ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
Resolución General 5141/2022
RESOG-2022-5141-E-AFIP-AFIP -
Nomenclatura Común del Mercosur (NCM). Clasificación arancelaria de
mercaderías en la citada nomenclatura, de acuerdo con el procedimiento
previsto en la Resolución General N° 1.618. Criterios de Clasificación
Nros. 7/22 al 12/22.
Ciudad de Buenos Aires, 27/01/2022
VISTO el Expediente Electrónico Nro. EX-2022-00102496- -AFIP-DETNCA#SDGTLA del registro de esta Administración Federal, y
CONSIDERANDO:
Que mediante las Actuaciones SIGEA Nros. 13289-20585-2016,
13289-20586-2016, 13289-19313-2017, 13289-17732-2018 y 19144-9295-2019
y el Expediente Electrónico Nro. EX-2021-01380966- -AFIP-DVCLAR#SDGTLA,
se somete al procedimiento de consulta de clasificación arancelaria en
la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM), a determinadas mercaderías.
Que con intervención de las áreas técnicas competentes, se emitieron los Criterios de Clasificación Nros. 7/22 al 12/22.
Que, conforme a las constancias que obran en las mencionadas
actuaciones, la clasificación arancelaria resultante se efectuó de
acuerdo con el procedimiento previsto por la Resolución General Nº
1.618.
Que razones de oportunidad, mérito y conveniencia, aconsejan resolver
en un solo acto resolutivo las referidas consultas de clasificación
arancelaria de mercaderías.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de
Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y
Técnico Legal Aduanera.
Que esta medida se emite bajo la forma de resolución general, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 4° de la Disposición N° 446
(AFIP) del 10 de septiembre de 2009.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
los artículos 4° y 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus
modificatorios y sus complementarios, y en virtud de la delegación
efectuada en esta Dirección General por la Disposición N° 204 (AFIP)
del 2 de agosto de 2017.
Por ello,
LA DIRECTORA GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Ubícanse en las Posiciones Arancelarias de la
Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) que en cada caso se indican, a
las mercaderías detalladas en el Anexo
(IF-2022-00129416-AFIP-DVCADUDICEOA#DGADUA) que se aprueba y forma
parte de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Esta resolución general entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro
Oficial para su publicación en el Boletín Oficial, difúndase a través
del Boletín de la Dirección General de Aduanas. Remítase copia al
Ministerio de Economía y al Comité Técnico N° 1 Aranceles, Nomenclatura
y Clasificación de Mercaderías de la Comisión de Comercio del MERCOSUR
y pase a la División Clasificación Arancelaria y archívese.
Silvia Brunilda Traverso
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución General se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 31/01/2022 N° 3415/22 v. 31/01/2022
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)