MINISTERIO DE ECONOMÍA
SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL
Disposición 126/2021
DI-2021-126-APN-SSADYNP#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 01/11/2021
Visto el expediente EX-2021-84010239-APN-DC#MEC, COMPULSA - COVID-19 N°
2/2021, los decretos 260 del 12 de marzo de 2020
(DECNU-2020-260-APN-PTE) y 297 del 19 de marzo de 2020 (DECNU-2020-297-
APN-PTE), la decisión administrativa 409 del 18 de marzo de 2020, y la
disposición 48 del 19 de marzo de 2020 de la Oficina Nacional de
Contrataciones dependiente de la Secretaría de Innovación Pública de la
Jefatura de Gabinete de Ministros (DI-2020-48-ONC#JGM), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el expediente citado en el Visto, tramita la solicitud
para la adquisición de elementos de limpieza, elementos de protección
personal e insumos de índole sanitizante y antiséptico, para los
edificios dependientes del Ministerio de Economía, en el marco del
retorno a la presencialidad programada establecida por la Secretaría de
Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros
(RESOL-2021-91-APN-SGYEP#JGM), efectuada por la Dirección Técnica
Operativa dependiente de esta subsecretaría, en el marco de la
emergencia y el aislamiento social preventivo y obligatorio declarado
mediante el decreto 260 del 12 de marzo de 2020
(DECNU-2020-260-APN-PTE) y sus modificatorios (cf.,
NO-2021-82657696-APN-DTO#MEC).
Que la mencionada Dirección Técnica Operativa fundamenta el
requerimiento en la necesidad de contar con el equipamiento e insumos
en el marco de la emergencia sanitaria decretada por la pandemia de
coronavirus (COVID-19), sus eventuales derivaciones en el ámbito
laboral y las exigencias de la disposición 16 del 7 de agosto de 2020
de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo; asimismo señala que, los
elementos requeridos resultan imprescindibles para adoptar las medidas
de cuidado tendientes a brindar la mejor protección a los agentes que
prestan servicios en las áreas operativas y en el servicio de la
Dirección Medicina del Trabajo dependiente de la Dirección General de
Recursos Humanos de esta subsecretaría, de acuerdo con las
recomendaciones del Ministerio de Salud evitando en todo lo posible que
se vean afectadas tanto las relaciones laborales como las condiciones
de seguridad de los agentes que realizan tareas operativas, teniendo en
cuenta que es responsabilidad del empleador garantizar la prevención y
las condiciones de higiene y desinfección en el establecimiento para
preservar la salud de las personas mediante la adecuación de espacios
y/o provisión de elementos sanitizantes para todos los trabajadores.
Que el día 10 de septiembre de 2021, se cursó la pertinente Invitación
a Cotizar a través del Sistema COMPR.AR (cf.,
PLIEG-2021-84563524-APN-DC#MEC).
Que en el Acta de Apertura de Ofertas del 24 de septiembre de 2021,
consta la recepción de veinte (20) ofertas presentadas por Ribbon SRL
(CUIT Nº 30-70847116-6), Unolex SA (CUIT Nº 33-70936634-9), Berpharma
(CUIT Nº 30-71427636-7), Servicios para la Higiene SA (CUIT Nº
30-71158542-3), Establecimiento Mafelu SAS (CUIT Nº 30-71691495-6),
Rosana María Leonor Pollero (CUIT Nº 27-16910912-0), Química Abiquim
SAS (CUIT Nº 33-71610069-9), Ezequiel Villarino (CUIT Nº
20-25952830-6), Can & T Servicios (CUIT Nº 30-71698579-9), Mikro
Biol SAS (CUIT Nº 30-71649553-8), Orelion Provisión y Servicios SRL
(CUIT Nº 30-71620336-7), Productos Químicos del Sur SA (CUIT Nº
30-71428993-0), Provex SRL (CUIT Nº 30-71517096-1), Diego Pasman (CUIT
Nº 20-29950091-9), M. Sanchez y Cia SRL (CUIT Nº 33-52649716-9),
Fradealco SA (CUIT Nº 30-60260879-0), Pañales Liberty SA (CUIT Nº
30-69404016-7), Antigua San Roque SRL (CUIT Nº 30-65687578-6), Alfredo
Fernando Durdos (CUIT Nº 20-18299348-5) y Andrés Diego Macri (CUIT Nº
20-25865861-3) (cf., IF-2021-91679329-APN-DC#MEC).
Que la Dirección Técnica Operativa señaló en su Informe Técnico que las
ofertas de Servicios para la Higiene SA, Ezequiel Villarino y M.
Sanchez y Cia SRL cumplen con las especificaciones técnicas para los
tres (3) grupos de renglones; en tanto la oferta de Antigua San Roque
SRL cumple con las especificaciones técnicas para el grupo de renglones
N° 3; por su parte; la oferta de Unolex SA incumple con los requisitos
formales enunciados en la Invitación a Cotizar, puntualmente en
Condiciones de Cotización en su apartado e) para los grupos de
renglones Nros. 1 y 3, en tanto el grupo de renglones N° 2 no fue
cotizado; la oferta de Berpharma incumple con los requisitos formales
enunciados en la Invitación a Cotizar, puntualmente en Condiciones de
Cotización en su apartado e) y en la presentación de muestras para el
grupo de renglones N° 1, en tanto los grupos de renglones Nros. 2 y 3
no fueron cotizados; las ofertas de Ribbon SRL, Establecimiento Mafelu
SAS y Mikro Biol SAS incumplen con los requisitos formales enunciados
en la Invitación a Cotizar, puntualmente en Condiciones de Cotización
en su apartado e) para el grupo de renglones N° 3, en tanto los grupos
de renglones Nros. 1 y 2 no fueron cotizados; la oferta de Rosana María
Leonor Pollero incumple con los requisitos formales enunciados en la
Invitación a Cotizar, puntualmente en la presentación de muestras para
el grupo de renglones N° 1, en tanto los grupos de renglones Nros. 2 y
3 no fueron cotizados; las ofertas de Química Abiquim SAS, Can & T
Servicios y Provex SRL incumplen con los requisitos formales enunciados
en la Invitación a Cotizar, puntualmente en Condiciones de Cotización
en su apartado e) para los grupos de renglones Nros. 1 y 2, en tanto el
grupo de renglones N° 3 no fue cotizado; las ofertas de Orelion
Provisión y Servicios SRL incumplen con los requisitos formales
enunciados en la Invitación a Cotizar, puntualmente en Condiciones de
Cotización en su apartado e) y en la presentación de muestras para los
grupos de renglones Nros. 1 y 3, en tanto el grupo de renglones N° 2 no
fue cotizado; la oferta de Productos Químicos del Sur SA para el grupo
de renglones N° 1 incumple puntualmente para los renglones Nros. 5 y 7,
siendo que los productos ofertados no son de primera marca y no brindan
detalle técnico alguno, en lo que respecta al renglón N° 6 la muestra
no presenta marca ni rótulo haciendo imposible su identificación y
evaluación, lo cual se enmarca en el artículo de generalidades del
Pliego de Especificaciones Técnicas, con respecto al grupo de renglones
N° 2 incumple con los requisitos formales enunciados en la Invitación a
Cotizar, puntualmente en Condiciones de Cotización en su apartado e) y
el grupo de renglones N° 3 en su renglón N° 12 incumple con las
especificaciones técnicas del pliego, el cual señala que debe ser
ajustable; las ofertas de Diego Pasman, Fradealco SA, Alfredo Fernando
Durdos y Andrés Diego Macri incumplen con los requisitos formales
enunciados en la Invitación a Cotizar, puntualmente en Condiciones de
Cotización en su apartado e) para el grupo de renglones N° 1, en tanto
los grupos de renglones Nros. 2 y 3 no fueron cotizados; la oferta de
Pañales Liberty SA incumple con los requisitos formales enunciados en
la Invitación a Cotizar, puntualmente en Condiciones de Cotización en
su apartado e) y en la presentación de muestras para el grupo de
renglones N° 3, en tanto los grupos de renglones Nros. 1 y 2 no fueron
cotizados (cf., IF-2021-95385875-APN-DTO#MEC).
Que, asimismo, señala que en el marco de las observaciones realizadas
por Servicios para la Higiene SA la observación realizada sobre la
oferta de Productos Químicos del Sur SA para el grupo de renglones N° 1
es correcta tal cual se desprende del análisis realizado y respecto a
la oferta de M. Sanchez y Cia SRL, puntualmente para el grupo de
renglones N° 3, si bien es correcto que no se especifiquen las marcas
se pudo evaluar técnicamente la calidad, la presentación y los
materiales de los productos ofertados.
Que, finalmente, mediante el mencionado informe, se recomienda como
ofertas más convenientes en términos técnicos y económicos a Servicios
para la Higiene SA para los grupos de renglones Nros. 1 y 2 y a M.
Sanchez y Cia SRL para el grupo de renglones N° 3.
Que respecto de Ezequiel Villarino, cabe destacar que cuenta con deuda
ante la Administración Federal de Ingresos Públicos, por lo que
corresponde su desestimación (cf., IF-2021-97078166-APN-DC#MEC).
Que la Dirección de Compras de la Dirección General de Administración
dependiente de esta subsecretaría, elaboró el informe de recomendación
e indicó que, en atención al informe de la Dirección Técnica Operativa,
corresponde adjudicar segunda en orden de mérito a M. Sanchez y Cia SRL
para los grupos de renglones Nros. 1 y 2; en tanto, para el grupo de
renglones Nº 3 corresponde adjudicar las ofertas de Servicios para la
Higiene SA y Antigua San Roque SRL, segunda y tercera en orden de
mérito respectivamente (cf., IF-2021-97464263-APN-DC#MEC y
PV-2021-99043106-APN-DC#MEC).
Que obra agregada la Solicitud de Contratación 34-81-SCO21 por la cual
se realiza la reserva preventiva del gasto (cf.,
IF-2021-84181058-APN-DC#MEC).
Que, por lo expuesto, procede autorizar, aprobar y adjudicar en este
único acto la contratación requerida con encuadre en el apartado a del
inciso 2 del anexo de la disposición 48 del 19 de marzo de 2020 de la
Oficina Nacional de Contrataciones dependiente de la Secretaría de
Innovación Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministro
(DI-2020-48-APN-ONC#JGM), complementaria de la decisión administrativa
409 del 18 de marzo de 2020, por razones de emergencia.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que esta medida se dicta de conformidad con las facultades previstas en
el inciso b del artículo 35 del anexo al decreto 1344 del 4 de octubre
de 2007 y en el anexo al artículo 9° del reglamento aprobado mediante
el decreto 1030 del 15 de septiembre de 2016, de aplicación al caso en
virtud de lo dispuesto en el artículo 6° de la decisión administrativa
409 del 18 de marzo de 2020.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Autorízase y apruébase la Compulsa COVID-19 N° 2/2021,
Proceso 34-0024-CDI21, las Bases y Condiciones Particulares y
Especificaciones Técnicas obrantes en la Invitación a Cotizar
(PLIEG-2021-84563524-APN-DC#MEC) para la adquisición de elementos de
limpieza, elementos de protección personal e insumos de índole
sanitizante y antiséptico, para los edificios dependientes del
Ministerio de Economía, en el marco del retorno a la presencialidad
programada establecida por la Secretaría de Gestión y Empleo Público de
la Jefatura de Gabinete de Ministros (RESOL-2021-91-APN-SGYEP#JGM),
efectuada por la Dirección Técnica Operativa dependiente de esta
subsecretaría, en el marco de la emergencia y el aislamiento social
preventivo y obligatorio declarado mediante el decreto 260 del 12 de
marzo de 2020 (DECNU-2020-260-APN-PTE) y sus modificatorios.
