AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD
Resolución 1079/2021
RESOL-2021-1079-APN-DE#AND
Ciudad de Buenos Aires, 26/07/2021
VISTO el EX-2021-63950623- -APN-DGD#AND, los Decretos N° 698 del 5 de
septiembre de 2017 y modificatorios, N° 868 del 6 de octubre de 2017,
N° 95 del 1° de febrero de 2018, N° 160 del 27 de febrero de 2018, N°
58 de fecha 23 de diciembre de 2019, N° 935 de fecha 24 de noviembre de
2020; la Resolución N° 1862 del MINISTERIO DE SALUD del 8 de noviembre
de 2011, las Resoluciones de esta AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD N°
218 del 10 de mayo de 2018, N° 450 del 5 de diciembre de 2018, N° 453
del 7 de diciembre de 2018 y N° 8 del 28 de enero de 2020 y Nº 98 del
27 de abril de 2020; y
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución del MINISTERIO DE SALUD N° 1862/11 se
aprobó el nuevo modelo de Programa -denominado PROGRAMA FEDERAL DE
SALUD “INCLUIR SALUD”- con la finalidad de garantizar niveles de
calidad adecuados para la atención médica de los titulares de Pensiones
No Contributivas, determinando las responsabilidades y alcance de las
obligaciones de las provincias participantes y estableciendo nuevas
pautas relativas a la asistencia, accesibilidad, utilización, calidad
de la asistencia médica y transferencia de fondos a las jurisdicciones,
necesaria para asistirlas financieramente.
Que, asimismo, por la mencionada Resolución se aprobaron también los
lineamientos y la normativa que regula el funcionamiento del PROGRAMA
FEDERAL DE SALUD “INCLUIR SALUD” con el objetivo de asegurar un sistema
público de acceso a los servicios de salud, de los titulares de
Pensiones No Contributivas, a través de los gobiernos de las
respectivas jurisdicciones donde éstos residen.
Que por el Decreto N° 698/17 se creó la AGENCIA NACIONAL DE
DISCAPACIDAD, como organismo descentralizado en la órbita de la
SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, encargado del
diseño, coordinación y ejecución general de las políticas públicas en
materia de discapacidad, la elaboración y ejecución de acciones
tendientes a promover el pleno ejercicio de los derechos de las
personas en situación de discapacidad y la conducción del proceso de
otorgamiento de las pensiones por invalidez y las emergentes de las
Leyes N° 25.869 y N° 26.928 en todo el territorio nacional.
Que, en lo que aquí respecto, posteriormente mediante el Decreto N°
160/18, el PODER EJECUTIVO NACIONAL transfirió al ámbito de la AGENCIA
NACIONAL DE DISCAPACIDAD el PROGRAMA FEDERAL DE SALUD “INCLUIR SALUD”
como así también las competencias atinentes al mismo.
Que por el artículo 5° del precitado Decreto se estableció que la
AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD continuaría prestando la cobertura a
todos los titulares actuales de los beneficios del PROGRAMA FEDERAL DE
SALUD “INCLUIR SALUD” hasta el 31 de diciembre de 2018, prorrogándose
dicha vigencia a través de las Resoluciones AND N° 450 del 5 de
diciembre de 2018 y N° 98 de fecha 23 de abril de 2020, esta última
hasta el 31 de diciembre de 2020.
Que, atento a lo expuesto, conforme la necesidad de brindar previsión y
garantizar la continuidad a la cobertura médica de los titulares de
Pensiones No Contributivas vinculados al PROGRAMA FEDERAL DE SALUD
“INCLUIR SALUD”, resulta conveniente dar por instituido el Programa
Federal de forma permanente, sin sujeción a plazo temporal alguno.
Que la Dirección Nacional de Acceso a los Servicios de Salud y la
Dirección de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su
competencia.
Que, la presente medida se dicta en virtud de las facultades asignadas
por los Decretos N° 698/17 y modificatorios, N° 868/17, N° 160/18 y N°
935/20.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dese por instituido el PROGRAMA FEDERAL DE SALUD “INCLUIR
SALUD” en el ámbito de esta AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD de forma
permanente, de acuerdo con los Considerandos de la presente.
ARTICULO 2°.- Publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese.
Fernando Gaston Galarraga
e. 28/07/2021 N° 52470/21 v. 28/07/2021