Resolución 536/2021
RESOL-2021-536-APN-ST#MT
Ciudad de Buenos Aires, 12/05/2021
VISTO el EX-2020-39159258- -APN-DGDMT#MPYT del Registro del entonces
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, la Ley N° 24.013, la Ley N° 14.250
(t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y,
CONSIDERANDO:
Que bajo las actuaciones de referencia la empresa KRONEN INTERNACIONAL
SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-60451400-9) celebra un acuerdo con la UNIÓN
OBRERA METALÚRGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA el que obra en el
RE-2020-39159179-APN-DGDMT#MPYT del EX-2020-39159258- -APN-DGDMT#MPYT,
siendo ratificado por ellas y el delegado de personal en el
RE-2021-30931370-APN-DGD#MT del EX-2021-30933136- -APN-DGD#MT, y
RE-2021-28629887-APN-DGD#MT del EX-2021-28629958- -APN-DGD#MT, ambos
expedientes que tramitan conjuntamente con el principal.
Que en el mentado acuerdo las partes convienen la prórroga del acuerdo
que fuera oportunamente celebrado en el EX-2020-10775334-APN-MT, donde
las mismas pactaron el pago de parte del salario como no remunerativo,
conforme a las condiciones allí acordadas.
Que atento al tenor de lo pactado, corresponde enmarcar el acuerdo de
marras en las excepciones previstas en el Decreto N° 633/18.
Que cabe indicar que el listado de personal afectado se encuentra en el
RE-2021-28744760-APN-DGD#MT del EX-2021-28744803- -APN-DGD#MT, que
tramita conjuntamente con el principal.
Que, en relación a la cláusula cuarta, procede la homologación del
mismo, sin perjuicio del derecho individual del personal afectado.
Que los sectores intervinientes acreditan la representación que invisten con la documentación adjunta.
Que, de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que, en razón de lo expuesto, procede la homologación del mismo, el que
será considerado como acuerdo marco de carácter colectivo.
Que la Unidad de Tratamiento de Situaciones de Crisis tomó la intervención que le compete.
Que, por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el
DCTO-2019-75-APN-PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la
empresa KRONEN INTERNACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT 30-60451400-9), por
la parte empleadora, y la UNIÓN OBRERA METALÚRGICA DE LA REPUBLICA
ARGENTINA, por la parte sindical, obrante en el
RE-2020-39159179-APN-DGDMT#MPYT del EX-2020-39159258- -APN-DGDMT#MPYT.
ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y
Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del
acuerdo obrante en el RE-2020-39159179-APN-DGDMT#MPYT del
EX-2020-39159258- -APN-DGDMT#MPYT, conjuntamente con el listado de
personal afectado obrante en el RE-2021-28744760-APN-DGD#MT del
EX-2021-28744803- -APN-DGD#MT, que tramita conjuntamente con el
EX-2020-39159258- -APN-DGDMT#MPYT.
ARTÍCULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido ello,
córrase traslado a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS y a
la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL. Posteriormente, procédase a la
guarda del presente legajo.
ARTICULO 4°.- Establécese que la homologación del acuerdo marco
colectivo que se dispone por el Artículo 1° de la presente Resolución,
lo es sin perjuicio de los derechos individuales de los trabajadores
comprendidos por el mismo.
ARTÍCULO 5°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del acuerdo homologado y de esta Resolución,
resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5°
de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Marcelo Claudio Bellotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 26/11/2021 N° 88263/21 v. 26/11/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)