CONTRATOS
Decreto 860/2021
DCTO-2021-860-APN-PTE - Aprobación.
Ciudad de Buenos Aires, 16/12/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-103225034-APN-SSRFID#SAE y el Modelo de
Contrato de Préstamo BID N° 5364/OC-AR propuesto para ser suscripto
entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO
(BID), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 5364/OC-AR el
BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) se compromete a asistir
financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA con el fin de cooperar en la
ejecución del “Programa para el Desarrollo de la Red Federal de Fibra
Óptica (REFEFO)”, por un monto de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIEN MILLONES
(USD 100.000.000).
Que el objetivo general del citado Programa es impulsar el acceso a internet y la digitalización de Argentina.
Que los objetivos específicos del mencionado Programa son: (i) mejorar
la infraestructura para la conectividad digital en zonas alejadas de
los centros urbanos y el aumento de la capacidad del centro nacional de
datos y (ii) mejorar las capacidades digitales de los ciudadanos en las
áreas conectadas.
Que el referido Programa se desarrollará a través de DOS (2)
componentes: (1) Infraestructura de conectividad y (2) Capacidades e
inclusión digital.
Que la ejecución de dicho Programa y la utilización de los recursos del
financiamiento serán llevadas a cabo por la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS a través de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA, la cual
actuará por intermedio de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA
INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES para la coordinación y ejecución de
los aspectos técnicos, y a través de la DIRECCIÓN DE PROGRAMAS Y
PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN
ADMINISTRATIVA DE INNOVACIÓN PÚBLICA para la coordinación
administrativa y la ejecución operativa, financiera, contable, legal y
presupuestaria. Por su parte, la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES
SATELITALES S.A. (ARSAT) actuará como subejecutor a cargo del
Componente 1.
Que, finalmente, la Evaluación Estratégica del Programa tendrá al
organismo Ejecutor como responsable de la ejecución fiduciaria y a la
SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN como
responsable de la ejecución Técnica-metodológica.
Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA
ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio de la
SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN,
suscriba el Contrato de Préstamo BID N° 5364/OC-AR, así como toda otra
documentación relacionada con la operatoria de dicho Préstamo.
Que, en virtud de ello, corresponde facultar al señor Secretario de
Asuntos Estratégicos de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN para que, en nombre
y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de
Préstamo BID N° 5364/OC-AR y acuerde las modificaciones que sean
convenientes para la ejecución del “Programa para el Desarrollo de la
Red Federal de Fibra Óptica (REFEFO)”, siempre y cuando no constituyan
cambios sustanciales al objeto y destino de los fondos ni deriven en un
incremento de su monto o una alteración en el procedimiento arbitral
pactado.
Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de
interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de
Préstamo BID N° 5364/OC-AR propuesto para ser suscripto son los usuales
que se pactan en este tipo de contratos y resultan adecuados a los
propósitos y objetivos para los que será destinado el mencionado
Préstamo.
Que ha tomado intervención el servicio jurídico competente.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y
por el artículo 53 de la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de
Presupuesto (t.o. 2014).
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo BID N°
5364/OC-AR a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO
INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), por un monto de hasta DÓLARES
ESTADOUNIDENSES CIEN MILLONES (USD 100.000.000), destinado a financiar
el “Programa para el Desarrollo de la Red Federal de Fibra Óptica
(REFEFO)” que consta de las Estipulaciones Especiales integradas por
SEIS (6) Cláusulas, de las Normas Generales integradas por DOCE (12)
Capítulos y de UN (1) Anexo Único, que como ANEXO I
(IF-2021-104056350-APN-SSRFID#SAE) forma parte integrante de esta
medida. Asimismo, forman parte integrante de la presente medida, como
ANEXO II (IF-2021-99186184-APN-SSRFID#SAE) y ANEXO III
(IF-2021-99187470-APN-SSRFID#SAE), las “Políticas para la Adquisición
de Bienes y Obras Financiadas por el Banco Interamericano de
Desarrollo” y las “Políticas para la Selección y Contratación de
Consultores Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo”,
respectivamente, ambas correspondientes a la edición del mes de mayo de
2019.
ARTÍCULO 2°.- Facúltase al señor Secretario de Asuntos Estratégicos de
la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, o al funcionario o a la funcionaria o
funcionarios o funcionarias que este designe, a suscribir, en nombre y
representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo BID
N° 5364/OC-AR y su documentación adicional, conforme al Modelo que se
aprueba en el artículo 1º de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- Facúltase al señor Secretario de Asuntos Estratégicos de
la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, o al funcionario o a la funcionaria o
funcionarios o funcionarias que este designe, a convenir y suscribir,
en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, modificaciones al
Contrato de Préstamo BID N° 5364/OC-AR, cuyo modelo se aprueba por el
artículo 1º de la presente medida, siempre que no constituyan cambios
sustanciales en el objeto o destino de los fondos ni deriven en un
incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento
arbitral pactado.
ARTÍCULO 4°.- Desígnase como “Organismo Ejecutor” del “Programa para el
Desarrollo de la Red Federal de Fibra Óptica (REFEFO)” a la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS a través de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA,
la cual actuará por intermedio de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA
INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES para la coordinación y ejecución de
los aspectos técnicos, y a través de la DIRECCIÓN DE PROGRAMAS Y
PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN
ADMINISTRATIVA DE INNOVACIÓN PÚBLICA para la coordinación
administrativa y la ejecución operativa, financiera, contable, legal y
presupuestaria. Por su parte, la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES
SATELITALES S.A. (ARSAT) actuará como subejecutor a cargo del
Componente 1. Finalmente, la Evaluación Estratégica del Programa tendrá
al organismo Ejecutor como responsable de la ejecución fiduciaria y a
la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
como responsable de la ejecución Técnica-metodológica; y estarán todos
ellos facultados para realizar todas las operaciones y contrataciones
necesarias para la ejecución del mencionado Programa, conforme las
normas y procedimientos contenidos en el Modelo de Contrato de Préstamo
BID que se aprueba por el artículo 1° de la presente medida.
ARTÍCULO 5°. - Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
FERNÁNDEZ - Juan Luis Manzur - Martín Guzmán
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 17/12/2021 N° 98155/21 v. 17/12/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII)