CONTRATOS
Decreto 853/2021
DCTO-2021-853-APN-PTE - Aprobación.
Ciudad de Buenos Aires, 16/12/2021
VISTO el Expediente Nº EX-2021-106544441-APN-SSRFID#SAE y el Modelo de
Contrato de Financiación propuesto para ser suscripto entre la
REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO EUROPEO DE INVERSIONES (BEI), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Modelo de Contrato de Financiación el BANCO EUROPEO DE
INVERSIONES (BEI) se compromete a asistir financieramente a la
REPÚBLICA ARGENTINA, con el fin de cooperar en la ejecución del
“Proyecto de Apoyo al Plan Estratégico para la Vacunación contra la
Covid-19 en la República Argentina” por un monto de DÓLARES
ESTADOUNIDENSES CIEN MILLONES (USD 100.000.000).
Que el objetivo general del Proyecto es apoyar el Plan Estratégico para
la Vacunación contra la Covid-19 en la REPÚBLICA ARGENTINA en la
adquisición de vacunas eficaces y seguras, para disminuir la
morbilidad, mortalidad y el impacto socioeconómico causados por la
enfermedad.
Que la ejecución del Proyecto y la utilización de los recursos del
financiamiento serán llevadas a cabo por el MINISTERIO DE SALUD, a
través de la SECRETARÍA DE ACCESO A LA SALUD, que actuará como área
sustantiva con responsabilidad primaria en la materia, y de la
DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO, dependiente
de la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, que será la responsable de
la gestión administrativa, financiera y de adquisiciones.
Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA
ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio de la
SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN,
suscriba el Contrato de Financiación, así como toda otra documentación
relacionada con la operatoria de dicho Préstamo.
Que, en virtud de ello, corresponde facultar al señor Secretario de
Asuntos Estratégicos de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN para que, en nombre
y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de
Financiación y acuerde las modificaciones que sean convenientes para la
ejecución del “Proyecto de Apoyo al Plan Estratégico para la Vacunación
Contra la Covid-19 en la República Argentina”, siempre y cuando no
constituyan cambios sustanciales en el objeto o destino de los fondos
ni deriven en un incremento de su monto o introduzcan modificaciones a
la prórroga de jurisdicción a tribunales extranjeros acordada.
Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de
interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de
Financiación propuesto para ser suscripto, son los usuales que se
pactan en este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos
y objetivos para los que será destinado el mencionado Préstamo.
Que ha tomado intervención el servicio jurídico competente.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y
por el artículo 53 de la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de
Presupuesto (t.o. 2014).
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Modelo de Contrato de Financiación a
celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO EUROPEO DE
INVERSIONES (BEI) por un monto de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIEN MILLONES
(USD 100.000.000), destinado a financiar el “Proyecto de Apoyo al Plan
Estratégico para la Vacunación Contra la Covid-19 en la República
Argentina” que consta de DOCE (12) Estipulaciones, CINCO (5) anexos y
UN (1) apéndice que, como ANEXO I (IF-2021-112186607-APN-SSRFID#SAE),
forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 2º.- Facúltase al señor Secretario de Asuntos Estratégicos de
la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, o al funcionario o a la funcionaria o
funcionarios o funcionarias que este designe, a suscribir, en nombre y
representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Contrato de Financiación y
su documentación adicional, conforme al Modelo que se aprueba por el
artículo 1º del presente decreto.
ARTÍCULO 3°.- Facúltase al señor Secretario de Asuntos Estratégicos de
la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, o al funcionario o a la funcionaria o
funcionarios o funcionarias que este designe, a convenir y suscribir,
en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, solicitudes de
desembolso y toda documentación adicional necesaria para la
instrumentación de lo dispuesto por los artículos precedentes y/o
modificaciones al Contrato de Financiación, cuyo Modelo se aprueba por
el artículo 1º de la presente medida, siempre que no constituyan
cambios sustanciales en el objeto o destino de los fondos, ni deriven
en un incremento de su monto o introduzcan modificaciones a la prórroga
de jurisdicción a tribunales extranjeros acordada.
ARTÍCULO 4°.- Desígnase como “Organismo Ejecutor” del “Proyecto de
Apoyo al Plan Estratégico para la Vacunación Contra la Covid-19 en la
República Argentina” al MINISTERIO DE SALUD, a través de la SECRETARÍA
DE ACCESO A LA SALUD, que actuará como área sustantiva con
responsabilidad primaria en la materia, y de la DIRECCIÓN GENERAL DE
PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO, dependiente de la SECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA, que será la responsable de la gestión
administrativa, financiera y de adquisiciones.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
FERNÁNDEZ - Juan Luis Manzur - Martín Guzmán
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 17/12/2021 N° 98147/21 v. 17/12/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)