MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO
SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO
Disposición 525/2021
DI-2021-525-APN-SSEC#MDP
Ciudad de Buenos Aires, 15/10/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-93477478- -APN-DGD#MDP, el Decreto N° 50
de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, las Resoluciones
Nros. 208 de fecha 11 de mayo de 2021 y 232 de fecha 13 de mayo de
2021, ambas de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y
GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, y la
Disposición N° 448 de fecha 6 de septiembre de 2021 de la SUBSECRETARÍA
DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA
DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del MINISTERIO DE
DESARROLLO PRODUCTIVO, y
CONSIDERANDO:
Que, por la Resolución Nº 208 de fecha 11 de mayo de 2021 de la
SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL
EXTERNA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, se creó el Programa
“ARGENTINA PROGRAMA”, con el objetivo de desarrollar programas de
capacitación que faciliten la incorporación de recursos humanos en la
industria del software y sectores afines.
Que, en su Artículo 2º, facultó a la SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL
CONOCIMIENTO de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y
GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO a
dictar la normativa que resulte necesaria para la implementación del
Programa “ARGENTINA PROGRAMA”, entre ella su Reglamento Operativo, así
como también a disponer de todas las acciones necesarias a los efectos
de ponerlo en funcionamiento, controlar su ejecución y a dictar las
normas complementarias y aclaratorias necesarias para su implementación.
Que, a través del Artículo 1° de la Disposición N° 448 de fecha 6 de
septiembre de 2021 de la SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO de
la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN
COMERCIAL EXTERNA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, se aprobó el
Reglamento Operativo del Programa “ARGENTINA PROGRAMA”.
Que el citado Reglamento Operativo estableció en el punto 4, que la
vigencia para la inscripción se extendería desde el día 7 de septiembre
de 2021 hasta el día 8 de octubre de 2021.
Que, en virtud de la experiencia recogida hasta el momento, teniendo
presente la cantidad de consultas recibidas en torno al Programa y la
participación en el mismo, así como, la necesidad de una ampliación del
plazo inscripción, manifestada por los diversos sujetos interesados en
el mismo a los fines de que puedan concluir y completar las exigencias
establecidas en el Reglamento Operativo, es que surge la necesidad de
prorrogar el plazo de inscripción previsto.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 50/19 y sus modificatorios.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrógase el plazo máximo para las presentaciones de
solicitudes realizadas en el marco del Programa “ARGENTINA PROGRAMA”,
creado mediante la Resolución Nº 208 de fecha 11 de mayo de 2021 de la
SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL
EXTERNA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y reglamentado mediante
la Disposición N° 448 de fecha 6 de septiembre de 2021 de la
SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO de la citada Secretaría del
mencionado Ministerio, hasta el día 31 de octubre de 2021.
ARTÍCULO 2°.- La presente disposición entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
María de los Ángeles Apólito
e. 19/10/2021 N° 77903/21 v. 19/10/2021