MINISTERIO DE SALUD
AGENCIA NACIONAL DE LABORATORIOS PÚBLICOS
Disposición 75/2021
DI-2021-75-APN-ANLAP#MS
Ciudad de Buenos Aires, 30/11/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-113947638-APN-ANLAP#MS, la Ley Nº 27113
y su Decreto reglamentario Nº 795/2015, los Decretos Nros. 2.098 de
fecha 3 de diciembre de 2008, 260 de fecha 12 de marzo de 2020 y sus
modificatorios, N° 328 de fecha 31 de marzo de 2020 y las Decisiones
Administrativas Nros. 1661 de fecha 9 de septiembre de 2020, 237 de
fecha 18 de marzo de 2021 , 290 de fecha 31 de marzo de 2021, 320 de
fecha 7 de abril de 2021 modificada por su similar 412 de fecha 27 de
abril de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que mediante las Decisiones Administrativas Nros. 237 de fecha 18 de
marzo de 2021 , 290 de fecha 31 de marzo de 2021, 320 de fecha 7 de
abril de 2021 modificada por su similar 412 de fecha 27 de abril de
2021 fueron designadas transitoriamente y por el término de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles, las personas que se detallan en el Anexo
que forma parte integrante de la presente medida, conforme a los cargos
que allí se consignan, en diversas dependencias de la AGENCIA NACIONAL
DE LABORATORIOS PÚBLICOS, autorizándose los correspondientes pagos del
suplemento por Función Ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial,
homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y
sus modificatorios, y con autorización excepcional por no reunir los
requisitos mínimos establecidos en el Artículo 14 del citado Convenio.
Que por la Decisión Administrativa Nº 1661 de fecha 9 de septiembre de
2020 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel
operativo de la AGENCIA NACIONAL DE LABORATORIOS PÚBLICOS, Organismo
descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE SALUD.
Que por el Decreto N° 328 de fecha 31 de marzo de 2020 se autoriza a
los Ministros y a las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades máximas de
organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia
sanitaria ampliada por el Decreto N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020 y
sus modificatorios, a prorrogar las designaciones transitorias que
oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las
designaciones o de sus últimas prórrogas, sin que las mencionadas
prórrogas puedan exceder el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días.
Que razones operativas hacen necesario prorrogar las designaciones
transitorias de los funcionarios detallados en el Anexo que forma parte
integrante de la presente medida, y que actualmente se encuentran
desempeñando los cargos que allí se consignan.
Que los cargos aludidos no constituyen asignación de recurso extraordinario.
Que las áreas de Recursos Humanos y de Contabilidad y Presupuesto de la
Dirección Legal y Administrativa han producido las intervenciones de
sus respectivas competencias.
Que el Servicio Jurídico Permanente ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por por la Ley Nº 27.113 y su Decreto reglamentario N° 795/15, el
Decreto Nº 284/2021 y el artículo 1° del Decreto N° 328/20.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA AGENCIA NACIONAL DE LABORATORIOS PÚBLICOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Danse por prorrogadas y prorróguense, según corresponda,
las designaciones transitorias de las personas que se detallan en el
Anexo (DI-2021-114021205-APN-ANLAP#MS) que forma parte integrante de la
presente medida, a partir de las fechas que allí se consignan y por el
término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, en idénticas condiciones
a las dispuestas respectivamente por las Decisiones Administrativas
Nros. 237 de fecha 18 de marzo de 2021 , 290 de fecha 31 de marzo de
2021, 320 de fecha 7 de abril de 2021 modificada por su similar 412 de
fecha 27 de abril de 2021, autorizándose los correspondientes pagos del
suplemento por Función Ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial,
homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y
sus modificatorios, y con autorización excepcional por no reunir los
requisitos mínimos establecidos en el Artículo 14 del citado Convenio.
ARTÍCULO 2°.- Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme a
los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido,
respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV, y VIII, y IV del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N°
2.098/08 y sus modificatorios.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la AGENCIA
NACIONAL DE LABORATORIOS PÚBLICOS, de conformidad con la Ley de
Presupuesto General de la Administración Nacional N° 27.591.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese a la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en orden a lo dispuesto por el
Artículo 2° del Decreto N° 328 de fecha 31 de marzo de 2020.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Ana Lia Allemand
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 09/12/2021 N° 94837/21 v. 09/12/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)