MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 56/2022

RESOL-2022-56-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 27/01/2022

VISTO el Expediente EX-2021-119586426- -APN-DNCJYMP#MSG, del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016, y la Resolución M.S. N° 828/2019 del 27 de septiembre de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que ante la UNIDAD FUNCIONAL DE INSTRUCCIÓN Y JUICIO N° 2 DEL DEPARTAMENTO JUDICIAL ZARATE - CAMPANA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, a cargo de la Doctora Ana Laura BRIZUELA, tramita la I.P.P. 18-00-005076-21/00, caratulada “S/HOMICIDIO ART. 80 INC. 11 DEL C.P. ROSA MARTA INVERNON”, con intervención del JUZGADO DE GARANTIAS N° 2, del mismo Departamento Judicial, a cargo del Doctor julio Andrés GRASSI.

Que la mencionada UNIDAD FUNCIONAL, mediante Oficio de fecha 01 de noviembre de 2021, solicitó a la Dirección Nacional de Cooperación Judicial y Ministerios Públicos, de este Ministerio, se ofrezca una recompensa destinada a aquellas personas que sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que permitan determinar el autor y/o los autores responsables del homicidio de quien vida fuera Rosa Marta INVERNON.

Que el día 16 de octubre del 2021 a las 11:40 horas, en un predio frente a la calle A. Cordero del Barrio Otamendi de la localidad de Campana, entre la fundación Viaje de Vuelta y el circuito de Motocross, específicamente en un camino que conecta la estación de trenes de Otamendi con la calle mencionada, se encontró el cuerpo sin vida de Rosa Marta INVERNON de 73 años de edad, el cual se encontraba desnudo desde la cintura hacia abajo. Que el fallecimiento se produjo por múltiples golpes que le fueron efectuados a la víctima con los puños cerrados y con un elemento contundente tipo roca o estructura de madera o metal o elemento similar, precisamente en su cabeza: frente, cara, pómulo, mentón, labios y tabique nasal, entendiéndose que el móvil del ataque fue comisión de un abuso sexual no perpetrado por motivos que se ignoran, no contándose con datos concretos que permitan dar con el autor e este hecho por el momento.

Que el artículo 3° de la Ley N° 26.538 establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de la recompensa y tendrá a su cargo el pago.

Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.

Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en el artículo 4° inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y modificatorias, en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538, en la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16, y la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828/2019.

Por ello,

EL MINISTRO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Ofrézcase como recompensa dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS UN MILLON ($1.000.000), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual brinden datos útiles que permitan determinar el autor y/o los autores responsables del homicidio de quien vida fuera Rosa Marta INVERNON, de 73 años de edad, quien fue hallada sin vida el día 16 de octubre del 2021, en un predio frente a la calle A. Cordero del Barrio Otamendi de la localidad de Campana Provincia de Buenos Aires.

(Nota Infoleg: por art. 1º de la Resolución Nº 523/2023 del Ministerio de Seguridad B.O. 7/8/2023 se dispone el incremento de la recompensa oportunamente ofrecida mediante la presente Resolución a la suma total de PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que permitan determinar el autor o los autores responsables del presunto femicidio de Rosa Marta INVERNON. Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina)

ARTÍCULO 2°.- Las personas que quieran suministrar datos, deberán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA de este Ministerio, al número telefónico de acceso rápido 134.

ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera de Estado, previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el mérito de la información brindada, preservando la identidad del aportante.

ARTÍCULO 4º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL de este Ministerio, la difusión de la presente en medios gráficos de circulación nacional.

ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las Fuerzas Federales de Seguridad la difusión y publicación en todas sus formas del afiche que obra como (IF-2022-01777483-APN-SSICYCJ#MSG), correspondiente a la recompensa ofrecida, formando parte de la presente resolución.

ARTÍCULO 6º.- La presente medida entra en vigencia a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Aníbal Domingo Fernández

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 31/01/2022 N° 3387/22 v. 31/01/2022

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)