ARTÍCULO 2°.- Desestímanse las ofertas presentadas por Ribbon SRL (CUIT
Nº 30-70847116-6), Unolex SA (CUIT Nº 33-70936634-9), Berpharma (CUIT
Nº 30-71427636-7), Establecimiento Mafelu SAS (CUIT Nº 30-71691495-6),
Rosana María Leonor Pollero (CUIT Nº 27-16910912-0), Química Abiquim
SAS (CUIT Nº 33-71610069-9), Can & T Servicios (CUIT Nº
30-71698579-9), Mikro Biol SAS (CUIT Nº 30-71649553-8), Orelion
Provisión y Servicios SRL (CUIT Nº 30-71620336-7), Productos Químicos
del Sur SA (CUIT Nº 30-71428993-0), Provex SRL (CUIT Nº 30-71517096-1),
Diego Pasman (CUIT Nº 20-29950091-9), Fradealco SA (CUIT Nº
30-60260879-0), Pañales Liberty SA (CUIT Nº 30-69404016-7), Alfredo
Fernando Durdos (CUIT Nº 20- 18299348-5), Andrés Diego Macri (CUIT Nº
20-25865861-3) y Ezequiel Villarino (CUIT Nº 20-25952830-6); y ubícase
segunda en orden de mérito para los grupos de renglones Nros. 1 y 2 a
la oferta de M. Sanchez y Cia SRL (CUIT Nº 33-52649716-9), y las
ofertas de Servicios para la Higiene SA (CUIT Nº 30-71158542-3) y
Antigua San Roque SRL (CUIT Nº 30-65687578-6) segunda y tercera en
orden de mérito respectivamente, para el grupo de renglones Nº 3, por
los fundamentos expuestos en los considerandos de esta medida.
ARTÍCULO 3°.- Adjudícase la contratación de que se trata de conformidad con sus ofertas y de acuerdo con el siguiente detalle a:
Servicios para la Higiene SA (CUIT Nº 30-71158542-3):
Grupo N° 1 - Elementos de Higiene y Desinfección.
Renglón 1: pulverizador manual con gatillo.
Presentación: unidades de quinientos (500) mililitros de capacidad.
Cantidad: dos mil (2000) unidades.
Precio unitario: ciento veintinueve pesos con sesenta centavos ($ 129,60).
Precio total: doscientos cincuenta y nueve mil doscientos pesos ($ 259.200).
Renglón 2: dosificador de escritorio recargable.
Presentación: unidades de doscientos cincuenta (250) centímetros cúbicos.
Cantidad: mil (1000) unidades.
Precio unitario: ciento veinticinco pesos con sesenta y cinco centavos ($ 125,65).
Precio total: ciento veinticinco mil seiscientos cincuenta pesos ($ 125.650).
Renglón 3: dispensador plástico de alcohol en gel para pared.
Presentación: unidades de quinientos (500) mililitros de capacidad.
Cantidad: quinientas (500) unidades.
Precio unitario: novecientos ochenta y cinco pesos con cuarenta centavos ($ 985,40).
Precio total: cuatrocientos noventa y dos mil setecientos pesos ($ 492.700).
Renglón 4: dispensador acero inoxidable de alcohol en gel para pared.
Presentación: unidades de quinientos (500) mililitros de capacidad.
Cantidad: veinte (20) unidades.
Precio unitario: tres mil trescientos veinticinco pesos ($ 3.325).
Precio total: sesenta y seis mil quinientos pesos ($ 66.500).
Renglón 5: alcohol en gel en bidón de 5L.
Presentación: bidón de cinco (5) litros de capacidad.
Cantidad: cuatrocientas (400) unidades.
Precio unitario: mil trescientos setenta y cinco pesos ($ 1.375).
Precio total: quinientos cincuenta mil pesos ($ 550.000).
Renglón 6: alcohol en gel en dosificador de 250cc.
Presentación: unidades de doscientos cincuenta (250) mililitros de capacidad.
Cantidad: dos mil quinientas (2500) unidades.
Precio unitario: ciento cincuenta y seis pesos con novena centavos ($ 156,90).
Precio total: trescientos noventa y dos mil doscientos cincuenta pesos ($ 392.250).
Renglón 7: solución alcohol etílico al 70% en bidón de 5L.
Presentación: bidón de cinco (5) litros de capacidad.
Cantidad: mil quinientas (1500) unidades.
Precio unitario: mil doscientos cincuenta y cinco pesos ($ 1.255).
Precio total: un millón ochocientos ochenta y dos mil quinientos pesos ($ 1.882.500).
Precio total para el grupo de renglones Nº 1: tres millones setecientos sesenta y ocho mil ochocientos pesos ($ 3.768.800).
