MINISTERIO DE SALUD
Resolución 3590/2021
RESOL-2021-3590-APN-MS
Ciudad de Buenos Aires, 09/12/2021
VISTO el EX-2021-26362973-APN-DNCSSYRS#MS del Registro del MINISTERIO DE SALUD, y
CONSIDERANDO:
Que las políticas de Salud tienen por objetivo primero y prioritario
asegurar el acceso de todos los habitantes de la Nación a los Servicios
de Salud, entendiendo por tales al conjunto de los recursos y acciones
de carácter promocional, preventivo, asistencial y de rehabilitación,
sean éstos de carácter público estatal, no estatal o privados; con
fuerte énfasis en el primer nivel de atención.
Que, en el marco de las políticas vinculadas a la salud, desarrolladas
por el ESTADO NACIONAL a través del MINISTERIO DE SALUD, se implementa
el PROGRAMA NACIONAL DE GARANTÍA DE CALIDAD DE LA ATENCIÓN MÉDICA,
creado por Resolución Nº 432 de fecha 27 de noviembre de 1992 de la
entonces SECRETARÍA DE SALUD, actual MINISTERIO DE SALUD.
Que entre los objetivos del referido Programa se encuentran el diseño
de instrumentos, la capacitación, sensibilización, investigación y
gestión de mejoras de los riesgos sanitarios en los establecimientos de
todo el país.
Que entre las funciones del Programa se encuentra la elaboración de
recomendaciones que constituyen instrumentos para la mejora de la
calidad de los servicios de salud.
Que los procedimientos y mejora de la calidad en radiología diagnóstica
consisten en aprovechar al máximo el efecto del tratamiento clínico y
reducir al mínimo los perjuicios para el individuo y el conjunto de la
sociedad.
Que, dado el constante crecimiento del uso de radiaciones ionizantes en
el diagnóstico por imágenes, los Estándares de Calidad en Diagnóstico y
tratamiento por Imágenes constituyen herramientas a fin de garantizar
seguridad de los pacientes y de los trabajadores.
Que en este marco la DIRECCIÓN NACIONAL DE CALIDAD EN SERVICIOS DE
SALUD Y REGULACIÓN SANITARIA, el Área Técnica de RADIOFÍSICA de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE HABILITACIÓN, FISCALIZACIÓN y SANIDAD DE
FRONTERAS, la DIRECCIÓN NACIONAL DE RECURSOS FÍSICOS y el Área de
Calidad del INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER de este Ministerio de Salud
han elaborado los documentos ESTÁNDARES DE CALIDAD EN DIAGNÓSTICO Y
TRATAMIENTO POR IMÁGENES.
Que SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN y la
SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD han tomado la intervención de su
competencia y avalan su incorporación al PROGRAMA NACIONAL DE GARANTÍA
DE CALIDAD DE LA ATENCIÓN MÉDICA.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520, T.O. Decreto N° 438/92,
y modificatorias.
Por ello,
LA MINISTRA DE SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébanse los “ESTÁNDARES DE CALIDAD EN DIAGNÓSTICO Y
TRATAMIENTO POR IMÁGENES” que como anexo IF-2021-27218997-APN-
DNCSSYRS#MS forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º.- Apruébase el documento “LEGISLACIÓN EN LA REPÚBLICA
ARGENTINA RELACIONADA A DIAGNÓSTICO POR IMÁGENES” que como anexo
IF-2021-27218987-APNDNCSSYRS# MS forma parte integrante de la presente
resolución.
ARTÍCULO 3º.- Apruébase el documento “PROTECCIÓN RADIOLÓGICA EN FUENTES
EMISORAS DE RADIACIÓN” que como anexo IF-2021-27218982-APN-DNCSSYRS#MS
forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 4º.- Apruébase el documento “PLANIFICACIÓN Y RECURSOS” que
como anexo IF-2021-27218971-APN-DNCSSYRS#MS forma parte integrante de
la presente resolución.
ARTÍCULO 5º.- Apruébase la “HERRAMIENTA PARA LA AUTOEVALUACIÓN DE LOS
ESTÁNDARES DE CALIDAD EN DIAGNÓSTICO Y TRATAMIENTO POR IMÁGENES DTI”
que como anexo IF-2021-26536022-APN-DNCSSYRS#MS forma parte integrante
de la presente resolución.
ARTÍCULO 6º.- Apruébase el “RELEVAMIENTO A ESTABLECIMIENTOS DE
DIAGNÓSTICO Y TRATAMIENTO POR IMÁGENES” que como anexo
IF-2021-26535849-APN-DNCSSYRS#MS forma parte integrante de la presente
resolución.
ARTÍCULO 7º.- Incorpórense al PROGRAMA NACIONAL DE GARANTÍA DE CALIDAD
DE LA ATENCIÓN MÉDICA los “Estándares de Calidad en Diagnóstico y
Tratamiento por Imágenes”; el documento “Legislación en la República
Argentina Relacionada a Diagnóstico por Imágenes”; el documento
“Protección Radiológica en Fuentes Emisoras de Radiación”; el documento
“Planificación y Recursos”; la “Herramienta para la Autoevaluación de
los Estándares de Calidad en Diagnóstico y Tratamiento por Imágenes
DTI” y el “Relevamiento a Establecimientos de Diagnóstico y Tratamiento
por Imágenes” que se aprueban por los artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º y 6º
de la presente.
ARTÍCULO 8º.-Difúndase a través de la DIRECCIÓN NACIONAL DE CALIDAD EN
SERVICIOS DE SALUD Y REGULACIÓN SANITARIA los documentos que se
aprueban por los artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º y 6º de la presente, a
fin de asegurar el máximo conocimiento y aplicación de las mismas en el
marco de dicho PROGRAMA NACIONAL.
ARTÍCULO 9º.-Invitase a las jurisdicciones a adherir a la presente.
ARTÍCULO 10.-Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Carla Vizzotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 13/12/2021 N° 95730/21 v. 13/12/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexo I Anexo II Anexo III Anexo IV Anexo V Anexo VI)