MINISTERIO DE CULTURA

Resolución 1333/2021

RESOL-2021-1333-APN-MC

Ciudad de Buenos Aires, 22/09/2021

VISTO el Expediente Nº EX-2021-84670985-APN-DGD#MC del registro del MINISTERIO DE CULTURA, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorias), y

CONSIDERANDO:

Que entre los objetivos asignados al MINISTERIO DE CULTURA por la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorias) se encuentra el de “Entender en la formulación y ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos de la jurisdicción destinadas a estimular y favorecer a las culturas en todas sus formas”, “Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia, elaborados conforme a las directivas que imparta el Poder Ejecutivo Nacional “ y “Producir y promover contenidos relacionados con las culturas en todas sus formas, procurando llegar al público de todas las edades, en todo el país y con criterios inclusivos, de diversidad social, de género, religioso y étnicos”, entre otros.

Que en este marco normativo el MINISTERIO promueve políticas de incentivo y desarrollo cultural de la Nación y propicia la creación, la experimentación y la democratización del acceso a bienes culturales.

Que se propone atender las necesidades de las salas y espacios culturales, para su puesta en valor mediante la restauración, renovación, ampliación o el mantenimiento de su equipamiento e infraestructura, para su mejora y sostenibilidad.

Que la situación económica de los espacios culturales se ha visto agravada por el elevado impacto que tuvieron las medidas de aislamiento ante la Pandemia de Covid-19 en el desarrollo de actividades culturales presenciales, resultando en consecuencia fundamental la asistencia para su puesta en valor a fin de garantizar el regreso al desarrollo de las actividades en salas y espacios, así como también para su consolidación y continuidad en el tiempo.

Que en cuanto al vínculo con sus comunidades, un espacio cultural apunta a conectarse con la sociedad que lo rodea, ya sea con disciplinas artísticas o colaborando en las necesidades básicas, buscando la participación de un público general, organizando cuestiones no solo culturales, sino también sociales con acontecimientos relevantes.

Que en vistas a una progresiva reactivación es fundamental fortalecer este tipo de infraestructuras en cada municipio o en cada barrio.

Que resulta imprescindible también promover políticas de integración e intercambio cultural con las jurisdicciones del país y organizaciones civiles e incluso entre ellas mismas.

Que se destaca que entre los espacios culturales hay un gran número de edificios históricos patrimoniales, que son a la vez ámbitos de referencia vinculados a la identidad, la memoria y la pertenencia para los ciudadanos.

Que este MINISTERIO advierte la necesidad de formular políticas de preservación, conservación y resguardo de estos sitios y espacios culturales, y en consecuencia, se propone desarrollar el Programa de Recuperación de Espacios Culturales.

Que el objeto del “PROGRAMA DE RECUPERACIÓN DE ESPACIOS CULTURALES”, cuya aprobación se propicia en autos, coincide con el plexo jurídico descripto y armoniza plenamente con las misiones y funciones de este MINISTERIO.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS.

Que la presente medida se dicta de conformidad con los objetivos asignados por la Ley N° 22.520 (Texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorios).

Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Crear el “PROGRAMA DE RECUPERACIÓN DE ESPACIOS CULTURALES” que como ANEXO I (IF-2021-89497917-APN-UGA#MC) forma parte integrante de la presente medida, con el objetivo de fortalecer los espacios culturales en todo el territorio nacional.

ARTÍCULO 2º.- Convocar a participar en el Programa creado en el artículo 1º a los Gobiernos Provinciales, a los Municipales y a las Asociaciones Civiles y Gremiales.

ARTÍCULO 3º.- Encomendar a la UNIDAD GABINETE DE ASESORES la coordinación integral de los actos necesarios para llevar adelante el desarrollo, lanzamiento y ejecución de la citada medida, coordinando el seguimiento de dicha convocatoria con intervención de las Áreas Técnicas dependientes de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA.

ARTÍCULO 4°.- El “PROGRAMA DE RECUPERACIÓN DE ESPACIOS CULTURALES” será financiado con los recursos que el MINISTERIO DE CULTURA le asigne, de acuerdo a las disponibilidades financieras vigentes.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.

Tristán Bauer

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 24/09/2021 N° 70498/21 v. 24/09/2021

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)


Programa de Recuperación de Espacios Culturales

MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN

Fundamentación

El MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN, con el objeto de promover políticas de incentivo y desarrollo cultural y propiciar la creación, la experimentación y la democratización del acceso a bienes culturales, se propone atender las necesidades de las salas y espacios culturales, para su puesta en valor mediante la restauración, renovación, ampliación, mantenimiento o equipamiento de su infraestructura, para su mejora y sostenibilidad.

A los fines del presente programa se entiende por "Espacios Culturales" a aquellos espacios físicos, con diverso grado de formalidad e institucionalización, en donde se realizan con asiduidad y continuidad actividades culturales de diversa índole. Son características comunes a todos ellos el alto nivel de informalidad de su economía y el estrecho vínculo con sus destinatarios y el territorio que ocupan.

Los Espacios Culturales cumplen un rol fundamental para garantizar el impacto de las políticas públicas y el cuidado de los ciudadanos.

La situación económica de los Espacios Culturales se vio fuertemente agravada por el elevado impacto que tuvieron las medidas de aislamiento ante la Pandemia de Covid-19 en el desarrollo de actividades culturales presenciales, resultando en consecuencia fundamental la asistencia para su puesta en valor, a fin de garantizar el regreso al desarrollo de las actividades en salas y espacios, así como también para su consolidación y continuidad en el tiempo.

En cuanto al vínculo con sus comunidades, un espacio cultural apunta a conectarse con la sociedad que lo rodea, ya sea con disciplinas artísticas o colaborando en las necesidades básicas, buscando la participación de un público general, organizando cuestiones no solo culturales, sino también sociales. Es por ello que para una progresiva reactivación es fundamental fortalecer la infraestructuras en cada municipio o en cada barrio donde se encuentran tales Espacios Culturales, entendiendo la formulación y ejecución de las políticas de cada jurisdicción de manera situada, como medidas destinadas a estimular y favorecer las expresiones y la diversidad cultural; como así también promover políticas de integración e intercambio cultural entre las jurisdicciones del país. Ello así, resultará fundamental articular el trabajo con los gobiernos provinciales, municipales y organizaciones civiles en el territorio.

Por otra parte, se debe destacar que entre los espacios culturales hay un gran número de edificios históricos patrimoniales, que son a la vez ámbitos de referencia vinculados a la identidad, la memoria y la pertenencia para los ciudadanos y que entre los objetivos del MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN asignados por la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorias, se encuentra el de "dirigir las políticas de conservación, resguardo y acrecentamiento del patrimonio cultural de la Nación, velando por la protección del patrimonio histórico y cultural, en todas sus expresiones". Para ello será, menester contar con el acompañamiento de la COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES HISTÓRICOS.

Por todo lo expuesto anteriormente, el MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN advierte la necesidad de formular políticas de preservación, conservación y resguardo de estos sitios y espacios culturales, y en consecuencia, se propone desarrollar este PROGRAMA DE RECUPERACIÓN DE ESPACIOS CULTURALES.

Objetivo General

El PROGRAMA DE RECUPERACIÓN DE ESPACIOS CULTURALES tiene el objetivo general de fortalecer espacios culturales en todo el territorio nacional.

Objetivos Específicos

Trabajar articuladamente con gobiernos provinciales y municipales u organizaciones civiles en la recuperación de espacios culturales, brindándoles financiamiento para la realización de proyectos de mejora y puesta en valor de su infraestructura y accesibilidad.

Trabajar articuladamente con gobiernos provinciales y municipales u organizaciones civiles en la recuperación de espacios culturales brindándoles financiamiento para la mejora de su equipamiento, teniendo especialmente en cuenta sus sistemas de iluminación, sonido, acústica, escenario, butacas y medidas de seguridad de dichos ámbitos.

Resguardar el patrimonio cultural de la nación, provincias y municipios volviéndolo accesible para la comunidad

Rescatar y poner en valor aquellos sitios históricos emblemáticos, que han sido testigos de encuentros, crecimiento y desarrollo de una comunidad

Destinatarios

Son destinatarios del Programa, los Gobiernos Provinciales, Municipales y Organizaciones Civiles y Gremiales. Se espera que los proyectos de mejora de los espacios culturales generen impactos positivos:

(i) En los gobiernos provinciales, municipales y asociaciones civiles y gremiales, mediante la mejora de las infraestructuras en las que desarrollar y promover sus políticas y actividades culturales.

(ii) En las comunidades que rodean a dichos espacios, brindándoles una oferta cultural ampliada y de mayor calidad, además de un espacio apto para el diálogo y el intercambio cultural.

(iii) En los artistas y gestores culturales mediante el acceso a nuevos y mejores espacios y herramientas laborales.

Implementación

Para la postulación al programa, los gobiernos provinciales, municipales u organizaciones civiles y gremiales deberán presentar los proyectos siguiendo la Guía de Requisitos elaborada por el MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN, que se detalla en el siguiente apartado.

El equipo interdisciplinario del Programa seleccionará los proyectos que recibirán financiamiento.

En base a cada proyecto seleccionado, las partes firmarán un CONVENIO, que permitirá la transferencia de fondos desde el MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN hacia el organismo postulante que deberá gestionar los fondos recibidos y rendir cuentas ante el Ministerio en los plazos estipulados en el antes mencionado Convenio.

Guía de Requisitos para la Presentación de Proyectos

a) Nota dirigida al ministro de Cultura.

La nota dirigida al funcionario para la solicitud de aporte económico deberá contener los siguientes datos:

• Nombre y cargo del solicitante.

• D.N.I. del solicitante.

• Domicilio de la entidad.

• Objeto de la solicitud.

• Monto peticionado.

• Declaración jurada comprometiendo la efectiva realización del proyecto presentado.

b) Datos de la entidad y documentación respaldatoria.

b.1) Para Asociaciones Civiles/ONGs/Gremios

Las personas jurídicas deberán presentar los datos de identificación legal de la entidad, así como los datos de su representante legal, y adjuntar copias escaneadas de la documentación que a continuación se detalla, según la naturaleza de la entidad:

• Último acta de designación de autoridades, extraída del libro de actas debidamente rubricado, y vigente en el momento de solicitar el aporte.

• Estatuto o acta constitutiva de la entidad actualizados con todas las modificaciones que hayan resultado de la vida social debidamente inscriptas ante IGJ o autoridad provincial.

• Último Balance de la entidad con su respectiva Memoria Institucional, certificados por contador público matriculado.

• Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) del o los representante/s legal/es de la entidad; en caso de ser por apoderado, adjuntar copia del poder.

• Datos de la Cuenta Bancaria de la entidad (número y tipo de cuenta con constancia digital de CBU emitida por el banco). No se realizarán transferencias a cuentas de terceros.

• Constancia de inscripción ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.), en donde figure el tipo de inscripción y situación fiscal de la entidad, con Número de C.U.I.T., y mención de la situación frente al I.V.A. e Impuesto a las Ganancias.

• Título de propiedad del espacio a intervenir.

• Situación dominial y legal de los bienes a intervenir (a completar por la autoridad local).

• Fotocopia de inscripción en el Centro Nacional de Organizaciones de la Comunidad (C.E.N.O.C.), cuando corresponda según la naturaleza de la entidad.

• Declaración Jurada firmada por el representante legal de la entidad con el compromiso de no emplear más del CINCUENTA POR CIENTO (50%) del importe solicitado con destino a sueldos, viáticos e imputaciones equivalentes.

• Declaración firmada por contador público matriculado en la que se informa que la institución beneficiaria contribuye a la atención de sus gastos con al menos el VEINTICINCO PORCIENTO (25%) de recursos propios. (Punto sustituido por art. 1° de la Resolución N° 1677/2021 del Ministerio de Cultura B.O. 08/11/2021)

• Declaración Jurada firmada por el representante legal de la entidad en la que se indique que ésta no ha percibido aportes o contribuciones para el mismo fin, de organismos públicos del orden Nacional, Provincial o Municipal.

• La entidad beneficiaría del subsidio deberá presentar la rendición documentada de cuentas en los términos que se establezcan en el CONVENIO a suscribir y conforme las disposiciones previstas en el ANEXO II de la Resolución Secretaría de Cultura N° 2329/08.

Luego de la suscripción del CONVENIO, la entidad beneficiaria deberá presentar un Seguro de Caución a favor del Ministerio de Cultura de la Nación, quien podrá ejecutarlo total o parcialmente ante el incumplimiento de las obligaciones asumidas por el solicitante. Esta garantía deberá permanecer vigente hasta que se haya aprobado la rendición de la totalidad del proyecto (Párrafo sustituido por art. 2° de la Resolución N° 1677/2021 del Ministerio de Cultura B.O. 08/11/2021)

b.2) Para áreas de gobierno y entes Provinciales/Municipales:

• Norma de designación del funcionario solicitante.

• Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) del funcionario.

• Constancia de inscripción ante la Administración Federal de Ingresos Públicos, Número de C.U.I.T., y mención de la situación frente al I.V.A. e Impuesto a las Ganancias.

• Situación dominial y legal de los bienes a intervenir (a completar por la autoridad local).

• Datos de la Cuenta Bancaria de la entidad (número y tipo de cuenta con constancia digital de CBU emitida por el banco). No se realizarán transferencias a cuentas de terceros.

• Será de aplicación el "Reglamento General para la Rendición de Cuentas de Fondos Presupuestarios Transferidos a Provincias, Municipios u otros Entes" aprobado por RESOL-2020-1241-APN-MC, incorporado al IF-2020-58318712-APN-DGA#MC.

Toda la documentación solicitada deberá presentarse en formato digital con firma y aclaración del solicitante en todas sus hojas.

c) Conformidad de la COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES HISTÓRICOS

En el caso de aquellos proyectos de puesta en valor de inmuebles que hayan sido declarados Patrimonio Histórico Nacional, deberán contar con la conformidad expresa de la COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES HISTÓRICOS.

d) Alta de Beneficiario en el sistema integrado de información financiera para beneficiarios de pagos.

e) Descripción del proyecto a ejecutar.

La descripción del proyecto deberá contener un detalle circunstanciado de los aspectos de gestión, técnicos y financieros de la actividad a realizar, especificando el destino concreto de los fondos requeridos. En tal sentido, será necesario incluir:

• Resumen ejecutivo del proyecto.

• Explicación detallada sobre cómo ha surgido la idea de su realización.

• Metas y objetivos.

• Fundamentos del proyecto.

• Descripción del contexto de realización, población destinataria incluyendo referencias cuantitativas.

• Etapas, actividades y responsables de su implementación, cronograma detallado

• de la ejecución del proyecto y de la afectación del aporte solicitado al mismo.

• Efectos e impacto esperados en la comunidad por la realización del proyecto y existencia o no de mecanismos previstos para evaluarlos.

• situación ante posibles inundaciones, de corresponder (nota simple del municipio).

• Plancheta catastral.

• Plano de antecedentes.

• Designación y datos completos de un responsable técnico (arquitecto / matriculado) y un responsable contable (contador/matriculado).

• Declaración jurada consignando que está exceptuado del impacto ambiental y

• Justificación del plazo de obra (nota).

• Planilla de presupuesto completa, según modelo provisto por el MCN.

• Justificación de precios sobre elección de producto-prestación (nota);

• Modalidad de contratación (a definir por el Municipio, ej. compra de materiales y

• contratación de mano de obra o contratación de empresa constructora).

• Planos completos:

O Implantación escala 1:100/1:200 O Vistas y cortes esc. 1:100

O Planos instalación eléctrica esc. 1:100 (de corresponder)

O Planos instalación sanitaria esc. 1:100 (de corresponder)

O Siluetas y cómputos de superficies

(Enviar esta documentación en formato dwf).

• Fotos de los bienes a intervenir.

• Memoria técnica básica.

• Plan de trabajo (con porcentajes de inversión según las tareas).

• Curva de inversión por los meses que dure la obra.

f) Cartelería de obra

Los proyectos que sean aprobados para recibir estos apoyos deberán contar, desde el inicio de la obra, con la cartelería de obra elaborada siguiendo el diseño provisto por el Ministerio De Cultura de la Nación.

Estructura Organizativa

El programa estará a cargo de la UNIDAD GABINETE DE ASESORES (UGA) del MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN. Se conformará un equipo interdisciplinario de profesionales del Ministerio de Cultura de la Nación, liderado por la UGA, con experiencia en gestión, comunicación, jurídico/legal, infraestructura, espacios históricos y patrimonio cultural.

Que, sin perjuicio de las áreas que administrativamente debieran intervenir, tendrá las siguientes tareas:

• Desarrollo y seguimiento del Programa: normativa legal y conceptos detallados de la información para el acompañamiento de los proyectos.

• Asistencia técnica y colaboración a los organismos y entidades para la correcta presentación de las propuestas.

• Análisis y selección de los proyectos y propuestas.

• Articulación de la normativa legal, firma de convenios y seguimiento administrativo.

• Seguimiento del desarrollo del proyecto: control del cumplimiento en la ejecución y en los procesos estipulados, según plazos y presupuestos según lo expresado en los Convenios / seguimiento de etapas de los proyectos con material fotográfico.

• Finalización del proyecto y revisión de las rendiciones de cuentas.