CONTRATOS
Decreto 368/2021
DCTO-2021-368-APN-PTE - Aprobación.
Ciudad de Buenos Aires, 04/06/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-22253152-APN-SSRFID#SAE y el Modelo de
Contrato del Préstamo ARG-52/2021 propuesto para ser suscripto entre la
REPÚBLICA ARGENTINA y el FONDO FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA
CUENCA DEL PLATA (FONPLATA), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo ARG-52/2021 el FONDO
FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA (FONPLATA) se
compromete a asistir financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA con el
fin de cooperar en la ejecución del “Programa de Apoyo Integral para la
Institucionalización del Diálogo y la Participación Ciudadana”, por un
monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MILLONES (USD 5.000.000).
Que el objetivo general del Programa consiste en mejorar las políticas
públicas del Estado Nacional a través de la institucionalización del
diálogo y la promoción de la participación ciudadana en Programas
Gubernamentales Estratégicos (PGE).
Que los objetivos específicos del referido Programa son: (i)
Desarrollar e institucionalizar mecanismos de participación ciudadana y
procesos de diálogo multisectorial y multinivel para la formulación e
implementación de PGE; (ii) Apoyar la creación y el fortalecimiento
técnico y operativo del Consejo Económico y Social para la
implementación de PGE y (iii) Mejorar la capacidad de gestión, análisis
y generación de información para la implementación de PGE.
Que el referido Programa se estructura en TRES (3) componentes: (i)
Institucionalización del diálogo y participación ciudadana, el cual se
divide en DOS (2) subcomponentes: 1.1 Fortalecimiento de la gestión
operativa y 1.2 Fortalecimiento de la gestión técnica; (ii)
Fortalecimiento de la gestión de la información y (iii) Administración,
Evaluación y Auditoría.
Que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos del
financiamiento serán llevadas a cabo por la SECRETARÍA DE ASUNTOS
ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la que contará con el
apoyo de la DIRECCIÓN DE PROGRAMAS Y PROYECTOS ESPECIALES CON ENFOQUE
SECTORIAL AMPLIO de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES FINANCIERAS
INTERNACIONALES PARA EL DESARROLLO de la mencionada Secretaría en la
gestión operativa del Programa. Asimismo, la citada Dirección será
responsable de las actividades de evaluación del Programa.
Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA
ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio de la
SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN,
suscriba el Contrato de Préstamo ARG-52/2021, así como toda otra
documentación relacionada con la operatoria del referido Préstamo.
Que, en virtud de ello, corresponde facultar al señor Secretario de
Asuntos Estratégicos para que, en nombre y representación de la
REPÚBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo ARG-52/2021 y
acuerde las modificaciones que sean convenientes para la ejecución del
“Programa de Apoyo Integral para la Institucionalización del Diálogo y
la Participación Ciudadana”, siempre y cuando no constituyan cambios
sustanciales al objeto y destino de los fondos, ni deriven en un
incremento de su monto o una alteración en el procedimiento arbitral
pactado.
Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de
interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de
Préstamo ARG-52/2021 propuesto para ser suscripto son los usuales que
se pactan en este tipo de contratos y resultan adecuados a los
propósitos y objetivos para los que será destinado el referido Préstamo.
Que el servicio jurídico permanente ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo establecido en el
artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y en el artículo 53
de la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o.
2014).
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo ARG-52/2021 a
celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el FONDO FINANCIERO PARA EL
DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA (FONPLATA), por un monto de hasta
DÓLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MILLONES (USD 5.000.000), destinado a
financiar el “Programa de Apoyo Integral para la Institucionalización
del Diálogo y la Participación Ciudadana”, que consta de las
Estipulaciones Especiales integradas por SIETE (7) Capítulos, de las
Normas Generales integradas por ONCE (11) Capítulos y de UN (1) Anexo
Único, que como ANEXO I (IF-2021-26539503-APN-SSRFID#SAE) integra la
presente medida. Asimismo, se adjunta como ANEXO II
(IF-2021-26609131-APN-SSRFID#SAE) la “Política para la Adquisición de
Bienes, Obras y Servicios en Operaciones Financiadas por FONPLATA”.
ARTÍCULO 2º.- Facúltase al señor Secretario de Asuntos Estratégicos de
la Presidencia de la Nación, o al funcionario o a la funcionaria o
funcionarios o funcionarias que este designe, a suscribir, en nombre y
representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo
ARG-52/2021 y su documentación adicional, conforme al Modelo que se
aprueba por el artículo 1º de la presente medida.
ARTÍCULO 3º.- Facúltase al señor Secretario de Asuntos Estratégicos de
la Presidencia de la Nación, o al funcionario o a la funcionaria o
funcionarios o funcionarias que este designe, a convenir y suscribir,
en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, modificaciones al
Contrato de Préstamo ARG-52/2021, cuyo Modelo se aprueba por el
artículo 1º de la presente medida, siempre que no constituyan cambios
sustanciales en el objeto o destino de los fondos, ni deriven en un
incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento
arbitral pactado.
ARTÍCULO 4º.- Desígnase como “Organismo Ejecutor” del “Programa de
Apoyo Integral para la Institucionalización del Diálogo y la
Participación Ciudadana” a la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la que contará con el apoyo de la DIRECCIÓN
DE PROGRAMAS Y PROYECTOS ESPECIALES CON ENFOQUE SECTORIAL AMPLIO de la
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES FINANCIERAS INTERNACIONALES PARA EL
DESARROLLO de la citada Secretaria en la gestión operativa del
Programa. Asimismo, la mencionada Dirección será responsable de las
actividades de evaluación del Programa; quedando ambas facultadas para
realizar todas las operaciones y contrataciones necesarias para la
ejecución del mencionado Programa, conforme las normas y procedimientos
contenidos en el Modelo de Contrato de Préstamo ARG-52/2021 que se
aprueba por el artículo 1° de la presente medida.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero - Martín Guzmán
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 07/06/2021 N° 38465/21 v. 07/06/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)