ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS
Resolución 76/2021
RESOL-2021-76-APN-AGP#MTR
Ciudad de Buenos Aires, 01/07/2021
VISTO el Expediente Nº EX-2021-10469699-APN-MEG#AGP originado en esta ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución AGPSE N° 34 de fecha 28 de mayo de 2013 se aprobó el
Reglamento de Compras y Contrataciones de esta Sociedad del Estado
vigente hasta la fecha.
Que por las Resoluciones AGPSE N° 121 de fecha 2 de diciembre de 2015,
y N° 40 de fecha 5 de mayo de 2016 se modificaron aspectos atinentes a
las ofertas y su plazo de mantenimiento.
Que asimismo, el citado reglamento fue modificado por la Resolución
AGPSE N° 73 de fecha 22 de agosto de 2016, como así también por la
Resolución N° RESOL-2017-63-APNAGP#MTR, sustituyendo los artículos 19,
20, 29, 31, 42, 75, 76, 77, 83, 85, 104 y 106, incorporando los
artículos 23 BIS y 31 BIS, y estableciendo en DOS MIL CUATROCIENTOS
MÓDULOS (2.400M) la entidad económica mínima de las adquisiciones y
contrataciones que deberán ser sometidas a reunión de intervención, con
carácter previo a la adjudicación definitiva.
Que, posteriormente, a través de Resolución N°
RESOL-2018-132-APN-AGP#MTR se actualizó el texto del citado reglamento,
sustituyendo los artículos 10, 31 BIS, el inc. c) III del artículo 71,
y el artículo 154, incorporando los artículos 61 BIS, 31 TER, y
derogando los incisos e) y h) del artículo 85.
Que luego así también, por Resolución N° RESOL-2018-169-APN-AGP#MTR se
modificó el artículo 20 referido al módulo para el monto presunto de
los contratos, y por la Resolución N° RESOL-2019- 79-APN-AGP#MTR se
modificaron distintos artículos y produjeron incorporaciones al texto
del reglamento en trato.
Que por Resolución N° RESOL-2017-149-APN-AGP#MTR de fecha 13 de
noviembre de 2017 se aprobó un procedimiento de subasta o remate
público para la enajenación de bienes inmuebles de esta Sociedad del
Estado.
Que la modificación que se propicia tiene por objeto simplificar las
tramitaciones y facilitar la interpretación y aplicación de diversas
disposiciones particulares contenidas en las citadas resoluciones,
ordenándolas en un único y actualizado cuerpo, a través de su
reformulación y sistematización integral.
Que, en dicha tarea, la Gerencia de Compras y Contrataciones ha
incorporado las modificaciones al régimen vigente, adecuándolo a las
necesidades emergentes de la experiencia práctica en orden a su
aplicación, procurando optimizar la sustanciación de los procedimientos
de selección del contratista (PV-2021-14688036-APN-GLCYC#AGP – Orden 4).
Que el nuevo texto sometido a aprobación es resultado de una labor
llevado a cabo con la intervención y aportes de las distintas Gerencias
que conforman de esta Sociedad del Estado
(IF-2021-49701561-APN-GLCYC#AGP- Orden 21).
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha emitido dictamen formulando
observaciones (IF-2021-42334589-APN-GAJU#AGP- Orden 18) que fueron
incorporadas al texto.
Que la Unidad de Auditoría Interna se ha expedido señalando que la
modificación propuesta se ajusta a las pautas de control interno
contempladas en la Resolución SIGEN N° 162/2014
(IF2021-49884179-APN-UAI#AGP - Orden 25).
Que el valor del módulo contractual fue fijado mediante Resolución
Número RESOL-2021- 27-APN-AGP#MTR del 26 de febrero de 2021, en la suma
PESOS DIEZ MIL ($ 10.000), tal como se refleja en el Cuadro Anexo del
reglamento que se aprueba por la presente.
Que, en definitiva, el reglamento que se aprueba por la presente
procura mejorar la eficiencia y eficacia en la gestión, observando los
postulados y principios que resultan de aplicación en materia de
contrataciones, teniendo en cuenta la tipicidad y naturaleza de esta
Sociedad del Estado.
Que el texto a aprobar ha sido tratado considerado en reunión de Intervención de fecha 28 de junio de 2021 (Acta 662 punto 1).
Que la Gerencia General ha elevado el proyecto definitivo, incorporando
al texto modificaciones y ajustes acordes a las observaciones de la
Comisión Fiscalizadora (PV-2021-57700057-APN-GG#AGP – Orden 28).
Que la presente medida se adopta en ejercicio de las atribuciones
establecidas por los artículos 2º y 3º de la Ley Nº 23.696, el Estatuto
Social de la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO,
aprobado por Decreto Nº 1456/87, y el Decreto Nº 501/20.
Por ello,
EL INTERVENTOR EN LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Apruébese el REGLAMENTO DE CONTRATACIONES de la
ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO que como Anexo
(IF-2021-57963162-APN-AGP#MTR) forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.- Derógase la Resolución Nº 34-AGPSE-2013 de fecha 28 de
mayo de 2013 y sus modificatorias Nº 121 de fecha 2 de diciembre de
2015, N° RESOL-2016-73-APNAGP#MTR, N° RESOL-2017-63-APN-AGP#MTR, N°
RESOL-2018-132-APN-AGP#MTR, N° RESOL-2018-169-APN-AGP#MTR, N°
RESOL-2019-79-APN-AGP#MTR.
ARTÍCULO 3°. Derógase la Resolución N° RESOL-2017-149-APN-AGP#MTR de fecha 13 de noviembre de 2017.
ARTÍCULO 4°. Establézcase que el Reglamento que se aprueba por el
artículo 1° de la presente medida, se aplicará al encuadre de los
procedimientos de selección que se inicien a partir de su entrada
vigencia, sin afectar el trámite de las contrataciones requeridas con
anterioridad a la fecha de la presente aprobación.
ARTÍCULO 5º.- Por la Gerencia de Compras y Contrataciones actualícese
la información relativa a la reglamentación vigente en la página web de
la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO.
ARTÍCULO 6º.- Por la Subgerencia de Asistencia Administrativa
regístrese, comuníquese a todas las dependencias, publíquese en el
Boletín Oficial de la República Argentina y, oportunamente remítase a
la guarda temporal.
José Carlos Mario Beni
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 05/07/2021 N° 46401/21 v. 05/07/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)