAL DE ORQUESTAS INFANTILES Y
JUVENILES, que origina la presente postulación, de acuerdo con su
régimen de estudio musical, ensayos y conciertos.
Por último, se prevé la conformación de una "orquesta de jóvenes
becarios" generando un espacio para la práctica orquestal de todos/as
quienes resulten seleccionados en la presente convocatoria, que
permitirá profundizar la formación. Durante el tiempo que de efectiva
percepció n de la beca los becarios/as deberán participar de la misma.
Se brindará a sus integrantes formación más específica en materia
artística y pedagógica, amplificando sus perspectivas formativas a
través del intercambio con pares y con profesionales, y accediendo a
distintos niveles técnicos de arreglos y obras para interpretar,
ampliando el repertorio, y fomentando una actividad de presentaciones y
conciertos de mayor envergadura y compromiso artístico.
El funcionamiento de la orquesta de jóvenes becarios podrá ser virtual
y/o presencial o semipresencial (ligado a la evolución del contexto
sanitario y los protocolos aprobados en cada momento), así como a las
consideraciones de carácter logístico, y no implicará para los
becarios/as la imposibilidad de conservar su participación en la
orquesta de origen por razones de tiempo, ni erogaciones que deban
asumir en materia de traslados.
Los Talleres previstos para el ciclo de formación de la beca serán:
Talleres de Análisis de arreglo y escritura musical:
Segmentación del discurso: Sección-Oración-Frase. Componentes
texturales: Figura, Fondo, melodía acompañada. Escucha y comparación
con versiones originales de los temas. Reconocimiento estructural a
través de los cambios en la instrumentación. Búsqueda estética en el
arreglo y elementos del sonido: timbre, intensidad, duración, altura.
Notación de elementos expresivos. Reconocimiento de características que
conforman el discurso musical. (Duración: 2 meses, con 1 encuentro
virtual por semana)
Taller de técnica del instrumento:
Se dividirá por familias de instrumentos: cuerdas frotadas, cuerdas
pulsadas, vientos y percusión. Los/as jóvenes se dividirán de acuerdo
al instrumento que ejecuten. (Duración: 3 meses con 1 o 2 encuentros
virtuales por semana)
Cuerdas frotadas: Toma y
posición correcta del instrumento. Digitaciones. Cuidado de musculatura
y articulaciones involucradas. Posibilidades tímbricas con el arco y
pulsado. Cuerda simple y doble cuerda. Recursos para la expresividad.
Adornos. Manejo de dinámicas y escucha del contexto sonoro.
Herramientas pedagógicas para la enseñanza. Técnicas para el desarrollo
de la afinación. División de voces. Rango de alturas o tonalidades
según nivel técnico. Medidas óptimas según edad y contextura.
Mantenimiento básico y utilización de accesorios.
Cuerdas pulsadas: Toma y
posición correcta del instrumento. Digitaciones alternativas y
adaptaciones dentro del diapasón. Cuidado de musculatura y
articulaciones involucradas. Posibilidades tímbricas. Diversas técnicas
para rasgueo, punteo y bordoneo. Combinaciones. Recursos para la
expresividad. Adornos. Manejo de dinámicas y escucha del contexto
sonoro. Herramientas pedagógicas para la enseñanza. Rango de alturas o
tonalidades según nivel técnico. Medidas óptimas según edad y
contextura. Mantenimiento básico y utilización de accesorios.
Vientos: Toma y posición
correcta del instrumento. Digitaciones alternativas. Cuidado de
musculatura y articulaciones involucradas. Respiración y
aprovechamiento de la columna de aire. Técnicas para afinar notas,
recursos alternativos para el soplido según búsqueda tímbrica. Recursos
para la expresividad. Adornos. Manejo de dinámicas y escucha del
contexto sonoro. Herramientas pedagógicas para la enseñanza. Lectura
transpuesta. Rango de alturas o tonalidades según nivel técnico.
Mantenimiento básico y utilización de accesorios.
Percusión: Toma y posición
correcta del instrumento. Técnica de percusión con palillos (baquetas
rígidas, baquetas blandas, escobillas, mazos) y con las manos. Cuidado
de musculatura y articulaciones involucradas. Exploración y
aprovechamiento tímbrico. Combinaciones. Manejo de dinámicas y escucha
del contexto sonoro. Herramientas pedagógicas para la enseñanza. Armado
de patrones rítmicos y combinaciones tímbricas para ser ejecutados por
varias personas. Elusión de sobrecarga rítmica. Incorporación de
instrumentos de percusión de altura definida. Mantenimiento básico y
utilización de accesorios.
Taller de didáctica de la música y formación docente:
Apropiación del pensamiento didáctico. Contextualización de clases.
Observación de las posibilidades técnicas y musicales de cada alumno/a.
Secuenciación de la enseñanza. Recursos prácticos para la adaptación de
secciones. Diversas formas de presentación de un contenido. Docente que
estimula, propone y escucha. Concientización y apoyo grupal para la
superación de dificultades. Relación del grupo y la orquesta completa.
La orquesta como vehículo para la expresión artística, de identidades y
de realidades sociales. (Duración: 2 meses con 1 encuentro virtual por
semana)
Taller de técnica vocal y canto
Cuidado del aparato fonador. Respiración. Técnicas para proyección de
la voz, afinación y dicción. Concientización del nivel sonoro en clases
grupales y recursos para la higiene vocal. El canto como herramienta
pedagógica. Cantar melodías de otros instrumentos. Cantar con notas.
Cantar onomatopeyas. Cantar frases. Incentivar el canto grupal en
alumnos y alumnas. Desarrollo de la expresión. La voz como un
instrumento dentro de la orquesta. Texto y contexto de las letras.
(Duración: 1 mes con 1 encuentro virtual por semana)
Taller de edición de partituras y recursos digitales:
Introducción y presentación de diferentes programas de edición de
partituras. Herramientas de configuración de sonido, edición y aspecto.
Creación y exportación de partes solistas y de conjunto. Conversión de
formatos de archivo (.XML, .SIB, PDF, .MID, MP3, etc.). Transcripción y
escritura orquestal. Notación musical y manejo de programas como
herramienta pedagógica. Creación de bases y pistas. Afinación por
imitación. Estudio y ejercicio de la audiopercepción. (Duración: 1 mes
con 1 encuentro virtual por semana)
La asistencia mínima para los talleres será del 80%.
9) PROPIEDAD INTELECTUAL Y DERECHOS DE IMAGEN.
Los/as becarios/as seleccionados/as, autorizan al MINISTERIO DE CULTURA
DE LA NACIÓN, a generar el registro audiovisual de las actividades que
se realicen en el marco de las becas otorgadas. En ese marco, el
MINISTERIO podrá
reproducir el registro generando copias en cualquier soporte idóneo a tal efecto, y adicionalmente, efectuar actos de
comunicación pública
del material a través de cualquier entorno o plataforma comunicacional,
analógica o digital, incluida la facultad de alojar el registro en un
servidor de internet, su comunicación mediante portales, sitios web,
plataformas digitales, o redes sociales de carácter institucional. EL
MINISTERIO podrá generar formatos adaptados del material, cuando la
plataforma comunicacional utilizada así lo requiera. La autorización
conferida se otorga sin límites temporales y territoriales de ninguna
naturaleza y posee carácter gratuito y no exclusivo.
10) DECLARACIÓN JURADA
Los/as jóvenes músicos/as
inscriptos/as en la presente convocatoria deben descargar la
declaración jurada incluida a continuación, firmarla, y alojarla
nuevamente en la plataforma de inscripción mediante una imagen
escaneada o fotografía legible.
Nombre completo y apellido, DNI, _, habiéndome inscripto a la PRIMERA
CONVOCATORIA PARA EL OTORGAMIENTO DE LAS BECAS DE FORMACIÓN Y
PERFECCIONAMIENTO "MARTHA ARGERICH", declaro bajo juramento que he
leído, comprendo y acepto en todos sus términos el reglamento técnico
de la convocatoria.
Específicamente, en caso de ser seleccionado, declaro que:
1) Cumpliré cabalmente todas las obligaciones previstas en el apartado
9) del reglamento de convocatoria. Entiendo que esta circunstancia es
condición insoslayable para la percepción del estipendio económico
mensual asociado a la beca.
2) Confiero al MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN autorización para
registrar, reproducir y comunicar el material producido durante las
actividades asociadas a la beca, en los términos del apartado 10) de
este reglamento. De igual modo, autorizo el uso de mi imagen personal
con fines de divulgación institucional.
3) Debo completar el trámite de "alta de beneficiario" de acuerdo a las
instrucciones que reciba, para posibilitar la efectiva percepción del
estipendio económico mensual asociado a la beca.
4) Las notificaciones que me sean cursadas al correo electrónico
declarado en el formulario de inscripción, serán suficientes y válidas
a todos los efectos de la presente convocatoria, y durante el período
de duración de la beca.
11- INCUMPLIMIENTOS.
Cuando la autoridad de aplicación tome conocimiento sobre el
incumplimiento de cualquier obligación derivada del presente
reglamento, se intimará a los becarios/as para su inmediata
regularización. Dicha intimación se hará llegar al correo electrónico
constituido en el proceso de inscripción.
De no regularizarse la situación planteada, se conformarán actuaciones
que serán giradas a la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS
dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del
MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN, junto a un circunstanciado informe
que permita evaluar los niveles de responsabilidad implicados, y
arbitrar las acciones que se estimen conducentes. Los incumplimientos
podrían derivar en la suspensión y/o exigencia de restitución del
estipendio mensual asociado a la beca, y/o inhabilitación para recibir
futuras ayudas por parte del MINISTERIO DE CULTURA.
CONSULTAS: Las personas
interesadas podrán efectuar cualquier consulta relacionada con las
disposiciones del presente reglamento, recibir soporte durante el
proceso de inscripción, y/o en forma posterior a la publicación de los
resultados, en: programasocialchazarreta@gmail.com y
programaorquestastorra@gmail.com (en Asunto colocar: "Becas Martha
Argerich").