Resolución Conjunta 17/2021
RESFC-2021-17-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 15/11/2021
VISTO el Expediente Nº EX-2017-17234544-APN-SSCOPF#MI, la Ley Nacional
de Procedimientos Administrativos N° 19.549, su Decreto Reglamentario
N° 1759/72, (t.o. Decreto N° 894/17) y sus modificatorios, la Ley de
Ministerios N° 22.520 (t.o. por Decreto N° 438/92) y sus
modificaciones, las Resoluciones Conjuntas Nros. 1-E de fecha 19 de
abril de 2017 del ex MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y
VIVIENDA, el ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA y el MINISTERIO DE
TRANSPORTE y 9 de fecha 30 de agosto de 2021 del MINISTERIO DE OBRAS
PÚBLICAS, el MINISTERIO DE TRANSPORTE y el MINISTERIO DE ECONOMÍA y,
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Conjunta N° 9 de fecha 30 de agosto de 2021 del
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, el MINISTERIO DE TRANSPORTE y el
MINISTERIO DE ECONOMÍA se sustituyó el Anexo I aprobado por la
Resolución Conjunta N° 1-E de fecha 19 de abril de 2017 del ex
MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, el ex MINISTERIO DE
ENERGÍA Y MINERÍA y el MINISTERIO DE TRANSPORTE, por el Anexo I
(IF-2021-70275701-APN-DAYRP#MOP) que forma parte integrante de la
medida.
Que en los artículos 2° y 6° del Anexo I de la citada Resolución
Conjunta se mencionan los Anexos IF-2019-66220321-APN-DNCOPRCYFC#JGM e
IF-2021-27715074-APN-DAYRP#MOP, respectivamente.
Que dichos Anexos no se encuentran publicados en el Boletín Oficial de
la República Argentina y a fin de dar publicidad integral a la medida
aprobada, corresponde ordenar su publicación.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549, su Decreto
Reglamentario N° 1759/72, (t.o. Decreto N° 894/17) y sus modificatorios
y la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. por Decreto N° 438/92) y sus
modificaciones.
Por ello,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS,
EL MINISTRO DE TRANSPORTE
Y
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVEN:
ARTÍCULO 1º.- Ordénase la publicación en el Boletín Oficial de la
República Argentina de los Anexos identificados como
IF-2019-66220321-APN-DNCOPRCYFC#JGM e IF-2021-27715074-APN-DAYRP#MOP en
el Anexo I (IF-2021-70275701-APN-DAYRP#MOP) de la Resolución Conjunta
N° 9 de fecha 30 de agosto de 2021 del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, el
MINISTERIO DE TRANSPORTE y el MINISTERIO DE ECONOMÍA que forman parte
integrante de la misma.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Gabriel Nicolás Katopodis - Alexis Raúl Guerrera - Martín Guzmán
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución Conjunta se
publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 17/11/2021 N° 88126/21 v. 17/11/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII)