MINISTERIO DE CULTURA
Resolución 1021/2021
RESOL-2021-1021-APN-MC
Ciudad de Buenos Aires, 06/08/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-70795349- -APN-DGD#MC, los artículos 14
y 14 bis de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, la Convención sobre la
Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, las
Leyes Nº 22.431 y su Decreto Reglamentario N° 312 de fecha 2 de marzo
de 2010, Nº 25.164 y su Decreto Reglamentario Nº 1421 de fecha 8 de
agosto de 2002 y sus modificatorios y N° 27.636, el Convenio Colectivo
de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado
por el Decreto Nº 214 de fecha 27 de febrero de 2006 y sus
modificatorios y el Decreto N° 721 de fecha 3 de septiembre de 2020, la
Resolución Conjunta Nº 4 de fecha 20 de mayo de 2021
(RESFC-2021-4-APN-MC), emanada del MINISTERIO DE CULTURA y la
SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, y
CONSIDERANDO:
Que con la finalidad de generar oportunidades de inclusión social y
potenciar las capacidades de las personas jóvenes en situación de
desempleo, a través de la Resolución Conjunta Nº 4/21
(RESFC-2021-4-APN-MC), se creó el PROGRAMA: “PRACTICA” (Primera
Actividad Temporal Inclusiva de Capacitación Laboral), de acuerdo al
contenido obrante en el Anexo (IF-2021-39951244-APN-ONEP#JGM), que
forma parte de la medida.
Que la iniciativa adoptada procura resolver las necesidades de
servicios transitorios o estacionales en el ámbito de las políticas
culturales desarrolladas por el Estado Nacional en un marco de
transparencia, igualdad y plenos derechos laborales, y capacitar para
la transición del sistema educativo formal al mundo del trabajo o para
la reinserción laboral de las personas en situación de desempleo.
Que el Programa referido tiene como destinatarios personas jóvenes, que
hayan completado el curso del nivel secundario de educación formal
obligatoria, aunque adeuden materias, para quienes las dimensiones del
aprendizaje y el trabajo adquieren un valor estratégico dentro de un
modelo de desarrollo integral e inclusivo, siendo la educación, la
formación y los procesos de apoyo a la inserción en el mundo del empleo
de calidad fundamentos claves para el logro de la deseada igualdad de
resultados.
Que de este modo, se propone brindar a las personas que respondan a los
perfiles que se definan en cada convocatoria, un empleo temporario
dotado de plenos derechos laborales, en el marco de las políticas
culturales que despliega el MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN, y a la
vez que se poner a su disposición una oferta de capacitación gratuita
tendiente a fortalecer las competencias necesarias para su pronta
inserción en el mundo del trabajo de calidad.
Que es dable destacar que los procesos de selección de personal que se
realicen en el marco de las Convocatorias del Programa, deberán
contemplar criterios de paridad de géneros, no discriminación de las
diversidades sexuales y de las personas con alguna discapacidad,
garantizando el cumplimiento de las disposiciones del Título II,
Capítulo II de la Ley Nº 22.431 y del Decreto N° 721 de fecha 3 de
septiembre de 2020.
Que para la consecución de los objetivos reseñados precedentemente, en
el marco de las políticas culturales y acciones que desarrolla este
Ministerio, atento la próxima reapertura de actividades del CENTRO
CULTURAL DEL BICENTENARIO “PRESIDENTE DR. NÉSTOR CARLOS KIRCHNER” y del
PARQUE TECNÓPOLIS DEL BICENTENARIO, CIENCIA, TECNOLOGÍA, CULTURA Y
ARTE, que funcionan en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE
ESPACIOS Y PROYECTOS ESPECIALES, como así también, de los Museos
Nacionales dependientes de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MUSEOS de la
SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL, resulta pertinente implementar la
Primera Convocatoria del PROGRAMA: “PRACTICA” (Primera Actividad
Temporal Inclusiva de Capacitación Laboral), a efectos de cubrir las
necesidades de servicios estacionales que generará la organización y
desarrollo de distintos eventos, espectáculos, talleres y muestras en
dichos espacios.
Que a través de las dependencias mencionadas se ha solicitado la
cobertura de un total de CIENTO VEINTICUATRO (124) perfiles laborales,
que se instrumentará mediante la oportuna celebración con las personas
seleccionadas de contratos de locación de servicios, bajo el régimen
previsto en el artículo 9° del Anexo a la Ley N° 25.165 y su respectiva
reglamentación aprobada por Decreto N° 1421/02.
Que en virtud del procedimiento previsto en el Anexo
(IF-2021-39951244-APN-ONEP#JGM) de la Resolución Conjunta Nº 4/21
(RESFC-2021-4-APN-MC), ha tomado intervención competente la
SUBSECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN
Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que asimismo a través de la DIRECCIÓN INSTITUCIONAL del INSTITUTO
NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, se han diseñado y aprobado los
circuitos de capacitación específicos adecuados a los perfiles que se
establecen en la presente Convocatoria.
Que a mérito de lo expuesto, corresponde aprobar la Primera
Convocatoria del PROGRAMA: “PRACTICA” (Primera Actividad Temporal
Inclusiva de Capacitación Laboral), de acuerdo al cronograma de fechas,
perfiles de empleo requeridos, requisitos y condiciones, que se
describen en el ANEXO I (IF-2021-70988662-APN-DGRRHH#MC) que forma
parte de la presente medida.
Que asimismo, corresponde aprobar el Circuito Formativo Aplicable a los
participantes que sean seleccionados en el marco de la presente
Convocatoria, de acuerdo al detalle obrante en el ANEXO II
(IF-2021-70983463-APN-DGRRHH#MC), que integra la presente medida.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones
previstas por la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por
Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, y de acuerdo a lo establecido
en la Resolución Conjunta Nº 4/21 (RESFC-2021-4-APN-MC).
Por ello,
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar la Primera Convocatoria del PROGRAMA: “PRACTICA”
(Primera Actividad Temporal Inclusiva de Capacitación Laboral), de
acuerdo al cronograma de fechas, perfiles de empleo requeridos,
requisitos y condiciones, que se describen en el ANEXO I
(IF-2021-70988662-APN-DGRRHH#MC), que forma parte de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Aprobar el Circuito Formativo Aplicable a los
participantes de la Primera Convocatoria del PROGRAMA: “PRACTICA”
(Primera Actividad Temporal Inclusiva de Capacitación Laboral), de
acuerdo al detalle obrante en el ANEXO II
(IF-2021-70983463-APN-DGRRHH#MC), que forma parte de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.
Tristán Bauer
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 09/08/2021 N° 55293/21 v. 09/08/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)