Grupo N° 2 - Elementos de limpieza.
Renglón 8: limpiador antibacterial.
Presentación: bidón de cinco (5) litros de capacidad.
Cantidad: cuatrocientas (400) unidades.
Precio unitario: setecientos treinta y cinco pesos ($ 735).
Precio total: doscientos noventa y cuatro mil pesos ($ 294.000).
Renglón 9: algodón hidrófilo.
Presentación: envase de doscientos (200) gramos.
Cantidad: cuarenta (40) unidades.
Precio unitario: ciento ochenta y tres pesos con noventa centavos ($ 183,90).
Precio total: siete mil trescientos cincuenta y seis pesos ($ 7.356).
Renglón 10: cesto para residuos.
Presentación: unidades doce (12) litros de capacidad con tapa y pedal.
Cantidad: veinte (20) unidades.
Precio unitario: mil ciento ochenta y cinco pesos ($ 1.185).
Precio total: veintitrés mil setecientos pesos ($ 23.700).
Precio total para el grupo de renglones Nº 2: trescientos veinticinco mil cincuenta y seis pesos ($ 325.056).
Total de adjudicación a Servicios para la Higiene SA: cuatro millones
noventa y tres mil ochocientos cincuenta y seis pesos ($ 4.093.856).
M. Sanchez y Cia SRL (CUIT Nº 33-52649716-9):
Grupo N° 3 - Elementos de Protección Personal.
Renglón 11: barbijo tricapa descartable.
Presentación: paquetes de cincuenta (50) unidades.
Cantidad: cien (100) paquetes.
Precio unitario: trece pesos con treinta y un centavos ($ 13,31).
Precio total: sesenta y seis mil quinientos cincuenta pesos ($ 66.550).
Renglón 12: protector facial.
Presentación: por unidad.
Cantidad: seiscientas (600) unidades.
Precio unitario: cuatrocientos un pesos con setenta y dos centavos ($ 401,72).
Precio total: doscientos cuarenta y un mil treinta y dos pesos ($ 241.032).
Renglón 13: camisolín descartable.
Presentación: paquete de diez (10) unidades.
Cantidad: veinte (20) paquetes.
Precio unitario: ciento noventa y ocho pesos con cuarenta y cuatro centavos ($ 198,44).
Precio total: treinta y nueve mil seiscientos ochenta y ocho pesos ($ 39.688).
Renglón 14: cofia descartable.
Presentación: paquete de cien (100) unidades.
Cantidad: dos (2) paquetes.
Precio unitario: doce pesos con diez centavos ($ 12,10).
Precio total: dos mil cuatrocientos veinte pesos ($ 2.420).
Renglón 15: cubre calzado descartable.
Presentación: paquete de cien (100) unidades.
Cantidad: dos (2) paquetes.
Precio unitario: veinticuatro pesos con veinte centavos ($ 24,20).
Precio total: cuatro mil ochocientos cuarenta pesos ($ 4.840).
Precio total para el grupo de renglones Nº 3: trescientos cincuenta y cuatro mil quinientos treinta pesos ($ 354.530).
Total de adjudicación a M. Sanchez y Cia SRL: trescientos cincuenta y cuatro mil quinientos treinta pesos ($ 354.530).
Monto total de adjudicación: cuatro millones cuatrocientos cuarenta y ocho mil trescientos ochenta y seis pesos ($ 4.448.386).
ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de esta medida será
imputado a las partidas presupuestarias correspondiente al SAF 357 -
Ministerio de Economía, para el ejercicio 2021.
ARTÍCULO 5°.- Autorízase a la Dirección de Compras de la Dirección
General de Administración dependiente de esta subsecretaría, a emitir y
suscribir la orden de compra.
ARTÍCULO 6°.- Notifíquese a la Oficina Nacional de Contrataciones
dependiente de la Secretaría de Innovación Pública de la Jefatura de
Gabinete de Ministros a los fines de la publicación del acto en su
página web conforme lo dispuesto en el artículo 15 ter del decreto 260
del 12 de marzo de 2020 (DECNU-2020-260-APN-PTE).
ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Dardo Hernan Perez
e. 04/11/2021 N° 84309/21 v. 04/11/2021