ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
Resolución 384/2021
RESFC-2021-384-APN-D#APNAC
Ciudad de Buenos Aires, 18/08/2021
VISTO la Resolución P.D. N° 283/2002, el Expediente
EX-2021-56374104-APN-DGA#APNAC del registro de esta ADMINISTRACIÓN DE
PARQUES NACIONALES, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación del
Reglamento General Para la Pesca Deportiva Continental Patagónica y su
Anexo para los Parques Nacional del Sur para la Temporada 2021/2022.
Que el reglamento, en lo que respecta a sus disposiciones generales y
al establecimiento de los valores para las diferentes categorías, ha
sido elaborado y consensuado por la Comisión Consultiva y de
Coordinación de la Pesca Continental Patagónica, la cual es integrada
por representantes de las provincias del Neuquén, Río Negro, Chubut,
Santa Cruz y la Administración de Parques Nacionales.
Que tal Comisión involucra la participación de representantes de esta
Administración y de los organismos provinciales encargados de la
gestión de la pesca continental de las diferentes provincias de
Patagonia.
Que en lo que atañe a la reglamentación específica para los Parques
Nacionales del Sur, han tomado debida intervención las Intendencias
respectivas mediante NO-2021-32818730-APN-PNLP#APNAC,
NO-2021-38324741-APN-PNNH#APNAC, NO-2021-41208863-APN-PNA#APNAC,
NO-2021-54870951-APN-PNTF#APNAC, NO-2021-55507842-APN-DRPA#APNAC y la
Dirección Regional Patagonia Austral mediante
NO-2021-37997561-APN-DRPA#APNAC, de acuerdo a lo establecido por
Resolución P. D. Nº 283/2002.
Que la Dirección Nacional de Conservación, las Direcciones Generales de
Administración y de Asuntos Jurídicos han tomado las intervenciones que
les competen.
Que la presente se dicta de acuerdo a las facultades conferidas por el Artículo 23, incisos f), o) y w) de la Ley Nº 22.351.
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Reglamento General para la Pesca Deportiva
Continental Patagónica para la Temporada 2021/2022, obrante en el
documento IF-2021-59778684-APN-DNC#APNAC y el Anexo correspondiente a
los Parques Nacionales del Sur, obrante en el documento
IF-2021-59737277-APN-DNC#APNAC, por los motivos expuestos en los
Considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2º.- Convalídanse los valores de las estampillas
correspondientes a las distintas categorías de los permisos de pesca
para la temporada 2021/2022 que fueran oportunamente elaborados
consensuados en el ámbito de la Comisión Consultiva y de Coordinación
de la Pesca Continental Patagónica, y a los que se hace referencia en
el punto 3 del Reglamento General y en el punto 15 del Anexo de los
Parques Nacionales del Sur.
ARTÍCULO 3º.- Encomiéndase a la Dirección General de Administración la
impresión de las estampillas correspondientes a la Temporada 2021/2022
considerando los valores propuestos -debiendo incluirse una estampilla
no valorizada, estimándose las cantidades totales a imprimir de cada
categoría, en función de las estadísticas de ventas de permisos de
pesca de las últimas temporadas, de la información aportada por la
Dirección Regional Patagonia Norte y las Intendencias de los Parques
Nacionales Patagónicos.
ARTÍCULO 4º.- Establécese que a través del Departamento de Mesa General
de Entradas, Salidas y Notificaciones se publique la presente en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA por el término de UN (1) día.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Claudio David Gonzalez - Eugenio Sebastian Magliocca - Francisco Luis
Gonzalez Taboas - Carlos Corvalan - Natalia Gabriela Jauri - Lautaro
Eduardo Erratchu
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 20/08/2021 N° 58775/21 v. 20/08/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexo I Anexo II)