MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 502/2021
RESOL-2021-502-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 12/08/2021
Visto el expediente EX-2021-53623417-APN-GIYS#TELAM, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación del Plan
de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2021 formulado por Télam
Sociedad del Estado, actuante en el área de la Secretaría de Medios y
Comunicación Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros.
Que la ley 24.156 y sus modificaciones, contiene en el Capítulo III del
Título II, el Régimen Presupuestario de Empresas Públicas, Fondos
Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración
Nacional.
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable de la Oficina
Nacional de Presupuesto, dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto
de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, sobre la
medida propiciada.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que esta resolución se dicta en virtud de las facultades previstas en
el artículo 49 de la ley 24.156 y en su decreto reglamentario 1344 del
4 de octubre de 2007.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el
ejercicio 2021 de Télam Sociedad del Estado actuante en el área de la
Secretaría de Medios y Comunicación Pública de la Jefatura de Gabinete
de Ministros, de acuerdo con el detalle obrante en los anexos I
(IF-2021-67367216-APN-SSP#MEC) y II (IF-2021- 67373293-APN-SSP#MEC),
que integran esta resolución.
ARTÍCULO 2°.- Estímanse en la suma de dos mil cuatrocientos setenta
millones trescientos setenta y un mil setecientos treinta y nueve pesos
($ 2.470.371.739) los ingresos de operación y fíjanse en la suma de
tres mil novecientos cuarenta y siete millones quinientos ochenta y un
mil quinientos dieciséis pesos ($ 3.947.581.516) los gastos de
operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo
(Pérdida de Operación) estimado en un mil cuatrocientos setenta y siete
millones doscientos nueve mil setecientos setenta y siete pesos ($
1.477.209.777), de acuerdo al detalle que figura en las planillas del
anexo II (IF-2021-67373293-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 3°.- Estímanse en la suma de tres mil novecientos setenta y
seis millones tres mil setecientos treinta y nueve pesos ($
3.976.003.739) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de tres mil
novecientos cuarenta y ocho millones seiscientos setenta mil
ochocientos noventa y cinco pesos ($ 3.948.670.895) los gastos
corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado
Económico (Ahorro), estimado en veintisiete millones trescientos
treinta y dos mil ochocientos cuarenta y cuatro pesos ($ 27.332.844),
de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del anexo II
(IF-2021-67373293-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 4°.- Estímanse en la suma de ciento cuarenta y ocho millones
noventa y cinco mil ochocientos veintinueve pesos ($ 148.095.829) los
recursos de capital y fíjanse en la suma de noventa y un millones
sesenta y nueve mil ciento noventa y seis pesos ($ 91.069.196) los
gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el
Resultado Económico establecido en el artículo 3° de esta resolución,
estímase el Resultado Financiero (Superávit) para el ejercicio 2021 en
ochenta y cuatro millones trescientos cincuenta y nueve mil
cuatrocientos setenta y siete pesos ($ 84.359.477), de acuerdo con el
detalle que figura en las planillas del anexo II
(IF-2021-67373293-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Martín Guzmán
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 17/08/2021 N° 57299/21 v. 17/08/2021
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)