MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución 27/2022
RESOL-2022-27-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 07/01/2022
VISTO el Expediente N° EX-2021-120055558- -APN-DNCJYMP#MSG del Registro
del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta
M.J y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016, la Resolución
del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828 del 27 de septiembre de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que ante la UNIDAD FUNCIONAL DE INSTRUCCIÓN DESCENTRALIZADA DE SAN
VICENTE, DEPARTAMENTO JUDICIAL LA PLATA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, a
cargo de la Doctora Karina Fabiana GUYOT, tramita la I.P.P N°
PP-06-05-001038-21/00 caratulada “RAMOS, LUIS ALBERTO Y OTROS
S/ENCUBRIMIENTO -FALSO TESTIMONIO”.
Que la titular de la mencionada UNIDAD FUNCIONAL, Doctora Karina
Fabiana GUYOT, solicitó a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL
Y MINISTERIOS PÚBLICOS de este Ministerio, se ofrezca una recompensa,
destina a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho
delictual, brinden datos útiles que permitan dar con el paradero de
Tehuel DE LA TORRE, titular del D.N.I. N° 41.850.086, con fecha de
nacimiento 26 de marzo de 1999, de estado civil soltero, quien residía
en la localidad y partido de San Vicente, Provincia de Buenos Aires,
hijo de Andrés DE LA TORRE y Norma NAHUELCURÁ.
Que la presente investigación se inicia con la denuncia incoada por
Michelle Anabel LEYES, quien refiere ser pareja de Tehuel DE LA TORRE
residiendo ambos en el domicilio ubicado la localidad y partido de San
Vicente, manifestando que el día 11 de marzo de 2021 su pareja salió de
la vivienda aproximadamente a las 19.00 horas, refiriendo que iría a
trabajar, aclarando que oficiaría de mozo en un cumpleaños de 15.
Posteriormente prestó declaración testimonial, donde refirió que Tehuel
se retiró de la vivienda con el fin de encontrarse con un sujeto de
nombre Luis, el cual le iba a prestar dinero y luego irían a trabajar
como mozos en un evento, no regresando hasta la fecha.
Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538, establece que la autoridad de
aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL,
hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de
este Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en
el artículo 4° inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios (t.o.
1992) y modificatorias, en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538,
en la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16, y en
la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828/2019.
Por ello,
EL MINISTRO DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Ofrézcase como recompensa dentro del territorio de la
REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS CUATRO MILLONES ($4.000.000),
destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho
delictual, brinden datos útiles que permitan dar con el paradero de
Tehuel DE LA TORRE, titular del D.N.I. N° 41.850.086, quien fue visto
por última vez día el día 11 de marzo de 2021.
(Nota Infoleg: por art. 1º de la Resolución Nº 137/2022 del Ministerio de Seguridad B.O. 11/3/2022 se dispone el incremento de la recompensa oportunamente
ofrecida mediante la presente Resolución, a la suma total de PESOS
CINCO MILLONES ($5.000.000), destinada a aquellas personas que, sin
haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que
permitan dar con el paradero de Tehuel DE LA TORRE, titular del D.N.I.
N° 41.850.086, quien fue visto por última vez día el día 11 de marzo de
2021. Vigencia: a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.)
ARTÍCULO 2°.- Las personas que quieran suministrar datos, deberán
comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN
PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA dependiente de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS de
este Ministerio, al número telefónico de acceso rápido 134.
ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este
Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera
de Estado, previo informe del representante de la autoridad
interviniente sobre el mérito de la información brindada preservando la
identidad del aportante.
ARTÍCULO 4º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN
INSTITUCIONAL de este Ministerio, la difusión de la presente en medios
gráficos de circulación nacional.
ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las Fuerzas Federales de Seguridad la
difusión y publicación en todas sus formas del afiche que obra como
(IF-2021-121396092-APN-SSICYCJ#MSG), correspondiente a la recompensa
ofrecida, formando parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 6º.- La presente Resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Aníbal Domingo Fernández
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 10/01/2022 N° 799/22 v. 10/01/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)