Resolución 1021/2021
RESOL-2021-1021-APN-ST#MT
Ciudad de Buenos Aires, 10/08/2021
VISTO el EX-2021-70997505-APN-DGD#MT del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 24.013, la Ley N° 14.250
(t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que en las páginas 2/9 del IF-2021-71000134-APN-DGD#MT del Expediente
de referencia, obra agregado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO
GRAN BUENOS AIRES DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS (SGBATOS), por la
parte sindical, y la empresa AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD
ANONIMA (AYSA S.A.), por el sector empleador, ratificado en el
IF-2021-71895372-APN-DNRYRT#MT por la FEDERACIÓN NACIONAL DE
TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS (F.E.N.T.O.S.) , conforme lo dispuesto
por la Ley N° 14.250.
Que el mentado acuerdo ha sido suscripto en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1494/15 “E”.
Que a través del referido acuerdo las partes pactan nuevas condiciones
salariales, aplicables a los trabajadores alcanzados por el citado
Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1494/15 “E”, conforme la
vigencia y detalles allí impuestos.
Que el ámbito de aplicación del mentado instrumento encuentra
concordancia con la actividad de la empleadora firmante, y los ámbitos
de representación personal y actuación territorial de la entidad
sindical de marras, emergentes de su Personería Gremial.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí
insertas, acreditando sus personerías y facultades para negociar
colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.
Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se
remitirán las presentes actuaciones a la Dirección de Normativa Laboral
dependiente de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del
Trabajo, a fin evaluar la procedencia de fijar el promedio de las
remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el
artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (dto. 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DECTO
-2019-75-APN-PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Declarase homologado el acuerdo celebrado entre el
SINDICATO GRAN BUENOS AIRES DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS
(SGBATOS), por la parte sindical, y la empresa AGUA Y SANEAMIENTOS
ARGENTINOS SOCIEDAD ANONIMA (AYSA S.A.), por el sector empleador,
obrante en las páginas 2/9 del IF-2021-71000134-APN-DGD#MT del
EX-2021-70997505-APN-DGD#MT, ratificado por la FEDERACIÓN NACIONAL DE
TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS (F.E.N.T.O.S.) en el
IF-2021-71895372-APN-DNRYRT#MT, conforme lo dispuesto por la Ley N°
14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2°.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y
Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin del registro de los
instrumento obrante las páginas 2/9 del IF-2021-71000134-APN-DGD#MT, y
en el IF-2021-71895372-APN-DNRYRT#MT.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,
remítase las actuaciones a la Dirección de Normativa Laboral
dependiente de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del
Trabajo, a fin evaluar la procedencia de fijar el promedio de las
remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el
artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Cumplido, procédase a la reserva conjuntamente con el legajo del
Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1494/15 “E”.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del acuerdo y ratificación homologados, y de esta
Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en
el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Marcelo Claudio Bellotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 05/01/2022 N° 99609/21 v. 05/01/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)